Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE ABRIL DEL AÑO 2014 (19/04/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 6

El Peruano Sábado 19 de abril de 2014 521240 administrativos, durante el desarrollo de la etapa de saneamiento. Finalmente, el presente eje busca promover el desarrollo de programas de desarrollo alternativo y el apoyo del gobierno a través del desarrollo y priorización de programas y proyectos. Normatividad relacionada con el fortalecimiento del proceso de formalización Norma Denominación Fecha de publicación Decreto Supremo Nº 032-2013-EMFortalecen proceso de formalización de la pequeña minería y minería artesanal al amparo de lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 110524 de agosto de 2013 Decreto Supremo N° 025-2013-EMCreación de la Dirección General de Formalización Minera del Ministerio de Energía y Minas26 de julio de 2013 Decreto Supremo N° 004-2012-MINAMAprueba lasDisposicionesComplementarias que regulan el Instrumento de Gestión Ambiental Correctivo - IGAC para la Formalización de Actividades de Pequeña Minería y Minería Artesanal en curso.06 de setiembre del 2012 Resolución Jefatural Nº 481-2013-ANARegulan el procedimiento de emisión de la opinión técnica favorable de la Autoridad Nacional del Agua para la aprobación de los IGAC07 de noviembre de 2013 Resolución Jefatural Nº 509-2013-ANAAprueban “Criterios Técnicos para la Evaluación del Contenido Hídrico de los IGAC, en el marco del proceso de formalización de las actividades de pequeña minería y minería artesanal”29 de noviembre de 2013 1.2. SUPERPOSICIÓN DE CONCESIONES OTORGADAS POR EL ESTADO. Se ha logrado identificar como parte de la información obtenida del proceso de formalización que la situación de superposición de concesiones se presenta mayormente en la Amazonía peruana, donde existe cobertura forestal sobre el terreno superficial, el cual puede ser clasificado por la capacidad de uso mayor de sus suelos: (i) tierras aptas para cultivos en limpio; (ii) tierras aptas para cultivos permanentes; (iii) tierras aptas para producción forestal; y, (iv) tierras de protección. Dicha superposición se presenta , en menor medida, en tierras eriazas. En dicho escenario, resulta común que exista una superposición entre concesiones mineras y concesiones comprendidas dentro de la Ley Forestal y de Fauna Silvestre otorgados y representa di ¿ cultades de compatibilidad en el ejercicio de los derechos otorgados por el Estado. Acciones que requieren consolidarse En primer término,se propone identi ¿ car las regiones con mayor índice de problemática sobre derechos de concesión superpuestos. Luego de ello, resulta conveniente elaborar la matriz de competencias que precise las funciones que corresponden a las instancias competentes del nivel central y nivel regional de gobierno. Con la ¿ nalidad de determinar la solución de con À ictos por Superposición de Derechos, se establecerá una mesa de trabajo (MT) a ¿ n de determinar los diferentes escenarios (mapeo) de superposición existentes en el área con el objeto de identi ¿ car los actores involucrados en los distintos escenarios, lo que permitirá identi ¿ car las posibles soluciones técnicas y propuestas legislativas y normativas de acuerdo a cada realidad, a efecto de implementar los diferentes procedimientos a seguir. Algunos de los escenarios identi ¿ cados vinculados a la gestión del patrimonio forestal y de fauna silvestre son: (1) Tierras sin categorizar; (2) Bosques de Producción Permanente - BPP sin concesión forestal; (3) Bosques de Producción Permanente - BPP con concesiones forestales (con ¿ nes maderables, para otros productos del bosque, de conservación y ecoturismo); (4) concesiones de reforestación; (5) bosques locales; (6) propiedad privada; y, (7) posesión precaria. En función a ello, se aprobará la disposición que regule el procedimiento administrativo para resolver las controversias o conflictos surgidos de la superposición o incompatibilidad de derechos otorgados por el Estado, determinando los criterios legales y técnicos para resolver la controversia, de acuerdo a la legislación vigente. Objetivo especí ¿ co: Determinar los criterios legales y técnicos para resolver la controversia, de acuerdo a la legislación vigente. 1.3. AUTORIZACIÓN DE USO DE TERRENO SUPERFICIAL. Las autoridades competentes han identi ¿ cado diversos casos de personas que no cuentan con los respectivos títulos vinculados a derechos reales que di ¿ culta en esos casos, la presentación del requisito de autorización de uso de terreno super ¿ cial. Con la finalidad de emitir las autorizaciones de uso de terreno superficial en zonas forestales,como resultado de la mesa de trabajo (MT), se propondrá un dispositivo legal que precise la autoridad u órgano competente para autorizar el uso de terreno superficial, así como establecer el procedimiento a seguir para tal fin. De¿ nida las competencias y con los resultados de la mesa de trabajo, se establecerá el o los procedimientos necesarios para el otorgamiento autorización de uso del terreno super ¿ cial, el saneamiento físico Legal y formalización de la Propiedad agraria comprendiendo las tierras de las Comunidades Campesinas y Comunidades Nativas, con el objetivo de emitir normas y lineamientos que coadyuven al proceso de formalización de los derechos de propiedad en el ámbito rural. Asimismo, se buscará actualizar y/o perfeccionar la normativa que regula el saneamiento físico legal y formalización de la propiedad agraria a ¿ n de atender la demanda pendiente. Se emitirán las normas y lineamientos técnicos a los Gobiernos Regionales que contemplen los casos de superposición de concesiones mineras con terrenos eriazos de Dominio del Estado con vocación agrícola inscritos y no inscritos en coordinación con la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales (SBN) en los casos que SBN no haya transferido competencias a los Gobiernos Regionales. Acciones que requieren ser consolidadas: - Identi¿ car en el menor plazo las áreas donde se presenta la problemática descrita, a efectos de evaluar la priorización del saneamiento físico legal y titulación de tierras. - Elaborar y aprobar un plan nacional de saneamiento físico legal a nivel nacional que priorice el caso de comunidades nativas y campesinas. - Presentación al MEF del Estudio de Factibilidad del Proyecto PTRT3 con el BID en función a la Población Objetivo y Demanda del Proyecto, monto total de inversión del proyecto y de la operación de endeudamiento con el BID, priorizando zonas relevantes en mayo 2014 para su posterior aprobación por parte del MEF en junio 2014. - Transferencia del Catastro Rural de COFOPRI (ex PETT) a MINAGRI, Hardware y recursos presupuestales asociados a efecto que los Gobiernos Regionales puedan ser usuarios con acceso a un sistema on line administrado