Norma Legal Oficial del día 17 de septiembre del año 2013 (17/09/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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Premiacion Vecino Puntual San Juanino-VPS-2013, para el dia 29 de agosto del 2013. En uso de las facultades conferidas por el Numeral 6) del Articulo 20º y el Articulo 42 de la Ley Organica de Municipalidades Nº27972: DECRETA: Articulo Primero.- PRORROGAR la fecha del Sorteo Anual del Programa Vecino Puntual Sanjuanino VPS2013, para el dia Jueves 29 de agosto de 2013, por los considerandos expuestos en la parte considerativa del presente Decreto. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Rentas, Gerencia de Administracion y Finanzas y la Gerencia de Tecnologia de la Informacion y Estadistica y Sub Gerencia de Presupuesto el cumplimiento del presente Decreto, y Secretaria General su publicacion y a la Sub Gerencia de Relaciones Publicas y Comunicaciones su difusion. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 988479-1

El Peruano Martes 17 de setiembre de 2013

Disponen fecha a partir de la cual sera exigible la aplicacion de la Certificacion Anual sobre gases contaminantes a que se refiere la Ordenanza Nº 217-2012MDSJM
DECRETO DE ALCALDIA Nº 20-2013-A-MDSJM San MORDAZA de Miraflores, 3 de setiembre del 2013 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES VISTO: El Informe Nº 400-2013-SGTTSV-GDU-MDSJM de fecha 29 de agosto del 2013 de la Sub Gerencia de Transporte, MORDAZA y Seguridad Vial, el Informe Nº 6152013-GAJ-MDSJM, el Proyecto de Decreto de Alcaldia que Dispone Exigibilidad a partir del 15 de setiembre del ano 2014 la Aplicacion de la Certificacion Anual sobre Gases Contaminantes que refiere el articulo 38 de la Ordenanza Nº 217-2012-MDSJM. CONSIDERANDO: Que, segun lo establecido en el articulo 194 de la Constitucion Politica del Peru, senala que las Municipalidades son organos de gobierno local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos que son de su competencia, siendo que esta autonomia radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico, en concordancia con lo establecido en el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972. Que, al respecto, cabe resaltar que segun lo establecido en el articulo 100 del Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) de la Municipalidad aprobado con Ordenanza Nº 211-2011-MDSJM de fecha 27 de diciembre del 2011 y publicada en el Diario Oficial El Peruano el 05 de febrero del 2012, la Sub Gerencia de Transporte, MORDAZA y Seguridad Vial tiene dentro de sus funciones: c) "Planificar, dirigir y controlar el MORDAZA de ordenamiento del transporte, MORDAZA y seguridad vial en la jurisdiccion". Que, con fecha 06 de MORDAZA del 2012 se publico en el Diario Oficial El Peruano la Ordenanza Nº 217-2012SGTTSV-GDU-MDSJM la misma que aprobo el Servicio de Transporte Publico Especial de Pasajeros y/o Carga en Vehiculos Menores. Que, con Informe Nº 400-2013-SGTTSV-GDUMDSJM de fecha 29 de agosto del 2013 la Sub Gerencia

de Transporte, MORDAZA y Seguridad Vial, informa que si bien es MORDAZA que la Ordenanza Nº 217-2012-MDSJM en su articulo 38 describe que: "Los vehiculos menores deberan pasar periodicamente en forma anual, el examen de gases contaminantes en una entidad certificadora, y no deben exceder los limites maximos permisibles de emisiones establecidas por ley" , por lo que toma como antecedente el Decreto de Alcaldia Nº 31-2012-MDSJM de fecha 30 de octubre del 2012 en el cual se disponia la exigibilidad a partir del 1 de agosto del 2013 la aplicacion de la certificacion Anual sobre gases contaminantes que refiere el articulo 38 de la Ordenanza Nº 217-2012MDSJML, se debe mencionar que la unica entidad que brinda certificados de emision de gases para vehiculo menor en el MORDAZA Sur se encuentra ubicado en el distrito de MORDAZA El MORDAZA, por lo que al estar alejado del distrito de San MORDAZA de Miraflores, repercute en los vehiculos menores autorizados en esta jurisdiccion al momento de trasladarse al distrito en mencion, necesariamente deben circular por vias de caracter metropolitano, los cuales estan definidos en la Ordenanza Nº 341-2001-MML, el cual aprueba el Plano del Sistema Vial Metropolitano de MORDAZA, y la infraccion de acuerdo al Reglamento de MORDAZA, el cual fue aprobado con Decreto Supremo Nº 016-2009-MTC es la G-10, que senala: "Incumplir las disposiciones sobre el uso de las vias de MORDAZA rapido y/o de acceso restringido". Asimismo no existe un regimen de gestion comun en tema de transporte menor entre distritos contiguos, por lo tanto los vehiculos menores que cuenten con autorizacion o no en un distrito, al momento de hacer ingreso a otra jurisdiccion estan sujetos a las sanciones correspondientes de acuerdo al cuadro de infracciones aprobadas por la Ordenanza distrital donde se cometio la infraccion, por lo que sugiere se emita un Decreto de Alcaldia para una correcta aplicacion de la Ordenanza Nº 217-2012-MDSJM. Que, segun lo establecido en el articulo 42 de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que: "Los decretos de alcaldia establecen normas reglamentarias y de aplicacion de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administracion municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interes para el vecindario, que no MORDAZA de competencia del concejo municipal". Segun lo establecido en el numeral 6 del articulo 20 de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, una de las atribuciones del MORDAZA es: "Dictar decretos y resoluciones de alcaldia, con sujecion a las leyes y ordenanzas." Que, mediante Informe Nº 0615-2013-GAJ-MDSJM de fecha 03 de setiembre del 2013 la Gerencia de Asesoria Juridica opina que, el proyecto de Decreto de Alcaldia que dispone que sera exigible a partir del 15 de setiembre del ano 2014 la aplicacion de la certificacion anual sobre gases contaminantes a que se refiere el articulo 38 de la Ordenanza 217-2012-MDSJM, es viable legalmente. Estando a lo expuesto y en uso de las facultades previstas en el articulo 42º de la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972, asi como en aplicacion de la novena Disposicion Final y Transitoria de la Ordenanza Municipal Nº 217-2012-MDSJM. DECRETA: Articulo Primero.- SE DISPONE, que sera exigible a partir del 15 de setiembre del ano 2014 la aplicacion de la Certificacion Anual sobre gases contaminantes que refiere el articulo 38º de la Ordenanza Nº 217-2012-MDSJM. Articulo Segundo.- El presente Decreto entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial EL Peruano. Articulo Tercero.- ENCARGAR, el cumplimiento del presente Decreto a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y a la Sub Gerencia de Transporte, MORDAZA y Seguridad Vial. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 988480-1

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