Norma Legal Oficial del día 12 de abril del año 2014 (12/04/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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sus modificatorias, las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion aprobadas por Resolucion Ministerial Nº 358-2003-MTC/03, el Decreto Supremo Nº 038-2003MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 038-2006MTC, que establece los Limites Maximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Renovar la autorizacion otorgada por Resolucion Viceministerial Nº 049-2009-MTC/03 a favor de la COMPANIA DE RADIO Y TELEVISION LIDER S.A.C., por el plazo de diez (10) anos, el mismo que vencera el 13 de febrero de 2023, para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Onda Media (OM), en la localidad MORDAZA ­ Celendin ­ Contumaza ­ San MORDAZA, departamento de Cajamarca. Articulo 2º.- Dentro de los sesenta (60) dias de notificada la presente Resolucion, la titular de la autorizacion efectuara el pago correspondiente al derecho de renovacion de autorizacion y debera haber efectuado el pago del canon anual. En caso de incumplimiento, el Ministerio procedera de acuerdo a lo establecido en el articulo 71º del Reglamento de la Ley de Radio y Television. Articulo 3º.- La titular de la presente autorizacion esta obligada al cumplimiento de las obligaciones derivadas del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado mediante Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, para lo cual debera adoptar las acciones tendientes a garantizar que las radiaciones que emita su estacion radioelectrica no excedan los valores establecidos como limites maximos permisibles fijados, asi como de efectuar las mediciones anuales a las que hace referencia dicha norma. Articulo 4º.- La titular de la autorizacion debera cumplir con las disposiciones previstas en los literales a) y b) del articulo 38º del MORDAZA Normativo General del Sistema de Comunicaciones de Emergencia, aprobado por Decreto Supremo Nº 051-2010-MTC. Articulo 5º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones para las acciones que correspondan, de acuerdo a su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PEREZ-REYES MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 1072706-1

El Peruano Sabado 12 de MORDAZA de 2014

Reconocen a la Empresa Radio Difusora Pachatusan E.I.R.L. como titular de la autorizacion otorgada mediante R.VM. Nº 870-2010-MTC/03, para prestar servicio de radiodifusion sonora en localidad del departamento de MORDAZA
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 166-2014-MTC/03 MORDAZA, 24 de marzo del 2014 VISTO, el Escrito de Registro Nº 2013-078192, presentado por el senor LUCHO MORDAZA MORDAZA, sobre aprobacion de transferencia de la autorizacion otorgada para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Onda Media (OM) en la localidad de Sicuani ­ Espinar ­ Urcos ­ Marcapata ­ Camanti, departamento de MORDAZA, a favor de la EMPRESA RADIO DIFUSORA PACHATUSAN E.I.R.L.; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Viceministerial Nº 8702010-MTC/03 del 05 de noviembre de 2010, notificada el 11 de noviembre de 2010, se otorgo autorizacion por el plazo de diez (10) anos al senor LUCHO MORDAZA

MORDAZA, para prestar servicio de radiodifusion sonora comercial en Onda Media (OM), en la localidad de Sicuani ­ Espinar ­ Urcos ­ Marcapata ­ Camanti, departamento de MORDAZA, la cual incluia un periodo de instalacion y prueba de doce (12) meses improrrogable; con vigencia hasta el 11 de noviembre de 2020; Que, con Escrito de Registro Nº 2013-078192 del 17 de diciembre de 2013, el senor LUCHO MORDAZA MORDAZA solicita transferencia de su autorizacion otorgada por Resolucion Viceministerial Nº 870-2010-MTC/03 a favor de la EMPRESA RADIO DIFUSORA PACHATUSAN E.I.R.L.; Que, el articulo 27º de la Ley de Radio y Television, Ley Nº 28278, establece que los derechos otorgados para la prestacion de un servicio de radiodifusion son transferibles, previa aprobacion del Ministerio, siempre que hayan transcurrido al menos dos (2) anos contados a partir de la entrada en vigencia de la autorizacion y no se configure alguna de las causales establecidas en el articulo 23º de la Ley. Asimismo, establece que las solicitudes de transferencia deben ser atendidas en un plazo MORDAZA de noventa (90) dias para emitir su pronunciamiento, transcurrido el cual, sin que se MORDAZA expedido resolucion pronunciandose sobre la solicitud, el peticionario podra considerarla aprobada; Que, a su vez, el articulo 73º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, dispone que la autorizacion, conjuntamente con los permisos, licencias y autorizacion de enlaces auxiliares a la radiodifusion, podran ser transferidos, previa aprobacion del Ministerio, mediante Resolucion Viceministerial conteniendo ademas el reconocimiento del MORDAZA titular; Que, conforme a lo establecido en el articulo 77º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, con el reconocimiento del MORDAZA titular de la autorizacion, este asume de pleno derecho, todas las obligaciones y derechos derivados de la autorizacion; Que, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 0437-2014MTC/28, opina que, habiendose verificado el cumplimiento de los requisitos establecidos en la normativa, debe aprobarse la transferencia de la autorizacion otorgada al senor LUCHO MORDAZA MORDAZA, mediante Resolucion Viceministerial Nº 870-2010-MTC/03, a favor de la EMPRESA RADIO DIFUSORA PACHATUSAN E.I.R.L., y reconocer a esta como MORDAZA titular de la citada autorizacion; De conformidad con la Ley de Radio y Television - Ley Nº 28278, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y sus modificatorias; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la transferencia de la autorizacion otorgada al senor LUCHO MORDAZA MORDAZA mediante Resolucion Viceministerial Nº 870-2010-MTC/03, a favor de la EMPRESA RADIO DIFUSORA PACHATUSAN E.I.R.L.; conjuntamente con los permisos, licencias y autorizacion de enlaces auxiliares a la radiodifusion relacionado a dicha autorizacion. Articulo 2º.- Reconocer a la EMPRESA RADIO DIFUSORA PACHATUSAN E.I.R.L., como titular de la autorizacion otorgada mediante Resolucion Viceministerial Nº 870-2010-MTC/03, conjuntamente con los permisos, licencias y autorizacion de enlaces auxiliares a la radiodifusion, asumiendo esta todos los derechos y obligaciones derivados de la misma. Articulo 3º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones, para los fines de su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PEREZ-REYES MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 1072707-1

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