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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE AGOSTO DEL AÑO 2014 (01/08/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 54

El Peruano Viernes 1 de agosto de 2014 529112 Que asimismo, el numeral 2 de la Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29816, establece que mediante Resolución de Superintendencia, la SUNAT autorizará los viajes al exterior de sus funcionarios y servidores; Que en consecuencia, siendo que dicho viaje cumple con lo dispuesto en la Resolución de Superintendencia N° 013-2012/SUNAT, resulta necesario por razones de itinerario, autorizar el viaje de la trabajadora Patricia Elsa Silva Sánchez del 5 al 9 de agosto de 2014, para participar en el mencionado evento, debiendo la SUNAT asumir, con cargo a su presupuesto los gastos por concepto de pasajes aéreos que incluye la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto (TUUA), y los viáticos; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nos 27619 y 29816, el Decreto Supremo N° 047- 2002-PCM y la Resolución de Superintendencia N° 013-2012/SUNAT; y en uso de la facultad conferida por el literal s) del Artículo 8° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia N° 122-2014/SUNAT y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje de la trabajadora Patricia Elsa Silva Sánchez, Jefe del Proyecto Cuenta Única del Programa Mejora del Cumplimiento del 5 al 9 de agosto de 2014, para participar en el XIII Seminario Internacional Tributario “El Impacto de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones en la Modernización de la Administración Tributaria”, que se realizará en la ciudad de La Habana, República de Cuba. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán con cargo al Presupuesto del 2014 de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, de acuerdo al siguiente detalle: Señora Patricia Elsa Silva Sánchez Pasajes (incluye la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto - TUUA) US $ 1 021,38 Viáticos US $ 1 260,00 Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la citada trabajadora deberá presentar ante el Titular de la Entidad, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4°.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor de la trabajadora cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCOS GARCIA INJOQUE Superintendente Nacional (e) 1117634-1 Autorizan viaje de trabajadores de la SUNAT a Argentina, en comisión de servicios RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 245-2014/SUNAT Lima, 31 de julio de 2014 CONSIDERANDO: Que mediante comunicación electrónica de fecha 16 de julio de 2014, la Jefatura de la Unidad de Coordinación de Relaciones Internacionales del Gabinete de la Dirección de la Agencia Estatal de Administración Tributaria – AEAT, cursa invitación a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT para participar en el “Taller de Intercambio de Experiencias sobre Fiscalización Electrónica”, que se llevará a cabo en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina del 5 al 7 de agosto de 2014; Que el citado evento tiene como objetivo conocer y recoger las mejores prácticas y experiencias de otras administraciones tributarias, que coadyuven a la implementación de la fi scalización electrónica, como una herramienta que facilite el control de la evasión tributaria en forma oportuna e incremente la sensación de riesgo, propiciando el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias de los contribuyentes; Que para la SUNAT resulta importante la participación en el referido evento, pues se tomará conocimiento de los últimos avances en el tema de Fiscalización Electrónica dado que se contará con la presencia de expertos de las administraciones tributarias de Chile, Colombia, España y de Argentina; Que en tal sentido, siendo de interés institucional para la SUNAT la concurrencia de sus trabajadores a eventos de esta naturaleza, conforme al Informe N° 006-2014- SUNAT/5B0000 de fecha 17 de julio de 2014, resulta necesario autorizar la participación en el referido evento, de los trabajadores Sonia Milagros Mechán Chávez, Jefe (e) de la División de Procesos de Fiscalización de la Gerencia de Proyectos y Procesos Transversales y Sócrates Erasmo Ramos Sánchez, Profesional Especializado I de la Gerencia de Cumplimiento de Medianas y Pequeñas Empresas, de la Intendencia Nacional de Desarrollo de Estrategias de Servicios y Control del Cumplimiento; Que el numeral 1 de la Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley de Fortalecimiento de la SUNAT, aprobada por Ley N° 29816, dispone que mediante Resolución de Superintendencia, la SUNAT aprueba sus propias medidas de austeridad y disciplina en el gasto, no siéndole aplicables las establecidas en las Leyes Anuales de Presupuesto u otros dispositivos; Que en tal virtud, mediante Resolución de Superintendencia N° 013-2012/SUNAT se aprobaron las normas de austeridad y disciplina en el gasto de la SUNAT, aplicables a partir del Año Fiscal 2012, en las que se prevé la prohibición de viajes al exterior de los trabajadores de la SUNAT, con cargo al presupuesto institucional, salvo los que se efectúen con la fi nalidad de cumplir con los objetivos institucionales y los que se realicen en el marco de la negociación de acuerdos o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y fi nancieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú; Que asimismo, el numeral 2 de la Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29816, establece que mediante Resolución de Superintendencia, la SUNAT autorizará los viajes al exterior de sus funcionarios y servidores Que en consecuencia, siendo que dicho viaje cumple con lo dispuesto en la Resolución de Superintendencia N° 013-2012/SUNAT, resulta necesario por razones de itinerario, autorizar el viaje de los trabajadores Sonia Milagros Mechán Chávez y Sócrates Erasmo Ramos Sánchez del 4 al 8 de agosto de 2014, debiendo la SUNAT asumir, con cargo a su presupuesto los gastos por traslados y alimentación, precisándose que los gastos por concepto de pasajes aéreos que incluye la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto (TUUA), y alojamiento serán asumidos por EUROsociAL, a través del gestor económico, el Instituto de Estudios Fiscales (IEF); De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nºs. 27619 y 29816, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y la Resolución de Superintendencia N° 013-2012/SUNAT; y en uso de la facultad conferida por el literal s) del Artículo 8° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia N° 122-2014/SUNAT y modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje de los trabajadores Sonia Milagros Mechán Chávez, Jefe (e) de la División de Procesos de Fiscalización de la Gerencia de Proyectos y Procesos Transversales y Sócrates Erasmo Ramos Sánchez, Profesional Especializado I de la Gerencia de Cumplimiento de Medianas y Pequeñas Empresas, de la Intendencia Nacional de Desarrollo de Estrategias de Servicios y Control del Cumplimiento, del 4 al 8 de agosto de 2014, para participar en el “Taller de Intercambio de