NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2013 (27/09/2013)
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El Peruano Viernes 27 de setiembre de 2013 503682 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Modifican artículo de la R.D. Nº 453- 2011--MTC/12, que otorgó permiso de operación de servicio de transporte aéreo internacional regular de pasajeros, carga y correo a Aerolíneas Galápagos S.A. - AEROGAL RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 420-2013-MTC/12 Lima, 19 de agosto del 2013 Vista la solicitud de AEROLÍNEAS GALÁPAGOS S.A. - AEROGAL, sobre Modifi cación de Permiso de Operación de Servicio de Transporte Aéreo Internacional Regular de pasajeros, carga y correo. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 453-2011- MTC/12 del 14 de diciembre del 2011, se otorgó a AEROLÍNEAS GALÁPAGOS S.A. – AEROGAL, Permiso de Operación para prestar el Servicio de Transporte Aéreo Internacional Regular de pasajeros, carga y correo por el plazo de cuatro (04) años, hasta el 26 de enero del 2016; Que, mediante documentos de Registro Nº 2013- 026666 del 06 de mayo del 2013 y Nº 2013-026666-A del 10 de mayo del 2013, AEROLÍNEAS GALÁPAGOS S.A. - AEROGAL solicita la Modifi cación de su Permiso de Operación para prestar Servicio de Transporte Aéreo Internacional Regular de pasajeros, carga y correo, a fi n de adicionar rutas y frecuencias; Que, según los términos del Memorando Nº 052- 2013-MTC/12.POA, Memorando Nº 1051-2013-MTC/12. LEG, e Informe Nº 250-2013-MTC/12.07, emitidos por las áreas competentes de la Dirección General de Aeronáutica Civil y que forman parte de la presente Resolución Directoral, conforme a lo dispuesto en el artículo 6º numeral 2) de la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General; se considera pertinente atender lo solicitado al haber cumplido la recurrente con lo establecido en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil, su Reglamento; y demás disposiciones legales vigentes; Que, la Autoridad Aeronáutica Civil de Ecuador ha designado a AEROLÍNEAS GALÁPAGOS S.A. AEROGAL para efectuar servicios de transporte aéreo regular internacional de pasajeros, carga y correo; Que, en aplicación del Artículo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, la Dirección General de Aeronáutica Civil es competente para otorgar, modifi car, suspender o revocar los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo, resolviendo el presente procedimiento mediante la expedición de la Resolución Directoral respectiva; Que, la Administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la presentación de documentos por parte del interesado, tomándolos por ciertos, verifi cando posteriormente la validez de los mismos, conforme lo dispone la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC, demás disposiciones legales vigentes y con la opinión favorable de las áreas competentes; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modifi car, de conformidad con la Decisión 582 de la Comisión de la Comunidad Andina de Naciones – en el extremo pertinente – el Artículo 1º de la Resolución Directoral Nº 453-2011-MTC/12 del 14 de diciembre del 2011, que otorgó a AEROLÍNEAS GALÁPAGOS S.A. - AEROGAL Permiso de Operación de Servicio de Transporte Aéreo Internacional Regular de pasajeros, carga y correo, en los siguientes términos: RUTAS, FRECUENCIAS Y DERECHOS AEROCOMERCIALES: (Adicional a lo autorizado) CON DERECHOS DE TERCERA, CUARTA Y QUINTA LIBERTADES DEL AIRE: - BOGOTÁ Y/O QUITO y/o GUAYAQUIL – LIMA Y VV., con catorce (14) frecuencias semanales. Artículo 2º.- Los demás términos de la Resolución Directoral Nº 453-2011-MTC/12 del 14 de diciembre del 2011, continúan vigentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAMÓN GAMARRA TRUJILLO Director General de Aeronáutica Civil 980350-1 REQUISITO PARA PUBLICACIÏN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará un diskette, cd rom o USB en formato Word con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. LA DIRECCIÓN