Norma Legal Oficial del día 03 de abril del año 2014 (03/04/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano Jueves 3 de MORDAZA de 2014

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Estando a lo expuesto y con el Dictamen Favorable de la Comision de Rentas, y en uso de las atribuciones conferidas en la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal Distrital con el MORDAZA POR UNANIMIDAD; y con la dispensa de la lectura y aprobacion del Acta, aprobo la siguiente:

Convocan y reglamentan el MORDAZA de Presupuesto Participativo por Resultados en el distrito de Ventanilla para el Ano 2015
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 8-2014/MDV
Ventanilla, 24 de marzo de 2014 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA VISTO: En Sesion Ordinaria del Concejo Municipal Distrital, de 24 de marzo de 2014; y, CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Distrital de Ventanilla, es un organo de Gobierno Local, tiene autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos que le confiere el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru; Que, los articulos Nº 197º y 198º de la Constitucion Politica del Peru, modificada mediante Ley Nº 27680, que aprueba la Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralizacion, establecen que las Municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participacion vecinal en el desarrollo local, formulan sus presupuestos con la participacion de la poblacion y rinden cuenta de su ejecucion anualmente bajo responsabilidad, conforme a Ley; Que, el articulo 17º numeral 17.1 de la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralizacion, determina que los Gobiernos Locales estan obligados a promover la participacion ciudadana en la formulacion, debate y concertacion de sus planes de desarrollo y presupuestos en la Gestion Publica; Que, el articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, senala que los Gobiernos Locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestacion de los servicios publicos locales y el desarrollo integral sostenible y armonico de su circunscripcion. Asimismo, el articulo IX del Titulo Preliminar, establece que el MORDAZA de Planeacion Local es integral, permanente y participativo, articulando a las municipalidades con sus vecinos; Que, el articulo 53º de la mencionada ley, senala que las Municipalidades se rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administracion y gestion, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan conforme a la ley materia y en concordancia con los Planes de Desarrollo Concertados de su jurisdiccion. El presupuesto participativo forma parte del sistema de planificacion; Que, la Ley Nº 28056 - Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo, reglamentada por Decreto Supremo Nº 1422009-EF, senala en su Articulo 3º que dicho MORDAZA tiene como finalidad recoger las aspiraciones y necesidades de la sociedad para considerarlas en su presupuesto y promover su ejecucion a traves de programas y proyectos prioritarios, de modo que les permita alcanzar los objetivos estrategicos de desarrollo humano, integral y sostenible. Asimismo, optimizar el uso de los recursos a traves de un adecuado control social de las acciones publicas; Que, el Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01 aprobado mediante Resolucion Directoral Nº 007-2010-EF/76.01 publicado en el Diario Oficial El Peruano el 10 de MORDAZA de 2010, contiene orientaciones para el desarrollo del MORDAZA de Presupuesto Participativo por Resultados; Que, en este contexto y tomando en cuenta lo expuesto, resulta necesario reglamentar la participacion de los representantes de la sociedad civil, asi como sus responsabilidades, obligaciones y derechos, dentro del MORDAZA de desarrollo del Presupuesto Participativo para el ano 2015, el cual permitira asegurar un uso eficiente de los recursos publicos en el desarrollo local; Que, en virtud de ello se conformara el Equipo Tecnico de la Municipalidad Distrital de Ventanilla que desarrollara el Presupuesto Participativo para el ano 2015, el cual sera presidido por el Gerente Municipal, quedando integrado por distintos funcionarios de la Municipalidad que brindaran el apoyo profesional y tecnico que se requiere para tal fin; Estando en uso de las facultades conferidas por los articulos 9º y 40º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobo por

ORDENANZA MUNICIPAL QUE ESTABLECE LA PRORROGA DEL PLAZO PARA LA MORDAZA DE LA DECLARACION JURADA ANUAL Y EL VENCIMIENTO DEL PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL AL CONTADO O FRACCIONADO DEL EJERCICIO FISCAL 2014
Articulo 1º.- PRORROGAR el plazo para la MORDAZA de la declaracion jurada anual y el vencimiento del pago del Impuestos Predial al contado o fraccionado correspondiente al ejercicio fiscal 2014, hasta el 31 de Marzo del 2014. Articulo 2º.- MODIFICAR el articulo Tercero de la Ordenanza Nº 001-2014/MDV, que establece las fechas de vencimiento para el pago de los arbitrios municipales del ejercicio 2014, quedando establecido de la siguiente manera: "Articulo Tercero.- Vencimiento de plazos para el pago de los arbitrios municipales. Establecer las fechas de pago de las cuotas trimestrales de los arbitrios municipales correspondientes al ejercicio 2014, conforme a lo siguiente: - 1ª Cuota (Enero, Febrero y Marzo) : 31 de marzo - 2ª Cuota (Abril, MORDAZA y Junio) : 30 de MORDAZA - 3ª Cuota (Julio, Agosto y Setiembre) : 29 de agosto - 4ª Cuota (Octubre Noviembre y Diciembre): 28 de noviembre" Articulo 3º.- MODIFICAR el articulo MORDAZA literales a) y b) de la Ordenanza Nº 003-2014/MDV, que establece descuentos en arbitrios 2014 por Regularizacion de deuda Tributaria y Pago de las Obligaciones Tributarias Generadas para el Ejercicio 2014, quedando establecido de la siguiente manera: "Articulo Cuarto: Descuentos otorgados por la norma: Los descuentos que se senalan a continuacion se otorgaran siempre y cuando el contribuyente no tenga otro beneficio tributario otorgado por la Entidad Municipal: a) Se otorga un descuento del 14% en el insoluto de los Arbitrios determinados para el 2014 si el contribuyente cumple con las siguientes condiciones: - No tiene deuda tributaria de anos anteriores o la cancela o la fracciona hasta el 31 de marzo de 2014. - Cancela el Impuesto Predial y Arbitrios Municipales 2014 en su totalidad (pago anual) hasta el 31 de marzo de 2014, o de forma trimestral dentro de sus fechas de vencimiento. b) Se otorga un descuento del 10% en el insoluto de los Arbitrios determinados para el 2014 si cumple con las siguientes condiciones: - No tiene deuda tributaria de anos anteriores o la cancela o la fracciona hasta el 31 de marzo de 2014. - Cancela los Arbitrios 2014 en su totalidad (pago anual) hasta el 31 de marzo de 2014." Articulo 4º.- ENCARGAR a la Gerencia de Rentas Municipales y Sugerencias dependientes de dicha Unidad Organica, Gerencia de Comunicaciones, Gerencia de Administracion, Gerencia de Tecnologia de la Informacion y Telecomunicaciones, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza y todas las demas dependencias de la Municipalidad deberan prestar el apoyo y facilidades para su cabal cumplimiento. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

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