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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE ABRIL DEL AÑO 2014 (06/04/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 16

El Peruano Domingo 6 de abril de 2014 520426 su estructura orgánica con una Comisión Consultiva como Órgano Consultivo; Que, en concordancia con lo antes señalado, el artículo 23 del cuerpo normativo antes acotado señala que la Comisión Consultiva del Ministerio de Energía y Minas es el órgano encargado de emitir opinión en aquellos asuntos de interés para el cumplimiento de los objetivos sectoriales que el Ministro someta a su consideración, integrada por profesionales, especialistas o representantes de la sociedad civil, de reconocida capacidad o experiencia; Que, dentro de las funciones de la Comisión Consultiva se encuentra asesorar, emitir opinión, proponer lineamientos de política orientados a la consecución de los fi nes y objetivos del sector minero energético y en los asuntos que el Ministro de Energía y Minas someta a su consideración: Que, el cargo de miembro de la Comisión Consultiva es de confi anza y ad honórem, lo cual no impide el desempeño laboral dentro de la función pública o actividad privada; Que, es necesario constituir la Comisión Consultiva, la cual estará integrada por profesionales de reconocida capacidad y experiencia; De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley N° 25962, Ley Orgánica del Sector Energía y Minas y el Decreto Supremo N° 031-2007 -EM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; SE RESUELVE: Artículo 1.- Constitución y designación de miembros Constitúyase la Comisión Consultiva del Ministerio de Energia y Minas, cuyo objeto es emitir opinión y facilitar el diálogo con los grupos de interés del sector, sobre los productos resultantes del Proceso de Planifi cación Energética, la cual estará presidida por el Vice Ministro de Energía de este Ministerio e integrada por los señores: - Luis Del Castillo Rodríguez - Carlos Herrera Descalzi. - Daniel Hokama Tokashiki. - Carlos Loret De Mola. - Juan Antonio Masías Echegaray. - Miguel Palomino Bonilla. - Martin Vizcarra Cornejo. - Molvina Zevallos Manzuri. La Secretaria Técnica de la Comisión será asumida por la Dirección General de Efi ciencia Energética de este Ministerio. Artículo 2.- Gastos Las actuaciones de la Comisión serán desarrolladas con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Energía y Minas, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Artículo 3.- Apoyo de los Órganos y Organismos del Sector Los Órganos y Organismos del Sector prestarán apoyo y asistencia técnica a la Comisión Consultiva para el adecuado desarrollo de sus funciones. Artículo 4.- Entrada en vigencia La Comisión Consultiva del Ministerio de Energía y Minas desarrollará sus funciones a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. ELEODORO MAYORGA ALBA Ministro de Energía y Minas 1070902-1 RELACIONES EXTERIORES Autorizan viaje de funcionarios diplomáticos a Canadá, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0215/RE Lima, 4 de abril de 2014 CONSIDERANDO: Que, el Presidente de la República, señor Ollanta Moisés Humala Tasso, realizará una Visita de Estado a Canadá, la misma que incluirá las ciudades de Ottawa y Toronto, del 8 al 11 de abril de 2014; Que, la citada visita constituye una oportunidad para fortalecer la relación bilateral entre el Perú y Canadá, particularmente para reforzar los lazos económicos, comerciales y de inversión; para identifi car nuevas áreas de cooperación y profundizar las existentes con énfasis en las áreas de educación, seguridad, defensa, ciencia y tecnología; así como para suscribir importantes acuerdos; Que, es necesario que el Embajador en el Servicio Diplomático de la República Claudio Julio De la Puente Ribeyro, Director General de América y la Ministra Consejera en el Servicio Diplomático de la República Gloria del Carmen Olivares Portocarrero, Directora de América del Norte, de la Dirección General de América, participen en la Visita de Estado a ese país, del 8 al 11 de abril de 2014; Teniendo en cuenta la Hoja de Trámite (GAC) Nº 1770, del Despacho Viceministerial, de 1 de abril de 2014; y los Memoranda (DGA) Nº DGA0290/2014, de la Dirección General de América, de 28 de marzo de 2014; y (OPR) Nº OPR0127/2014, de la Ofi cina de Programación y Presupuesto, de 2 de abril de 2014, que otorga certifi cación de crédito presupuestario al presente viaje; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modifi cada por la Ley Nº 28807 y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y sus modifi catorias; la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, su Reglamento y modifi catorias; la Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Reglamento; y el numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de los siguientes funcionarios diplomáticos, a las ciudades de Ottawa y Toronto, Canadá, del 8 al 11 de abril de 2014, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución; así como autorizar su salida del país el 7 de abril de 2014 y su retorno el 12 de abril de 2014: • Embajador en el Servicio Diplomático de la República Claudio Julio De la Puente Ribeyro, Director General de América; y, • Ministra Consejera en el Servicio Diplomático de la República Gloria del Carmen Olivares Portocarrero, Directora de América del Norte, de la Dirección General de América. Artículo 2°.- La presente comitiva viajará en el avión presidencial, por lo que los gastos por concepto de viáticos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0083906: Conducción y Asesoramiento de Líneas de Política Exterior e Institucional, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y Apellidos Viáticos por día US$ Nº de días Total Viáticos US$ Claudio Julio De la Puente Ribeyro 440.00 4 1,760.00 Gloria del Carmen Olivares Portocarrero 440.00 4 1,760.00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país, los citados funcionarios diplomáticos presentarán a la Ministra de Relaciones Exteriores, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDA RIVAS FRANCHINI Ministra de Relaciones Exteriores 1071026-1