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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE ABRIL DEL AÑO 2014 (17/04/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 28

El Peruano Jueves 17 de abril de 2014 521174 MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES Designan Asesora de la Secretaría General del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 095-2014-MIMP Lima, 16 de abril de 2014 CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de Asesor de la Secretaría General del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - MIMP; Que, en consecuencia es necesario designar a la persona que ocupará el mencionado cargo; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594 – Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo Nº 1098 – Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; y, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2012-MIMP; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la señora ELIZABETH CARMELA MEDRANO GALLARDO en el cargo de Asesora de la Secretaría General del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - MIMP. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARMEN OMONTE DURAND Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1074839-1 PRODUCE Prorrogan plazo de vigencia de la calificación de aptas de las empresas proveedoras del Sistema de Seguimiento Satelital a que se refiere la R.M. Nº 031-2007-PRODUCE RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 106-2014-PRODUCE Lima, 11 de abril de 2014 VISTOS: El Informe N° 160-2014-PRODUCE/ DGSF-DTS y el Memorando N° 525-2014-PRODUCE/ DGSF-DTS de la Dirección de Tecnología para la Supervisión de la Dirección General de Supervisión y Fiscalización, el Memorando N° 1374 y N° 1438-2014-PRODUCE/DGSF de la Dirección General de Supervisión y Fiscalización, el Memorando N° 1325 y N° 1405-2014-PRODUCE/DVP del Despacho Viceministerial de Pesquería y el Informe N° 0039-2014-PRODUCE/OGAJ-cquispeg de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca en su artículo 2, dispone que los recursos hidrobiológicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Perú son patrimonio de la Nación; y, considerando que la actividad pesquera es de interés nacional, corresponde al Estado regular el manejo integral y la explotación racional de dichos recursos;Que, por Decreto Supremo Nº 026-2003-PRODUCE se aprobó el Reglamento del Sistema de Seguimiento Satelital - SISESAT, con los siguientes objetivos (i) adoptar medidas de ordenamiento pesquero y aprovechamiento responsable de los recursos hidrobiológicos, (ii) complementar las acciones de seguimiento, control y vigilancia de las actividades extractivas, y, (iii) obtener los medios probatorios necesarios para iniciar, de ser el caso, los respectivos procedimientos sancionadores, entre otros; Que, el Reglamento del Sistema de Seguimiento Satelital - SISESAT, en su artículo 4, establece que las empresas proveedoras del servicio serán aquellas declaradas aptas por el Ministerio de la Producción, después de someterse a un procedimiento de cali fi cación que incluirá la precali fi cación de los sistemas (equipos a bordo – medio – satélite – estación tierra) y el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 6 de dicho reglamento. Asimismo, se establece que este procedimiento se llevará a cabo cada tres (03) años, salvo que por consideraciones técnicas debidamente sustentadas se prorrogue el plazo de vigencia mediante Resolución Ministerial; Que, por su parte, el numeral 7.6 del artículo 7 del referido Reglamento, dispone que la relación de empresas que se encuentren aptas para prestar el servicio del Sistema de Seguimiento Satelital - SISESAT, será aprobada mediante Resolución Ministerial que debe ser publicada; Que, en este contexto, mediante Resolución Ministerial Nº 031-2007-PRODUCE se aprobó la relación de empresas cali fi cadas como aptas para prestar el servicio del Sistema de Seguimiento Satelital - SISESAT a partir del 1 de febrero de 2007 hasta el 31 de enero de 2010; Que, a través de las Resoluciones Ministeriales Nº 022-2010-PRODUCE, N° 362-2010-PRODUCE, N° 241-2011-PRODUCE, N° 023-2012-PRODUCE, N° 199-2012-PRODUCE, N° 460-2012-PRODUCE, N° 144-2013-PRODUCE y N° 326-2013-PRODUCE se prorrogó hasta el 30 de abril de 2014, el plazo de vigencia de la califi cación como aptas de las empresas proveedoras del Sistema de Seguimiento Satelital; Que, mediante el Informe Nº 160-2014-PRODUCE/ DGSF-DTS y el Memorando Nº 1438-2014-PRODUCE/DGSF, la Dirección General de Supervisión y Fiscalización sustenta la necesidad de prorrogar el plazo de vigencia de la cali fi cación otorgada a las empresas proveedoras del Sistema de Seguimiento Satelital hasta el 31 de octubre de 2014, debido a que resulta necesario garantizar la continuidad de la supervisión de las embarcaciones pesqueras a través del Sistema de Seguimiento Satelital - SISESAT; asimismo, re fi ere que las citadas empresas proveedoras del SISESAT cumplen con las condiciones legales para cali fi carlas como aptas en el marco del Reglamento del Sistema de Seguimiento Satelital aprobado por Decreto Supremo Nº 026-2003-PRODUCE; Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 4 del Reglamento del Sistema de Seguimiento Satelital – SISESAT y a lo indicado en los documentos de Vistos de la Dirección General de Supervisión y Fiscalización, resulta necesario aprobar una prórroga del plazo de vigencia de la cali fi cación otorgada a las empresas proveedoras del Sistema de Seguimiento Satelital comprendidas en la Resolución Ministerial N° 031-2007-PRODUCE, con la fi nalidad de garantizar la continuidad en las acciones de supervisión de las actividades extractivas a través del citado Sistema y velar por el aprovechamiento sostenible de los recursos hidrobiológicos; Con el visado del Despacho Viceministerial de Pesquería, de la Dirección General de Supervisión y Fiscalización, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, el Reglamento del Sistema de Seguimiento Satelital, aprobado por Decreto Supremo Nº 026-2003-PRODUCE, el Decreto Legislativo Nº 1047 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y su Reglamento aprobado por Resolución Ministerial Nº 343-2012-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1 - Prorrogar el plazo de vigencia de la califi cación de aptas de las empresas proveedoras del