Norma Legal Oficial del día 03 de abril del año 2014 (03/04/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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por una porcion inferior al 50% del electorado, no puede dar lugar a la proclamacion de alcaldes y regidores municipales, por cuanto ello implica el reconocimiento de una escasa legitimidad, y supone, ademas, un peligro en la estabilidad politica y social de la circunscripcion electoral en donde han sido realizadas las elecciones. Debe reconocerse, sin embargo, que se trata de una disposicion restringida unicamente para el caso de las elecciones municipales, en el entendido de que las autoridades municipales, por la propia naturaleza del ambito de gobierno sobre el que desempenan sus funciones, han de ostentar un mayor grado de legitimidad. 7. De esta manera, es MORDAZA que ante la comprobacion del ausentismo, en cantidad mayor al 50% de electores habiles debera declararse la nulidad del MORDAZA electoral, por cuanto las elecciones asi realizadas no pueden tener validez por disposicion del articulo 36 de la LEM. 8. En el caso del distrito de Tinacachi, es de verificarse, segun el acta de proclamacion de resultados que ahora se cuestiona, que de los 555 electores habiles el dia de la eleccion solamente fueron a votar 229 votantes, lo que equivale a un 41,261271% de los ciudadanos habilitados para ejercer su derecho a elegir. De igual manera, es de advertirse que de esos 229 electores solo 104 emitieron su MORDAZA en favor del Movimiento MORDAZA Socialista. 9. De esta manera, no es suficiente que alguna de las listas de las participantes MORDAZA obtenido la votacion mas alta, ya que, ante la comprobacion del ausentismo, en cantidad mayor al 50% de electores habiles, debera declararse la nulidad del MORDAZA electoral, por cuanto las elecciones asi realizadas no pueden tener validez por disposicion del articulo 36 de la LEM. Respecto a los supuestos actos de entrega de dadivas por parte del actual alcalde. 10. Respecto a la supuesta entrega de dadivas por parte del actual MORDAZA a efectos de que los vecinos de Tinacachi no acudan a votar, debe senalarse que las normas que rigen la materia electoral han establecido reglas referentes a los pedidos de nulidad por causales cualitativas y cuantitativas, siendo, que para el primer caso, el plazo para interponerlas vencio el 19 de marzo de 2014, sin que el recurrente lo MORDAZA interpuesto. 11. En consecuencia, el recurso de apelacion interpuesto por Heraclides MORDAZA Huarilloclla, personero legal del Movimiento MORDAZA Socialista, debe ser desestimado y debe confirmarse el Acta de Proclamacion de Resultados de computo de Nuevas Elecciones Municipales realizadas en el distrito de Tinacachi, provincia de Yunguyo, departamento de Puno. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Articulo Unico.- Declarar INFUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por Heraclides MORDAZA Huarilloclla, personero legal de la organizacion politica Movimiento MORDAZA Socialista, y CONFIRMAR el Acta de Proclamacion de Resultados de computo de Nuevas Elecciones Municipales realizadas en el distrito de Tinacachi, provincia de Yunguyo, departamento de MORDAZA, emitida por el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA, que declaro nulo el mencionado MORDAZA electoral. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General

El Peruano Jueves 3 de MORDAZA de 2014

OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES
Designan Sub Gerente de Presupuesto de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto de la ONPE
RESOLUCION JEFATURAL N° 077-2014-J/ONPE
MORDAZA, 2 de MORDAZA de 2014 VISTOS; El Memorando Multiple N° 000009-2014-SG/ ONPE de la Secretaria General, el Memorando N° 0009452014-GAD/ONPE de la Gerencia de Administracion, el Informe N° 000253-2014-SGRH/ONPE de la Sub Gerencia de Recursos Humanos, el Memorando N° 874-2014-GPP/ ONPE de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; asi como el Informe N° 000112-2014-GAJ/ONPE de la Gerencia de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 21° de la Ley N° 26487, Ley Organica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales ­ ONPE, establece que el vinculo laboral de sus trabajadores corresponde al regimen laboral de la actividad privada. Los puestos de trabajo, MORDAZA permanentes o temporales, seran cubiertos por concurso publico, salvo aquellos calificados como de confianza conforme a las leyes vigentes, que no excederan del diez por ciento (10%) del total respectivo de trabajadores; Que, con Resolucion Jefatural N° 199-2013-J/ONPE, de fecha 30 de setiembre de 2013, se declaro vacante a partir del 01 de octubre de 2013, la plaza N° 061 del Cuadro para Asignacion de Personal de la Oficina Nacional de Procesos Electorales aprobado por Resolucion Jefatural N° 136-2011-J/ONPE, reordenado y actualizado por Resoluciones Jefaturales N° 237-2011-J/ONPE y N° 0702012-J/ONPE, correspondiente al cargo de confianza de Subgerente de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; Que, mediante Resolucion Jefatural N° 063-2014-J/ ONPE, publicada en el diario oficial El Peruano el 11 de marzo de 2014, se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Oficina Nacional de Procesos Electoral; el mismo que ha introducido cambios en la denominacion de la Subgerencia de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto por la de Sub Gerencia de Presupuesto de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; Que, asimismo mediante Resolucion Jefatural N° 0492014-J/ONPE, publicada en el diario oficial El Peruano el 26 de febrero de 2014, se aprobo el Cuadro para Asignacion de Personal de la Oficina Nacional de Procesos Electorales; el mismo que, ha introducido cambios en el numero de orden de las plazas, correspondiendo al cargo de Sub Gerente de Presupuesto de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto la plaza N° 063; Que, con la finalidad de dar continuidad a la gestion de la Sub Gerencia de Presupuesto, mediante Memorando Multiple N° 000009-2014-SG/ONPE la Secretaria General, por encargo de la Jefatura Nacional, solicita efectuar las gestiones correspondientes para cubrir la plaza N° 063, cargo de Sub Gerente de Presupuesto de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto por la senora MORDAZA MORDAZA Ponte, cargo considerado de confianza; Que, mediante Memorando N° 000874-2014-GPP/ ONPE, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto informa que existen los recursos presupuestarios para la plaza de Sub Gerente de Presupuesto de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, en la Meta presupuestaria 0001: Planeamiento y evaluacion de la gestion, cuya afectacion presupuestaria es por las MORDAZA de financiamiento recursos ordinarios y recursos directamente recaudados; Que, con Informe N° 000253-2014-SGRH/ONPE, la Sub Gerencia de Recursos Humanos senala que la senora MORDAZA MORDAZA Ponte, reune los requisitos minimos recomendados en el Manual de Organizacion y Funciones de la Entidad aprobado y modificado por Resoluciones Jefaturales N° 141-2011-J/ONPE, Nº 244-2011-J/ONPE y

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