NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2013 (17/09/2013)
CANTIDAD DE PAGINAS: 28
TEXTO PAGINA: 12
El Peruano Martes 17 de setiembre de 2013 503110 Adjunta de Regulación Tarifaria (GART) de OSINERGMIN, ubicada en la Avenida Canadá N°1460, San Borja, Lima. Las opiniones y sugerencias también podrán ser remitidas vía fax al número telefónico N° 2240491, o vía Internet a la siguiente dirección de correo electrónico: opcionestarifarias@osinerg. gob.pe. La recepción de las opiniones y sugerencias en medio físico o electrónico, estará a cargo de la Sra. Ruby Gushiken Teruya. En el último día del plazo, sólo se podrán remitir comentarios hasta las 18:00 horas. Artículo 3°.- Encargar a la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria la publicación dispuesta, la recepción y análisis de las opiniones y sugerencias que presenten los interesados respecto al proyecto publicado, así como la presentación de la propuesta fi nal al Consejo Directivo de OSINERGMIN. Artículo 4°.- La presente resolución deberá ser publicada en el diario ofi cial El Peruano y consignada en la página Web de OSINERGMIN: www.osinergmin.gob.pe. JESUS TAMAYO PACHECO Presidente del Consejo Directivo OSINERGMIN 988518-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Modifican el procedimiento “Autorización de Empresas de Servicio de Entrega Rápida y Depósitos Temporales para Envíos de Entrega Rápida” INTA-PE.24.03 RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA NACIONAL Nº 010-2013/SUNAT/3A0000 Callao, 12 de setiembre de 2013 CONSIDERANDO: Que con Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nº 696-2010/SUNAT/A se aprobó el procedimiento específi co “Autorización de Empresas de Servicio de Entrega Rápida y Depósitos Temporales para Envíos de Entrega Rápida” INTA-PE.24.03 (versión 1); Que es necesario modifi car el procedimiento INTA- PE.24.03 con la fi nalidad de hacer precisiones respecto a la aplicación del acceso remoto al sistema de monitoreo por cámaras de televisión, en concordancia con la modifi cación del procedimiento general “Autorización y Acreditación de Operadores de Comercio Exterior” INTA-PG.24 (versión 2) aprobada por Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nº 00145-2013/SUNAT/300000; Que de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 14° del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, con fecha 22 de julio del 2013 se publicó en el portal web de la SUNAT (www. sunat.gob.pe), el proyecto de la presente norma; En uso de las facultades conferidas al Intendente Nacional de Técnica Aduanera mediante el inciso b) del artículo 139° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM y modifi catorias y a lo establecido por la Resolución de Superintendencia Nº 010-2012/SUNAT. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Inclúyase un segundo párrafo al inciso h), numeral 1, literal B.2 de la sección VII del procedimiento específi co “Autorización de Empresas de Servicio de Entrega Rápida y Depósitos Temporales para Envíos de Entrega Rápida” INTA-PE.24.03, aprobado por Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nº 696-2010/SUNAT/A, por el texto siguiente: “h) (…) Los funcionarios designados por la Intendencia Nacional de Prevención del Contrabando y Fiscalización Aduanera y las intendencias de aduana de la circunscripción podrán tener acceso remoto por internet a este sistema de monitoreo, para las investigaciones aduaneras y las acciones de control que pudieran programar y realizar de acuerdo a su capacidad operativa.” Artículo 2º.- Sustitúyase el inciso e), literal B.3 de la sección VII del procedimiento específi co “Autorización de Empresas de Servicio de Entrega Rápida y Depósitos Temporales para Envíos de Entrega Rápida” INTA-PE.24.03, aprobado por Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nº 696-2010/SUNAT/A, por el texto siguiente: “e) Los requisitos de los incisos h), o), p) y q) señalados en el numeral 1 del literal B.2 precedente.” Artículo 3º.- Elimínese el último párrafo del rubro “cantidad mínima de cámaras y ubicación” del Anexo 12 del procedimiento específi co “Autorización de Empresas de Servicio de Entrega Rápida y Depósitos Temporales para Envíos de Entrega Rápida” INTA-PE.24.03, aprobado por Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nº 696-2010/SUNAT/A. Artículo 4º.- El segundo párrafo del inciso h), numeral 1, literal B.2 de la sección VII del procedimiento específi co “Autorización de Empresas de Servicio de Entrega Rápida y Depósitos Temporales para Envíos de Entrega Rápida” INTA-PE.24.03, aprobado por Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nº 696- 2010/SUNAT/A, será de aplicación a partir de la publicación del procedimiento que apruebe la Intendencia Nacional de Prevención del Contrabando y Fiscalización Aduanera. Artículo 5º.- La presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIA ISABEL FRASSINETTI YBARGÜEN Intendente Nacional Intendencia Nacional de Técnica Aduanera 988771-1 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Convierten diversos Juzgados Unipersonales de Chiclayo en Juzgado Penal Colegiado de la Provincia de Chiclayo, Distrito Judicial de Lambayeque RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 196-2013-CE-PJ Lima, 4 de setiembre de 2013 VISTOS: El Ofi cio N° 329-2013-ETI-CPP-PJ cursado por el Presidente del Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal, Ofi cio N° 1538-2013-ST-ETI-CPP/ PJ e Informe N° 034-2013-MYE-ST-ETI-CPP/PJ, remitidos por la Secretaría Técnica del citado equipo institucional, y Ofi cio N° 4349-2013-P-CSJLA/PJ, del Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque. CONSIDERANDO: Primero. Que por Resolución Administrativa N° 149- 2013-CE-PJ, de fecha 24 de julio del año en curso, el