Norma Legal Oficial del día 27 de septiembre del año 2013 (27/09/2013)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 12

503686
implementacion del Aseguramiento Universal en Salud, incluyendo aquellas prestaciones que no se encuentran comprendidas en la Resolucion Ministerial N° 240-2009/ MINSA, asi como las que forman parte del Plan Esencial de Aseguramiento en Salud (PEAS), en tanto dure el MORDAZA de reestructuracion y adecuacion del SIS a su MORDAZA rol de Institucion Administradora de Fondos de Aseguramiento en Salud (IAFAS); Que, mediante Resolucion Ministerial N° 910-2011/ MINSA, se modifica el numeral 1 del acapite V.2 Del MORDAZA de Pago de las Prestaciones de la Directiva Administrativa N° 112-MINSA/SIS-V.01, aprobada por Resolucion Ministerial N° 422-2007/MINSA, en el que se dispone que "Las transferencias de recursos seran programadas por el SIS, a fin de garantizar el oportuno financiamiento de las prestaciones"; Que, mediante Resolucion Jefatural N° 148-2012/SIS, se aprueba la Guia Tecnica N° 001-2012-SIS/GNF, "Guia Tecnica para el Pago por Preliquidacion"; Que, mediante Resolucion Jefatural N° 149-2012/SIS, se aprueba la Guia Tecnica N° 002-2012-SIS/GNF, "Guia Tecnica para el Calculo del Capita"; Que, mediante Resolucion Ministerial N° 991-2012/ MINSA, se aprueban los Parametros de Negociacion que seran tomados en cuenta para la celebracion de los convenios entre el Seguro Integral de Salud, en su calidad de IAFAS y las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPRESS) publicas; por lo que, en los Convenios de Gestion suscritos entre el SIS y los Gobiernos Regionales para el financiamiento de las prestaciones del Nivel I de atencion, se establece el mecanismo de pago capitado; Que, de acuerdo al parrafo precedente y a la Directiva Nº 001-2009/SIS/GF, que regula el Subsidio por Sepelio de Inscritos y Asegurados al SIS, aprobada por Resolucion Jefatural Nº 148-2009/SIS, que en su titulo VIII DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES, Inciso 8.2 DE LAS ADECUACIONES, IMPLEMENTACIONES Y DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL, 8.2.3 dispone: "La Oficina de Administracion del SIS (OA), a traves de los sistemas administrativos, formalizara la operacion bancaria para el pago del subsidio a traves de las agencias y/o sucursales del Banco de la Nacion a nivel nacional y/u otra entidad bancaria autorizada por el SIS"; Que, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, mediante el Memorando N° 029-2013-SIS/OGPPDO, aprueba las Certificaciones de Credito Presupuestal N° 047 y 049 para el pago de los subsidios por sepelio; asimismo, mediante el Memorando N° 425-2013-SIS/OGPPDO aprueba la Certificacion de Credito Presupuestal N° 0754 por la Fuente de Financiamiento de Recursos para el pago de las prestaciones de salud, informando a la vez que existe disponibilidad presupuestal para la distribucion de transferencias a Nivel de Componente, Finalidad y Fuente de Financiamiento para el mes de setiembre 2013; Con el visto MORDAZA de la Secretaria General, de la Gerencia de Negocios y Financiamiento, de la Gerencia de Riesgo y Evaluacion de las Prestaciones, de la Oficina General de Administracion de Recursos y con la opinion favorable de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional y de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido en el numeral 12.2 del articulo 12° de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013 y de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 11.8 del articulo 11º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 0112011-SA; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar la Transferencia total para las Unidades Ejecutoras por la suma de CIENTO SESENTA Y TRES MILLONES CIENTO OCHENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y UNO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 163'186,991.00) con cargo a la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios, correspondiente al mes de setiembre 2013, detallado en el Anexo 01 y que forman parte integrante de la presente Resolucion.
ANEXO 01:

El Peruano Viernes 27 de setiembre de 2013

TOTAL 00-Recursos Ordinarios Pago por Capitado Pago por Preliquidacion Tarifado

S/. 163'186,991.00 S/. 73'186,991.00 S/. 89'919,430.00 S/. 80,570.00 S/. 163'186,991.00

TOTAL GENERAL

Articulo 2º.- Aprobar el pago directo como subsidio por sepelio a nivel nacional por la suma total de CUATRO MILLONES DOSCIENTOS VEINTE MIL DOSCIENTOS SESENTA Y DOS Y 50/100 NUEVOS SOLES, (S/. 4'220,262.50) con cargo a la Fuente de Financiamiento 00-Recursos Ordinarios y 09-Recursos Directamente Recaudados, correspondiente al cierre de produccion del mes setiembre 2013, de acuerdo al siguiente detalle:
00-Recursos Ordinarios 09-Recursos Directamente Recaudados TOTAL S/. S/. S/. 4'217,342.50 2,920.00 4'220,262.50

Articulo 3°.- El Titular del Pliego del Gobierno Regional aprueba la desagregacion de los recursos autorizados en la presente MORDAZA, en el nivel funcional programatico, mediante Resolucion Ejecutiva Regional y en el caso del Gobierno Nacional por Resolucion Ministerial, respetando los montos de los programas presupuestarios estrategicos, dentro de los diez (10) dias calendario de publicacion de la presente Resolucion. La Resolucion Ejecutiva Regional o Resolucion Ministerial debera ser publicada dentro de los cinco (5) dias de aprobada en la pagina web del Gobierno Regional o del Ministerio de Salud. Con relacion a los programas no estrategicos debera considerarse su incorporacion de acuerdo con las prioridades de salud en su Region, la programacion de actividades en el Plan Operativo de cada Unidad Ejecutora y en el MORDAZA de la normatividad vigente. Articulo 4°.- Encargar a la Secretaria General, la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano; asi como publicar en el MORDAZA institucional, http://www.sis.gob.pe/ipresspublicas/transferencias.html, el texto de la presente Resolucion y el Anexo 01. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe del Seguro Integral de Salud (e) 993493-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES
Aprueban Directiva "Procedimientos para la venta mediante subasta publica de predios de dominio privado del Estado de libre disponibilidad"
RESOLUCION Nº 065-2013/SBN San MORDAZA, 13 de setiembre de 2013 CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales-SBN es un Organismo Publico Ejecutor, adscrito al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, y el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales, responsable de normar los actos de adquisicion, disposicion, administracion y supervision de los bienes estatales, asi como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes cuya administracion esta a su cargo, de acuerdo a la normatividad vigente, gozando de autonomia economica, presupuestal, financiera, tecnica y funcional, de conformidad a lo establecido en la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.