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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE ABRIL DEL AÑO 2014 (05/04/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 27

El Peruano Sábado 5 de abril de 2014 520365 Hospital María Auxiliadora y con Resolución Directoral Nº 683-2013-HMA-DG, se aprobó el reordenamiento de los cargos contemplados en el citado instrumento de gestión, en el cual el cargo de Director/a Ejecutivo/a de la Dirección General del citado Hospital se encuentra califi cado como cargo de confi anza; Que, mediante el documento de visto, el Director General de la Dirección de Salud II Lima Sur, solicita dar por concluida la designación del Médico Cirujano Edgar Benito Pacheco, en el cargo de Director Ejecutivo de la Dirección General del Hospital María Auxiliadora y propone en su reemplazo al Médico Cirujano Jorge Alberto Coello Vásquez, servidor nombrado del citado Hospital; Que, a través del Informe N° 163-2014-EIE-OGGRH/ MINSA, la Directora General de la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos, emite opinión favorable respecto del pedido formulado por el Director General de la Dirección de Salud II Lima Sur del Ministerio de Salud, señalando que procede designar al profesional propuesto toda vez que el cargo de Director/a Ejecutivo/a de la Dirección General del Hospital María Auxiliadora, se encuentra califi cado como cargo de confi anza; Con el visado de la Directora General de la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, de la Viceministra de Prestaciones y Aseguramiento en Salud, y del Secretario General; y, De conformidad con lo previsto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005- 90-PCM; en el numeral 8) del artículo 25° de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y en el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida la designación del Médico Cirujano Edgar Benito Pacheco, en el cargo de Director Ejecutivo, Nivel F-4, de la Dirección General del Hospital María Auxiliadora de la Dirección de Salud II Lima Sur del Ministerio de Salud, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar, al Médico Cirujano Jorge Alberto Coello Vásquez, en el cargo de Director Ejecutivo, Nivel F- 4, de la Dirección General del Hospital María Auxiliadora de la Dirección de Salud II Lima Sur del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI Ministra de Salud 1070360-3 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Modifican la R.D. Nº 068-2013-MTC/12, que otorgó permiso de operación a Tampa Cargo S.A. para prestar servicio de transporte aéreo internacional no regular de carga RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 131-2014-MTC/12 Lima, 11 de marzo de 2014 Vista la solicitud de TAMPA CARGO S.A. sobre Modifi cación de Permiso de Operación de Servicio de Transporte Aéreo Internacional No Regular de carga. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral N° 068-2013- MTC/12 del 14 de febrero del 2013, modifi cada mediante Resolución Directoral N° 163-2013-MTC/12 del 26 de abril del 2013, se otorgó a TAMPA CARGO S.A. el Permiso de Operación para prestar Servicio de Transporte Aéreo Internacional No Regular de carga, hasta el 01 de diciembre del 2016; Que, con documento de Registro N° 2013-080022 del 27 de diciembre del 2013, TAMPA CARGO S.A. requiere la Modifi cación de Permiso de Operación, a fi n de incrementar puntos y/o zonas de operación; Que, según los términos del Memorando N° 212-2014- MTC/12.LEG, Memorando N° 001-2014-MTC/12.POA y Memorando Nº 035-2014-MTC/12.07.CER e Informe Nº 069-2014-MTC/12.07, emitidos por las áreas competentes de la Dirección General de Aeronáutica Civil y que forman parte de la presente Resolución Directoral, conforme a lo dispuesto en el artículo 6° numeral 2) de la Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General; se considera pertinente atender lo solicitado al haber cumplido la recurrente con lo establecido en la Ley N° 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, su Reglamento; y, demás disposiciones legales vigentes; Que, la Autoridad Aeronáutica Civil de Colombia ha designado a TAMPA CARGO S.A. para efectuar Servicio de Transporte Aéreo Internacional No Regular de carga; Que, en aplicación del artículo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, la Dirección General de Aeronáutica Civil es competente para otorgar, modifi car, suspender o revocar los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo, resolviendo el presente procedimiento mediante la expedición de la Resolución Directoral respectiva; Que, la Administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la presentación de documentos por parte del interesado, tomándolos por ciertos, verifi cando posteriormente la validez de los mismos, conforme lo dispone la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 050-2001-MTC; demás disposiciones legales vigentes; y, con la opinión favorable de las áreas competentes; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modifi car -en el extremo pertinente- el Artículo 1º de la Resolución Directoral N° 068-2013-MTC/12 del 14 de febrero del 2013, modifi cada mediante Resolución Directoral N° 163-2013-MTC/12 del 26 de abril del 2013, que otorgó a TAMPA CARGO S.A. el Permiso de Operación de Servicio de Transporte Aéreo Internacional No Regular de carga, en los siguientes términos: ZONAS Y/O PUNTOS DE OPERACIÓN: CON DERECHOS DE TRÁFICO DE TERCERA Y CUARTA LIBERTAD DEL AIRE: - COLOMBIA (BOGOTÁ y/o MEDELLÍN y/o CALI y/o CARTAGO y/o PEREYRA y/o BARRANQUILLA) a LIMA y/o IQUITOS y vv. CON DERECHOS DE TRÁFICO DE TERCERA, CUARTA Y QUINTA LIBERTAD DEL AIRE: - COLOMBIA (MEDELLÍN y/o BOGOTÁ y/o CALI y/o BARRANQUILLA) – LIMA y/o IQUITOS y/o ESTADOS UNIDOS (DALLAS y/o NEW YORK y/o LOS ÁNGELES y/o MIAMI) y/o CARACAS y/o VALENCIA y/o QUITO y/o GUAYAQUIL y/o BRASIL (MANAOS y/o CURITIBA y/o SAO PAULO) y/o PARAGUAY (ASUNCIÓN y/o CIUDAD DEL ESTE) y/o URUGUAY (MONTEVIDEO) y/o ARGENTINA (EZEIZA) y/o BOLIVIA (LA PAZ y/o SANTA CRUZ) y/ o SANTIAGO y/o LIMA y/o IQUITOS y/o COLOMBIA (MEDELLÍN y/o BOGOTÁ y/o CALI y/o BARRANQUILLA), pudiendo omitir puntos intermedios. Artículo 2º.- Los demás términos de la Resolución Directoral N° 068-2013-MTC/12 del 14 de febrero del 2013, modifi cada mediante Resolución Directoral N° 163-2013-MTC/12 del 26 de abril del 2013, continúan vigentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER BENJAMÍN HURTADO GUTIÉRREZ Director General de Aeronáutica Civil (e) 1068465-1