NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2013 (27/09/2013)
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El Peruano Viernes 27 de setiembre de 2013 503687 Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 007- 2008-VIVIENDA; Que, los literales b), c) y d) del numeral 14.1 del artículo 14º de la acotada Ley, señalan como funciones y atribuciones exclusivas de la SBN, dictar las Directivas aplicables para la administración, adquisición y disposición de los bienes de propiedad estatal, procurar una efi ciente gestión del portafolio inmobiliario de los bienes estatales optimizando su uso y valor, así como supervisar los bienes estatales, el cumplimiento del debido procedimiento y de los actos que ejecutan las entidades pertenecientes al Sistema Nacional de Bienes Estatales; Que, los artículos 74º al 76º del Reglamento de la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado por el Decreto Supremo Nº 007-2008- VIVIENDA, establecen disposiciones para la compraventa de bienes de dominio privado estatal de libre disponibilidad, regulando el procedimiento de la subasta pública como una de sus modalidades; Que, mediante la Resolución Nº 102-2010/SBN de fecha 18 de octubre de 2010, se aprobó la Directiva Nº 002-2010- SBN denominada “Procedimientos para la venta mediante subasta pública de predios de dominio privado del Estado de libre disponibilidad”, y sus Anexos: Formatos de “Resumen de Valuación Comercial” y el Modelo de Bases Administrativas. Posteriormente a la vigencia de la citada Directiva, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, mediante el Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, así como las modifi caciones al Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobadas por los Decretos Supremos Nº 013-2012- VIVIENDA y Nº 009-2013-VIVIENDA; Que, en ese sentido, es necesario actualizar dicha Directiva al marco legal vigente, así como establecer las instancias administrativas y las funciones de las mismas de acuerdo al Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, aprobado por el Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, a fi n de optimizar los procedimientos de aprobación de venta mediante subasta pública de los predios de dominio privado del Estado de libre disponibilidad y de ejecución de la subasta pública, maximizando el valor de mercado de los predios estatales; Con el visado de la Secretaría General, la Dirección de Normas y Registro, la Dirección de Gestión del Patrimonio Estatal, la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto y la Ofi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad a lo establecido en la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 007- 2008-VIVIENDA, modifi cado por los Decretos Supremos Nº 013-2012-VIVIENDA y Nº 009-2013-VIVIENDA; y en uso de la atribución conferida por el inciso b) del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones de la SBN, aprobado por el Decreto Supremo Nº 016-2010- VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la Directiva Nº 004-2013/SBN denominada “Procedimientos para la venta mediante subasta pública de predios de dominio privado del Estado de libre disponibilidad”, la misma que forma parte de la presente Resolución. Artículo 2º.- Declarar que el numeral 6.1.6 de las Disposiciones Específi cas de la Directiva Nº 004- 2013/SBN, aprobada por el artículo 1º de la presente Resolución, sea aplicable también al procedimiento de permuta de predios del Estado. Artículo 3º.- Disponer la publicación de la Directiva Nº 004-2013/SBN, aprobada por el artículo 1º de la presente Resolución, en el Portal Institucional de la SBN (www.sbn. gob.pe) y la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, la misma que entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Artículo 4º.- Derogar la Directiva Nº 002-2010/SBN denominada “Procedimientos para la venta mediante subasta pública de predios de dominio privado del Estado de libre disponibilidad”, aprobada mediante la Resolución Nº 102-2010/SBN. Regístrese, comuníquese y publíquese. SONIA MARIA CORDERO VASQUEZ Superintendente 993737-1 Aprueban Directiva “Procedimientos para la aprobación de la transferencia interestatal de predios del Estado” RESOLUCIÓN Nº 067-2013/SBN San Isidro, 19 de setiembre de 2013 CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales- SBN es un Organismo Público Ejecutor, adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales, responsable de normar los actos de adquisición, disposición, administración y supervisión de los bienes estatales, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes cuya administración está a su cargo, de acuerdo a la normatividad vigente, gozando de autonomía económica, presupuestal, fi nanciera, técnica y funcional, de conformidad a lo establecido en la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, los literales b), c) y d) del numeral 14.1 del artículo 14º de la acotada Ley, señalan como funciones y atribuciones exclusivas de la SBN, dictar las Directivas aplicables para la administración, adquisición y disposición de los bienes de propiedad estatal, procurar una efi ciente gestión del portafolio inmobiliario de los bienes estatales optimizando su uso y valor, así como supervisar los bienes estatales, el cumplimiento del debido procedimiento y de los actos que ejecutan las entidades pertenecientes al Sistema Nacional de Bienes Estatales; Que, los artículos 62º al 68º del Reglamento de la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado por el Decreto Supremo Nº 007- 2008-VIVIENDA, modifi cados por el Decreto Supremo Nº 009-2013-VIVIENDA, establecen disposiciones para la transferencia de dominio de predios estatales, a título gratuito u oneroso, que se realiza entre las entidades conformantes del Sistema Nacional de Bienes Estatales. Asimismo, los artículos 69º al 71º del citado Reglamento, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 013- 2012-VIVIENDA, establecen disposiciones que regulan el procedimiento de reversión de dominio al Estado de predios transferidos a título gratuito y, excepcionalmente, de los transferidos a título oneroso; Que, en ese sentido, es necesario aprobar una Directiva que regule los procedimientos de transferencia interestatal, la emisión de la opinión técnica de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales – SBN en las transferencias efectuadas por las entidades conformantes del Sistema Nacional de Bienes Estatales y el procedimiento de reversión al dominio del Estado, acorde al marco legal vigente, y que establezca las instancias administrativas a cargo de los citados procedimientos de acuerdo al Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, aprobado por el Decreto Supremo Nº 016-2010- VIVIENDA, a fi n de optimizar la gestión del portafolio inmobiliario y fomentar el uso efi ciente del mismo; Con el visado de la Secretaría General, la Dirección de Normas y Registro, la Dirección de Gestión del Patrimonio Estatal, la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto y la Ofi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad a lo establecido en la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 007- 2008-VIVIENDA, modifi cado por los Decretos Supremos