Norma Legal Oficial del día 05 de abril del año 2014 (05/04/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano Sabado 5 de MORDAZA de 2014

520371

Supremo N° 009-96-AG, cumple con el articulo 23 del Reglamento de Inscripcion y Exclusion en el extremo referido a la exigencia de que los valores hayan sido inscritos a solicitud del emisor; Que, igualmente, se advierte que la evaluacion ha determinado que las acciones emitidas por MORDAZA MORDAZA dejaron de ser negociadas desde el 27 de MORDAZA de 2009, es decir, desde hace mas de cuatro anos, lo cual supera ampliamente el periodo establecido por el citado articulo 23, lo cual evidenciaria la cesacion del interes publico en el valor; Que, asimismo, el analisis efectuado sostiene que es de imposible realizacion la otra exigencia -- tambien contenida en el articulo 23 del Reglamento de Inscripcion y Exclusion--, relativa a que debe ser el emisor quien presente la solicitud de exclusion de los valores, ello por cuanto ha operado, como ya se ha anotado, la extincion de la personeria juridica de MORDAZA Barraza; Que, sin perjuicio de lo anterior, la evaluacion tambien refiere el hecho que fue el 100% de los accionistas de la sociedad quienes decidieron la escision de MORDAZA MORDAZA, para concluir en que no resulta exigible, en este caso, la formulacion de una OPC, ademas de senalar que, si se mantuviera la situacion actual --es decir, las acciones representativas del capital social de MORDAZA MORDAZA continuen inscritas en el RPMV-- se estaria contribuyendo con mantener una situacion que puede resultar confusa para los inversionistas y para el MORDAZA en general; Que, en virtud a lo expuesto precedentemente, corresponde proceder a la exclusion, de oficio, de las acciones representativas del capital social de MORDAZA MORDAZA del RPMV por la causal de cese del interes publico sobre dicho valor, de conformidad con lo establecido en el articulo 37, inciso d), de la Ley del MORDAZA de Valores, Decreto Legislativo Nº 861 y sus normas modificatorias; Que, el articulo 2, numeral 2, de las Normas Relativas a la Publicacion y Difusion de las Resoluciones Emitidas por los Organos Decisorios de la Superintendencia del MORDAZA de Valores, aprobadas mediante Resolucion CONASEV N° 073-2004-EF-94.10, establece que las resoluciones administrativas referidas, entre otros, a la exclusion de valores mobiliarios objeto de oferta publica del Registro Publico del MORDAZA de Valores, deben ser difundidas a traves del Boletin de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA del MORDAZA de Valores de la Superintendencia del MORDAZA de Valores (www.smv.gob.pe); y, Estando a lo dispuesto por el articulo 37, inciso d), de la Ley del MORDAZA de Valores; el articulo 23 del Reglamento de Inscripcion y Exclusion; el Memorandum 2719, y; el articulo 46, numeral 6, del del Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 216-2011-EF RESUELVE: Articulo 1.- Disponer la exclusion, de oficio, de las acciones representativas del capital social emitidas por Empresa MORDAZA MORDAZA S.A. del Registro Publico del MORDAZA de Valores de la Superintendencia del MORDAZA de Valores ­ SMV, al haberse producido el cese del interes publico sobre dichos valores. Articulo 2.- Disponer la exclusion de los valores a los que se refiere el articulo 1 de la presente Resolucion del Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima. Articulo 3.- La presente Resolucion debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA del MORDAZA de Valores de la Superintendencia del MORDAZA de Valores (www.smv.gob.pe). Articulo 4.- Transcribir la presente Resolucion a la Bolsa de Valores de MORDAZA S.A. y a CAVALI S.A. ICLV. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA Intendente General Intendencia General de Supervision de Conductas 1070094-1

PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Aceptan renuncia de Juez Especializado Civil de MORDAZA, quien se viene desempenando como Juez Superior Provisional de la Sala Mixta Transitoria de Ate, Distrito Judicial de MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 028-2014-P-CE-PJ MORDAZA, 27 de marzo de 2014 VISTA: La solicitud de renuncia presentada por la doctora Luz MORDAZA MORDAZA Basombrio MORDAZA de MORDAZA, Juez Superior Provisional de la Sala Mixta Transitoria de Ate, Corte Superior de Justicia de MORDAZA, con certificacion de firma ante Notario Publico de Lima. CONSIDERANDO: Primero. Que la doctora Luz MORDAZA MORDAZA Basombrio MORDAZA de MORDAZA formula renuncia al cargo de Juez Especializado Civil de MORDAZA, Corte Superior del mismo nombre. La recurrente fue nombrada por Resolucion Suprema N° 279-88-JUS, de fecha 8 de agosto de 1988. Actualmente se desempena como Juez Superior Provisional de la Sala Mixta Transitoria de Ate, Distrito Judicial de Lima. Segundo. Que el cargo de Juez termina, entre otras causales, por renuncia desde que es aceptada, conforme lo establece el articulo 107°, numeral 3), de la Ley de la MORDAZA Judicial. Tercero. Que, sin perjuicio de lo expuesto precedentemente, es menester precisar que la aceptacion de la renuncia formulada por la recurrente no implica en modo alguno a eximirla de responsabilidad por cualquier hecho que pudiera ser materia de investigacion y que se hubiera producido durante el ejercicio de sus funciones como Juez de este Poder del Estado. En consecuencia, el Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las facultades otorgadas mediante Resolucion Administrativa N° 066-2011-CE-PJ, de fecha 23 de febrero de 2011. RESUELVE: Articulo Primero.- Aceptar, a partir del 7 de MORDAZA del ano en curso, la renuncia formulada por la doctora Luz MORDAZA MORDAZA Basombrio MORDAZA de MORDAZA al cargo de Juez Especializado Civil de MORDAZA, Corte Superior del mismo nombre, quien se viene desempenando como Juez Superior Provisional de la Sala Mixta Transitoria de Ate, Distrito Judicial de Lima. Sin perjuicio de lo expuesto en el tercer fundamento de la presente resolucion. Articulo Segundo.- Agradecer a la mencionada Juez Especializada, por los servicios prestados a la Nacion. Articulo Tercero.- Transcribir la presente resolucion al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, Gerencia General del Poder Judicial y a la recurrente, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 1070658-4

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