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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE ABRIL DEL AÑO 2014 (01/04/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 43

El Peruano Martes 1 de abril de 2014 520141 su competencia, constituyendo para su administración económica y fi nanciera un Pliego Presupuestal; con jurisdicción en el ámbito de la circunscripción del Departamento de Moquegua, siendo su titular y representante legal el Presidente Regional; Que, el Gobierno Regional Moquegua y SOUTHERN PERU COOPER CORPORATION, han suscrito el “Convenio Específi co para la Ejecución de los Proyectos de Inversión Pública para el Mejoramiento del Servicio de la Educación Básica Regular a Través de la Incorporación de las TIC en las Instituciones Educativas de la Región Moquegua”, con el fi n de que SOUTHERN PERU COORPORATION realice las acciones necesarias para la ejecución, directa o indirectamente, de los Proyectos: Código SNIP 240551: “Mejoramiento del Servicio de Educación Básica Regular a través de la incorporación de las TICs en las Instituciones Educativas de la UGEL Ilo, Región Moquegua”; Código SNIP 242219: “Mejoramiento del Servicio de Educación Incorporando TICs en las II. EE. de la UGEL Mariscal Nieto, Provincia Mariscal Nieto y Provincia General Sánchez Cerro, Región Moquegua”, y Código SNIP 242584: “Mejoramiento del Servicio de Educación Básica Regular a través de la incorporación de las TICs en las Instituciones Educativas de la UGEL General Sánchez Cerro, Región Moquegua”; a cuyo efecto SOUTHERN PERU COOPER CORPORATION compromete un aporte, en calidad de donación, de S/. 108 421,371.00 Nuevos Soles, que incluye la supervisión de los mencionados proyectos, como consta en la Cláusula Novena del referido Convenio; Que, de acuerdo al numeral 7.12 de la Cláusula Siete del aludido Convenio, es obligación del Gobierno Regional Moquegua supervisar la ejecución de los expedientes técnicos de los mencionados Proyectos, en tanto que conforme al numeral 8.5 de la Cláusula Octava del mismo Convenio, constituye obligación de SOUTHERN PERU COOPER CORPORATION transferir al Gobierno Regional Moquegua, vía donación, los recursos correspondientes a la supervisión de los referidos Proyectos; en este sentido, en el numeral 9.2 de la Cláusula Nueve de instrumento en mención las partes acuerdan que la partida, cronograma y funciones de los servicios del Supervisor se establecerán en el Anexo Nº 08;precisando que las transferencias presupuestarias se realizarán de acuerdo al cronograma preestablecido entre las partes, siguiente: DESCRIPCION TOTAL EN S/. DESEMBOLSO ANUAL S/. AÑO 2014 AÑO 2015 GASTOS DE SUPERVISION 2’346.973.64 1.665.142.04 681.831.60 Que, en el numeral 7.12 de la Cláusula Sétima del Convenio Específi co, establece que es obligación del Gobierno Regional Moquegua, dar uso adecuado a los recursos transferidos por SOUTHERN PERU COOPER COORPORATION para la supervisión; para tal efecto, los incorporará en su Presupuesto Institucional Modifi cado de acuerdo a lo estipulado en el artículo 39º del TUO de la Ley General del Sistema Nacional de Tesorería Nº 28693, aprobado con Decreto Supremo Nº 035-2012-EF Que, mediante la Carta del 13 de marzo del 2014, SOUTHERN PERU COPPER COORPORATION solicita la confi rmación de la Cuenta Corriente para la transferencia del monto correspondiente a la Supervisión de los referidos Proyectos, así como se le indique la fecha de entrega del Acuerdo de Consejo Regional que aprueba la donación; en tanto que con Informe Nº 342- 2014- SGPH-GRPPAT, la Sub Gerencia de Presupuesto y Hacienda emite el informe favorable para la aprobación de la donación antes referida. Que, Mediante Informe Nº 056-2014-JPE_GRDS/ GR.MOQ, el Jefe de Proyectos Educativos solicita el trámite de la aceptación de donación y la Sub Gerencia de Presupuesto y Hacienda emite el informe favorable para la aprobación de la donación correspondiente al desembolso 2014 ascendente a la suma de S/. 1´665,142.04 Nuevos Soles; para su posterior incorporación al Presupuesto Institucional Modifi cado vía crédito suplementario; mientras que con Informe Técnico Legal Nº 003-2014- DRAJ/ GR.MOQ la Dirección Regional de Asesoría Jurídica, emite opinión favorable para que mediante Acuerdo de Concejo Regional se apruebe la donación de S/.1´665 142.04 Nuevos Soles, que la empresa SOUTHERN PERU COPPER COORPORATION realiza la favor del Gobierno Regional Moquegua, en cumplimiento del Convenio Específi co enunciado, para la supervisión de los PIP en mención; Que, según el artículo 2º de la Ley Nº 30114, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, los recursos que fi nancian el presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2014, se estima, entre otras, por la fuente de fi nanciamiento “Donaciones y Transferencias”; Que, a tenor de lo dispuesto en el artículo 69º del TUO de la Ley Nº 28411 Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado con Decreto Supremo Nº 304- 2012-EF, “las donaciones dinerarias provenientes de instituciones nacionales o internacionales, públicas o privadas, deben ser aprobadas por Acuerdo del Consejo Regional, consignado la fuente donante y el destino de estos fondos. Agregando en su segundo párrafo que dicho Acuerdo será publicado en el Diario Ofi cial El Peruano cuando el monto de la donación supere las 5 UIT(. ..)” Por estas consideraciones, en uso de las facultades concedidas por la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; el TUO de la Ley Nº 28411 Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; en mérito al análisis y debate del Dictamen presentado por la Comisión Ordinaria de Planeamiento y Presupuesto; el Consejo Regional de Moquegua en sesión extraordinaria Nº 04-2014 del 2014, con el voto unánime de sus miembros y con dispensa del trámite de aprobación del acta; ACUERDA: Artículo Primero.- APROBAR la donación de UN MILLON SEISCIENTOS SESENTA YCINCO MIL CIENTO CUARENTA Y DOS CON 04/100 NUEVOS SOLES (S/.1’665,142.04), que la Empresa SOUTHERN PERU COOPER CORPORATIONrealiza a favor del Gobierno Regional Moquegua, para la supervisión de los Proyectos Código SNIP 240551: “Mejoramiento del Servicio de Educación Básica Regular a través de la incorporación de las TICs en las Instituciones Educativas de la UGEL ILo, Región Moquegua”; Código SNIP 242219: “Mejoramiento del Servicio de Educación Incorporando TICs en las II. EE. de la EBR de la UGEL Mariscal Nieto, Provincia Mariscal Nieto y Provincia General Sánchez Cerro, Región Moquegua”, y Código SNIP 242584: “Mejoramiento del Servicio de Educación Básica Regular a través de la incorporación de las TICs en las Instituciones Educativas de la UGEL General Sánchez Cerro, Región Moquegua”; Artículo Segundo.- AUTORIZAR al Titular del Pliego para que tramite la apertura de la cuenta bancaria correspondiente y formalice la aceptación de la donación mediante Resolución Ejecutiva Regional. Artículo Tercero.- PUBLICAR el presente Acuerdo en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal del Gobierno Regional. REMITIENDO copia del mismo a Presidencia Regional,Gerencia General Regional, Dirección General de Presupuesto Público y demás instancias comprendidas pertinentes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GINA ALICIA VALDIVIA VÉLEZ Consejera Delegada Consejo Regional Moquegua 1068613-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO Disponen el embanderamiento general del distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 002-2014-MDCH Chaclacayo, 27 de marzo del 2014 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO