Norma Legal Oficial del día 06 de abril del año 2014 (06/04/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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Nº 031-2008-AG, y la Resolucion de Contraloria Nº 0632007-CG, que aprueba el Reglamento de las Sociedades de Auditoria conformantes del Sistema Nacional de Control y sus modificatorias. SE RESUELVE: Articulo 1.- Designar la Comision Especial de Cautela, la cual estara conformada por: 1. El Director General de la Direccion General de Competitividad Agraria o su representante, quien la presidira. 2. La Directora General de la Oficina de Asesoria Juridica o su representante. 3. La Directora de la Unidad de Gestion Documentaria o su representante. 4. El Jefe del Organo de Control Institucional o su representante. Articulo 2.- Autorizar al Director General de la Oficina de Administracion del Ministerio de Agricultura y Riego a suscribir el Contrato de Auditoria Externa con la Sociedad de Auditoria MORDAZA, MORDAZA, Villena y Asociados Sociedad Civil. Articulo 3.- La Comision Especial de Cautela designada debera cumplir las funciones establecidas en la Resolucion de Contraloria N° 238-2013-CG, en lo que sea de su competencia, y en el articulo 9° del Reglamento de las Sociedades de Auditoria conformantes del Sistema Nacional de Control, aprobado por Resolucion de Contraloria Nº 0632007-CG y sus modificatorias. Articulo 4.- Los organos y unidades organicas del Ministerio de Agricultura y Riego, deberan brindar las facilidades del caso, en cuanto a la documentacion solicitada por la Sociedad de Auditoria. Articulo 5.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Ministerial a los miembros integrantes de la Comision Especial de Cautela que se designa, a la Contraloria General de la Republica, a la Sociedad de Auditoria MORDAZA, MORDAZA, Villena y Asociados Sociedad Civil y al Organo de Control Institucional del Ministerio de Agricultura y Riego, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura y Riego

El Peruano MORDAZA 6 de MORDAZA de 2014

1070752-1

Aprueban Terminos de Referencia que comprenden el Formato de MORDAZA y los Lineamientos para la Elaboracion de Planes de Manejo Forestal para el Aprovechamiento de Palmeras de Bosques Naturales, y otras disposiciones
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0162-2014-MINAGRI
MORDAZA, 3 de MORDAZA de 2014 VISTOS: El Memorandum N° 071-2014-MINAGRI-DGFFS (DPFFS), de la Direccion General Forestal y de Fauna Silvestre; el Informe N° 278-2013-MINAGRI-DGFFS-DPFFS y el Informe Legal Nº 001-2014-MINAGRI-DGFFS-DPFFS de la Direccion de Promocion Forestal y de Fauna Silvestre; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el articulo 66º de la Constitucion Politica del Peru, los recursos naturales renovables y no renovables son patrimonio de la Nacion y el Estado es soberano en su aprovechamiento, fijandose por Ley Organica las condiciones para su utilizacion y otorgamiento a particulares; Que, el articulo 6° de la Ley Nº 26821, Ley Organica para el Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales, establece que el Estado es soberano en el aprovechamiento de los recursos naturales. Su soberania

se traduce en la competencia que tiene para legislar y ejercer funciones ejecutivas y jurisdiccionales sobre ellos; Que, el numeral 3.3 del articulo 3° de la Ley N° 27308, Ley Forestal y de Fauna MORDAZA, senala que el Ministerio de Agricultura y Riego, es el organo normativo y promotor del uso sostenible y conservacion de los recursos forestales y de fauna MORDAZA, responsabilidad que es asumida por la Direccion General Forestal y de Fauna MORDAZA, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008-AG; Que, el articulo 2° de la Ley Nº 29376, Ley que suspende la aplicacion de los Decretos Legislativos N° 1090 y N° 1064, da fuerza de Ley y restituye el texto de la Ley N° 27308, Ley Forestal y de Fauna MORDAZA, sus modificatorias y demas normas complementarias, asi como restituye su Reglamento, precisando en el articulo 4°, que las funciones que fueron otorgadas por la Ley N° 27308 al Instituto Nacional de Recursos Naturales (INRENA), son ejercidas por el Ministerio de Agricultura y Riego o los Gobiernos Regionales dentro del MORDAZA de sus competencias; Que, el literal a) del articulo 58° del Reglamento de Organizacion y Funciones - ROF del Ministerio de Agricultura y Riego, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008-AG, senala, entre las funciones especificas de la Direccion General Forestal y de Fauna MORDAZA, proponer las politicas, normas, planes, programas, estrategias y proyectos, para la administracion, control, gestion y promocion de la conservacion y aprovechamiento sostenible de los recursos forestales, de fauna MORDAZA y los recursos geneticos asociados en el ambito de su competencia; Que, de conformidad con lo establecido en los articulos 10°, 11°, 12° y 28° de la Ley N° 27308, Ley Forestal y de Fauna MORDAZA, el aprovechamiento y manejo de los recursos forestales en bosques naturales primarios se realiza a traves de concesiones forestales, permisos y autorizaciones; senalando en el numeral 15.2 del articulo 15° que cualquier modalidad de aprovechamiento de los recursos forestales con fines comerciales o industriales, requiere de un Plan de Manejo Forestal, sin perjuicio de lo establecido en las disposiciones legales vigentes; Que, el articulo 56° del Reglamento de la Ley Forestal y de Fauna MORDAZA, aprobado por Decreto Supremo N° 014-2001-AG, senala que el INRENA aprueba, entre otros, los terminos de referencia para la elaboracion de los planes de manejo forestal y otros lineamientos tecnicos necesarios para el aprovechamiento sostenible de los recursos forestales, funcion que actualmente ejerce el Ministerio de Agricultura y Riego; Que, mediante el Informe Nº 033-2013-AG-DGFFSDPFFS de fecha 13 de febrero de 2013, la Direccion de Promocion Forestal y de Fauna MORDAZA senala que, contando con el apoyo y la participacion activa del Programa Regional de Manejo de Recursos Forestales y de Fauna MORDAZA del Gobierno Regional de MORDAZA, se llevo a cabo el Taller Descentralizado para la Formulacion de la Propuesta de Terminos de Referencia de Planes de Manejo Forestal para el Aprovechamiento de Palmeras", en la MORDAZA de Iquitos, entre el 26 y el 29 de noviembre de 2012; habiendo efectuado las coordinaciones y gestiones, a efectos de recoger los insumos necesarios para formular una propuesta de dichos terminos de referencia, asi como de la elaboracion de un manual de medidas de manejo y aprovechamiento; Que, el referido Informe, indica que el taller descentralizado, asi como las experiencias recogidas por las instituciones y actores involucrados en el tema, han servido como base para la formulacion de la propuesta de Terminos de Referencia para la elaboracion de los Planes de Manejo Forestal para el Aprovechamiento Sostenible de Palmeras y el Manual de Especificaciones para el Manejo de Especies, lo cual permitira viabilizar el ejercicio del derecho de los usuarios a acceder a alguna modalidad de aprovechamiento, toda vez que constituye una herramienta de gestion para reducir actividades informales que impactan en forma negativa sobre la conservacion y uso sostenible de los recursos forestales, a fin de asegurar los bienes y servicios para las poblaciones actuales y las futuras generaciones; por lo cual la Direccion de Promocion Forestal y de Fauna MORDAZA recomendo su aprobacion mediante Resolucion Ministerial del Ministerio de Agricultura y Riego, como organo competente del Poder Ejecutivo, y su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, por ser de alcance Nacional; Que, considerando los aspectos MORDAZA mencionados, la Direccion de Promocion Forestal y de Fauna MORDAZA, a traves el Informe Nº 278-2013-MINAGRI-DGFFS-DPFFS indica que, durante el MORDAZA y las etapas de elaboracion de los terminos de referencia han participado instituciones y representaciones

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