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El Peruano Viernes 1 de agosto de 2014 529095 Aprueban Derecho de Vía de la carretera Emp. PE-1NJ (Dv. Huancabamba) - Buenos Aires - Dv. Salitral - Canchaque - Emp. PE- 3N (Huancabamba) RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 532-2014 MTC/02 Lima, 25 de julio de 2014 VISTO: El Memorándum N° 1712-2014-MTC/20.6 de la Unidad Gerencial de Estudios de PROVIAS NACIONAL, el Informe N° 262-2014-MTC/14.07 de la Dirección de Caminos de la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles y el Memorándum N° 1575-2014-MTC/14 de la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles; y CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial N° 231-2005-MTC/02 se fi jó el Derecho de Vía de la Carretera Empalme R 1B (Km. 0+000) - Buenos Aires (Km. 22+060) - Canchaque (Km. 78+127), denominada Ruta 02-A de orden Nacional, el mismo que comprende una faja de dominio de 40 metros (20 metros a cada lado del eje de la Carretera); Que, posteriormente, por Resolución Ministerial N° 482-2005-MTC/02 se modifi có la Resolución Ministerial N° 231-2005-MTC/02, a fi n de precisar que el Derecho de Vía de la carretera señalada en el considerando anterior, comprende una faja de dominio de 20 metros (10 metros a cada lado del eje de la Carretera); Que, mediante Memorándum N° 1712-2014-MTC/20.6 de fecha 08.04.2014, la Unidad Gerencial de Estudios de PROVIAS NACIONAL comunica a la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles que se tiene programado para el año 2014, la contratación del Consultor a fi n que elabore el estudio, a nivel de factibilidad del proyecto: “Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Emp. PE - 1NJ (Dv. Huancabamba) - Buenos Aires - Salitral - Cancachaque - Emp. PE - 3N (Huancabamba), Tramo Canchaque - Huancabamba” y, en ese sentido, solicita se emita el dispositivo que precise el Derecho de Vía del Tramo Canchaque - Huancabamba, ubicado en la Ruta Nacional PE – 02 A de trayectoria: Emp. PE - 1NJ (Dv. Huancabamba) - Buenos Aires - Dv. Salitral - Cancachaque - Emp. PE-3N (Huancabamba); Que, posteriormente, mediante Memorándum N° 2549-2014-MTC/20.6 de fecha 20.05.2014, la mencionada Unidad General de Estudios alcanzó a la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles, los requisitos necesarios para la emisión del dispositivo de Derecho de Vía requerido, así como el Informe N° 030-2014-MTC/20.6.1/ASV; Que, de acuerdo a la actualización del Clasifi cador de Rutas del Sistema Nacional de Carreteras (SINAC), aprobado por Decreto Supremo N° 012-2013-MTC, la carretera Canchaque - Huancabamba es parte de la Red Vial Nacional y está conformada por la Ruta PE - 02 A, que tiene la siguiente trayectoria: Emp. PE - 1NJ Dv. Huancabamba) - Buenos Aires - Dv. Salitral - Canchaque - Emp. PE - 3N (Huancabamba), cuya gestión se encuentra a cargo del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a través de PROVIAS NACIONAL; Que, el Manual de Carreteras - Diseño Geométrico (DG 2013), aprobado por Resolución Directoral N° 31- 2013-MTC/14, norma lo relacionado con el Derecho de Vía, fi jando las características y medidas de las faja de dominio; Que, mediante Memorándum N° 1575-2014- MTC/14 de fecha 08.07.2014, la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles hace suyo el Informe N° 262-2014-MTC/14.07 de fecha 07.07.2014, elaborado por la Dirección de Caminos, en el cual se señala que, considerando que mediante la Resolución Ministerial N° 482-2005-MTC/02 solo se fi jó el Derecho de Vía de una parte de la trayectoria de la Ruta PE - 02 A, Tramo Emp. R 1B (Km. 0+000) - Buenos Aires (Km. 22+060) - Canchaque, resulta necesario fi jar el Derecho de Vía para toda la Ruta PE 02A, de acuerdo a sus características geográfi cas, según el siguiente detalle: Carretera Ruta Long. Km Dpto. Derecho de Vía Propiedad Restringida Emp. PE-1NJ (Dv. Huancabamba) - Buenos Aires - Dv. Salitral - Canchaque – Emp. PE- 3N (Huancabamba) PE-02A 147+222 Piura 20 m (medidos 10.00 m. a cada lado del eje de la vía). 5m. a cada lado del derecho de vía Que, el artículo 4° del Reglamento de Jerarquización Vial, aprobado por Decreto Supremo N° 017-2007-MTC, establece que el Sistema Nacional de Carreteras-SINAC, se jerarquiza en tres (3) redes viales: Red Vial Nacional , Red Vial Departamental o Regional y Red Vial Vecinal o Rural; señalando que la Red Vial Nacional corresponde N° CODIGO DE IDENTIFI- CACIÓN DEL PREDIO SUJETO ACTIVO SUJETO PASIVO UBICACIÓN MONTO DE LA TASACIÓN EN NUEVOS SOLES MÁS EL 10% A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 5.3 DE LA LEY 30025 COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL 2 PE1-03 Ministerio de Trans- portes y Comunica- ciones RUBEN NELSON YURIVILCA GAMARRA LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL ÁREA TOTAL DE EDIFICACIÓN: • Por el norte: En Línea recta de 38.83 m. colindando con propiedad de terceros. • Por el Este: Entrando en Línea recta de 22,00 m. colindando con propiedad de terceros. • Por el Sur: En Línea recta de 26.83 m. colindando con propiedad de terceros. • Por el Oeste: En Línea quebrada de 3 tramos, 1º de 13,60 m., 2º de 12,00 m. y 3º de 8,50 m., colindando con el área de la Sucesión Carbajal Palomino y Luis Romero Mego y el 3º tramo con pasaje peatonal de acceso al AA.HH. Santa Isabel. ÁREA TOTAL DEL TERRENO: 2,271.00 m2 ÁREA AFECTADA: 853,53 m2 ÁREA REMANENTE X’: 1,255.47 m2 ÁREA REMANENTE Y’: 162.00 m2 PARTIDA REGISTRAL Nº 49034903 INFORME Nº 13808-2013-SUNARP-Z.R.IX/OC S/. 3’334,554.55 DATOS TECNICOS - AREA MATRIZ VERTICE LADO DISTANCIA (m) COORDENADAS UTM - WGS 84’ X Y 1 1-2 58.9000 284533.2496 8665981.1447 2 2-3 13.6000 284589.2659 8665999.3555 3 3-4 32.7400 284583.9940 8665986.8180 4 4-5 42.0000 284600.8717 8665958.7629 5 5-1 57.5300 284566.6999 8665934.3407 DATOS TECNICOS - AREA DE AFECTACION (PE1-03) COORDENADAS UTM - WGS 84’ VERTICE LADO DISTANCIA (m) COORDENADAS UTM - WGS 84’ X Y A A - B 38.8300 284553.9221 8’665,952.2195 B B - C 22.0000 284585.5159 8’665,974.7993 C C - D 26.8300 284598.3037 8’665,956.9256 D D - E 13.5000 284576.4628 8’665,941.3181 E E - F 12.0000 284568.6132 8’665,952.3014 F F - A 8.5000 284558.8502 8’665,945.3240 1117068-1