Norma Legal Oficial del día 12 de abril del año 2014 (12/04/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 170-2014-MTC/03 MORDAZA, 24 de marzo del 2014 VISTO, el escrito de registro Nº 2010-019402 del 18 de MORDAZA de 2010, mediante el cual la empresa NOR PERUANA DE TELECOMUNICACIONES S.A., solicita la renovacion de la autorizacion otorgada para prestar el servicio de radiodifusion comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de MORDAZA, departamento de Piura; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Viceministerial N° 1072008-MTC/03 del 07 de febrero de 2008, se autorizo a la empresa NOR PERUANA DE TELECOMUNICACIONES S.A., por el plazo de diez (10) anos, que comprende el periodo de instalacion y prueba otorgado con Resolucion Ministerial No. 713-90-TC/15.17, para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de MORDAZA, departamento de MORDAZA, estableciendose el plazo de vigencia hasta el 22 de MORDAZA de 2010; Que, con el escrito de Visto, la empresa NOR PERUANA DE TELECOMUNICACIONES S.A., solicito la renovacion de la autorizacion otorgada mediante Resolucion Viceministerial N° 107-2008-MTC/03; Que, el articulo 15° de la Ley de Radio y Television ­ Ley N° 28278, concordado con los articulos 21° y 67° de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 0052005-MTC, establece que el plazo MORDAZA de vigencia de una autorizacion es de diez (10) anos, renovable por periodos iguales, previo cumplimiento de los requisitos legalmente establecidos; Que, los articulos 69º y 71° del Reglamento de la Ley de Radio y Television disponen que para obtener la renovacion de la autorizacion para continuar prestando el servicio de radiodifusion, es necesario cumplir con las condiciones y requisitos que en ellas se detallan; Que, el articulo 19° de la Ley de Radio y Television, concordante con el numeral 3) del articulo 71° de su Reglamento, establece que el plazo MORDAZA para resolver las solicitudes de autorizacion o renovacion es de ciento veinte (120) dias; procedimiento que se encuentra sujeto a silencio administrativo positivo, conforme a lo establecido en el MORDAZA del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Ley del Silencio Administrativo, Ley Nº 29060, modificada con Decreto Legislativo Nº 1029, senala que los procedimientos administrativos, sujetos al silencio administrativo positivo (SAP), se consideran automaticamente aprobados, si vencido el plazo establecido o MORDAZA, no se hubiere emitido pronunciamiento expreso; Que, de acuerdo a las normas citadas, la solicitud de renovacion de autorizacion presentada con Escrito de Registro N° 2010-019402, quedo aprobada al 18 de setiembre de 2010, en aplicacion del silencio administrativo positivo, al haber transcurrido el plazo del procedimiento sin que la administracion emita el pronunciamiento expreso correspondiente; Que, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, mediante Informe N° 0362-2014MTC/08, opina que debe declararse aprobada, en virtud del silencio administrativo positivo, la renovacion de la autorizacion otorgada a la empresa NOR PERUANA DE TELECOMUNICACIONES S.A. mediante Resolucion Viceministerial N° 107-2008-MTC/03; De conformidad con la Ley del Silencio Administrativo Positivo - Ley N° 29060; Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278; el Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y sus modificatorias; la Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley N° 27444; las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 358-2003-MTC/03; y el Decreto Supremo Nº 038-2003MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 038-2006MTC, que establece los Limites Maximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE:

El Peruano Sabado 12 de MORDAZA de 2014

Articulo 1º.- Declarar aprobada al 18 de setiembre de 2010, en virtud del silencio administrativo positivo, la renovacion de la autorizacion otorgada mediante Resolucion Viceministerial N° 107-2008-MTC/03, a la empresa NOR PERUANA DE TELECOMUNICACIONES S.A., para continuar prestando el servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de MORDAZA, departamento de Piura. Articulo 2°.- La renovacion de la autorizacion a que se refiere el articulo precedente, se otorga por el plazo de diez (10) anos, contados a partir del vencimiento del plazo de vigencia senalado en la Resolucion Viceministerial N° 107-2008-MTC/03, en consecuencia, vencera el 22 de MORDAZA de 2020. Articulo 3°.- Dentro de los sesenta (60) dias de notificada la presente Resolucion, la titular de la autorizacion efectuara el pago correspondiente al derecho de autorizacion y debe haber efectuado el pago del canon anual. En caso de incumplimiento, se procedera de acuerdo a lo establecido en el articulo 71º del Reglamento de la Ley de Radio y Television. Articulo 4º.- La titular de la autorizacion esta obligada al cumplimiento de las obligaciones derivadas del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado con Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, para lo cual debera adoptar las acciones tendientes a garantizar que las radiaciones que emita su estacion radioelectrica no excedan los valores establecidos como limites maximos permisibles fijados. Articulo 5º.- La titular de la autorizacion debera cumplir con las disposiciones previstas en los literales a) y b) del articulo 38° del MORDAZA Normativo General del Sistema de Comunicaciones de Emergencia, aprobado por Decreto Supremo N° 051-2010-MTC. Articulo 6°.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones para las acciones que correspondan, de acuerdo a su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PEREZ-REYES MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 1072712-1

Otorgan autorizaciones a personas juridicas y natural para prestar servicios de radiodifusion sonora en localidades de los departamentos de MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 159-2014-MTC/03 MORDAZA, 24 de marzo del 2014 VISTO, el Escrito de Registro Nº 073052, presentado por la UNIVERSIDAD NACIONAL DEL ALTIPLANO sobre otorgamiento de autorizacion por Concurso Publico para la prestacion del servicio de radiodifusion sonora educativa en Onda Media (OM), en la localidad de Puno-JuliacaHuancane-Lampa-Moho-Azangaro-Putina-Ilave-Ayaviri, departamento de Puno; CONSIDERANDO: Que, el articulo 16° de la Ley de Radio y Television, establece que las autorizaciones del servicio de radiodifusion se otorgan a solicitud de parte o por concurso publico. El concurso publico es obligatorio cuando la cantidad de frecuencias o MORDAZA disponibles en una banda es menor al numero de solicitudes presentadas; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 4297-2010MTC/28, se aprobo las Bases del Concurso Publico Nº 02-2010-MTC/28, para el otorgamiento de autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion sonora, en las modalidades educativa y comercial, en diversas localidades y bandas de frecuencias, entre las cuales se encuentra el servicio de radiodifusion sonora en

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