Norma Legal Oficial del día 06 de abril del año 2014 (06/04/2014)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano MORDAZA 6 de MORDAZA de 2014

520413
por Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM, que establece que el Gobierno Regional presenta al INDECI la solicitud de prorroga del Estado de Emergencia, con el sustento correspondiente; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros, y con cargo a dar cuenta al Congreso de la Republica; DECRETA: Articulo 1.- Prorroga del Estado de Emergencia Prorrogar por el termino de sesenta (60) dias calendario, a partir del 08 de MORDAZA de 2014, el Estado de Emergencia en las localidades de Antaparco, Tintayocc, MORDAZA MORDAZA de Lambras y Magnopampa del distrito de San MORDAZA de Antaparco de la provincia de Angaraes, del departamento de Huancavelica, declarado mediante Decreto Supremo Nº 014-2014-PCM. Articulo 2.- Acciones a ejecutar El Gobierno Regional de Huancavelica, los Gobiernos Locales involucrados, en coordinacion con el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, y la participacion del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Ministerio de Agricultura y Riego, el Ministerio de Salud y el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, y demas instituciones publicas y privadas involucradas dentro de sus competencias, continuaran ejecutando las acciones inmediatas y necesarias de respuesta y rehabilitacion en cuanto corresponda; asi como de reduccion y minimizacion del alto riesgo existente en las zonas que pudieran verse afectadas; acciones que pueden ser modificadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecucion, sustentadas en los estudios tecnicos de las entidades competentes. Articulo 3.- Responsabilidad de las coordinaciones El Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI, sera responsable de realizar las coordinaciones necesarias entre el Gobierno Regional de Huancavelica, la Municipalidad Provincial de Angaraes y la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Antaparco y los Sectores, Instituciones y Organismos del Gobierno Nacional, a fin que continuen con la ejecucion de las acciones de respuesta y rehabilitacion, segun corresponda; con la finalidad que estas se cumplan dentro del plazo de vigencia de la prorroga del Estado de Emergencia, debiendo mantener informada a la Secretaria de Gestion del Riesgo de Desastres de la Presidencia del Consejo de Ministros del avance de las mismas. Articulo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, por el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento, por el Ministro de Transportes y Comunicaciones, por el Ministro de Agricultura y Riego, por la Ministra de Salud, y por la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los cinco dias del mes de MORDAZA del ano dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura y Riego MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables MORDAZA DE HABICH MORDAZA Ministra de Salud MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones MORDAZA VON HESSE LA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento

PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Decreto Supremo que prorroga el Estado de Emergencia en las localidades de Antaparco, Tintayocc, MORDAZA MORDAZA de Lambras y Magnopampa, del distrito de San MORDAZA de Antaparco, de la provincia de Angaraes, departamento de Huancavelica
DECRETO SUPREMO N° 027-2014-PCM
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 014-2014-PCM, publicado el dia 06 de febrero de 2014, se declaro por el plazo de sesenta (60) dias calendario el Estado de Emergencia en las localidades de Antaparco, Tintayocc, MORDAZA MORDAZA de Lambras y Magnopampa, del distrito de San MORDAZA de Antaparco, de la provincia de Angaraes, del departamento de Huancavelica, por impacto de danos a causa de desborde del rio Cachi, para la ejecucion de medidas de excepcion inmediatas y necesarias de respuesta y rehabilitacion en las zonas afectadas; Que, el Presidente del Gobierno Regional de Huancavelica, con el Oficio N° 151-2014/GOB.REG.HVCA/ PR de fecha 31 de marzo de 2014, solicita al Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI la prorroga del Estado de Emergencia, toda vez que se encuentra pendiente la concretizacion de trabajos por diferentes entidades publicas, en las zonas afectadas; Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI, con el Oficio N° 860-2014-INDECI/5.0 de fecha 04 de MORDAZA de 2014, remite el Informe Tecnico N° 018-2014-INDECI/11.0, con el que la Direccion de Respuesta, manifiesta que de la informacion proporcionada por el Gobierno Regional de Huancavelica, se evidencia que persiste la necesidad de concluir con el protocolo de entrega de modulos de viviendas temporales a las familias damnificadas; asimismo, se requiere que el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento realice la capacitacion respectiva al personal tecnico para el armado e instalacion de los modulos; entre otras actividades de respuesta y rehabilitacion en las zonas afectadas; por lo que emite opinion favorable para prorrogar el Estado de Emergencia; Que, la situacion descrita demanda prorrogar el Estado de Emergencia a fin que el Gobierno Regional de Huancavelica, la Municipalidad Provincial de Angaraes y la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Antaparco, segun corresponda, con la coordinacion del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Ministerio de Agricultura y Riego, el Ministerio de Salud y el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; y demas instituciones publicas y privadas involucradas, continuen ejecutando las acciones inmediatas y necesarias de respuesta y rehabilitacion en cuanto corresponda en las zonas afectadas; acciones que pueden ser modificadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecucion, sustentados en los estudios tecnicos de las entidades competentes; Que, estando por vencer el plazo de vigencia del Estado de Emergencia declarado por el Decreto Supremo Nº 014-2014-PCM, y subsistiendo la necesidad de ejecutar las acciones inmediatas destinadas a la atencion de la emergencia y rehabilitacion de las zonas afectadas, es necesario prorrogar su vigencia; por lo que se cuenta con la opinion favorable de la Secretaria de Gestion del Riesgo de Desastres de la Presidencia del Consejo de Ministros emitido con el Memorandum N° 108-2014-PCM-SGRD, considerando que corresponde prorrogar el Estado de Emergencia; Que, de conformidad con el inciso 1 del articulo 137 de la Constitucion Politica del Peru, la prorroga del Estado de Emergencia requiere de MORDAZA decreto; asi como con el articulo 69 del Reglamento de la Ley Nº 29664, Ley del Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobado

1071027-1

Autorizan viaje del Ministro de Defensa a Canada y encargan su Despacho al Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento
RESOLUCION SUPREMA N° 126-2014-PCM
MORDAZA, 5 de MORDAZA de 2014

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.