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El Peruano Viernes 1 de agosto de 2014 529111 la información ofi cial del Índice de Precios al Por Mayor a Nivel Nacional, correspondiente al mes de julio de 2014. Regístrese y comuníquese. ALEJANDRO VILCHEZ DE LOS RIOS Jefe 1117491-2 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Encargan funciones de Intendente Nacional de Estudios Económicos y Estadística RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 241-2014/SUNAT Lima, 31 de julio de 2014 CONSIDERANDO: Que el artículo 3° de la Ley N.° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, establece que la designación de funcionarios en cargos de confi anza distintos a los comprendidos en el artículo 1° de la citada Ley, se efectúa mediante resolución del Titular de la Entidad; Que asimismo, el artículo 6° de la referida Ley dispone que la resolución de designación de funcionarios en cargos de confi anza surte efecto a partir del día de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, salvo disposición en contrario que postergue su vigencia; Que mediante Resolución de Superintendencia N.° 135-2014/SUNAT se encargó al señor Reynaldo José Carlos Torres Ocampo en el cargo de Intendente Nacional de Estudios Económicos y Estadística, perteneciente a la Superintendencia Nacional Adjunta de Desarrollo Estratégico; Que se ha estimado conveniente dejar sin efecto la encargatura a que se refi ere el considerando anterior y encargar a la persona que asumirá dicho cargo, el cual es considerado de confi anza de acuerdo a la Resolución de Superintendencia N.° 204-2012/SUNAT y modifi catorias que aprueba el Clasifi cador de Cargos considerados como Empleados de Confi anza y Cargos Directivos de la SUNAT, y se encuentra previsto en el Cuadro de Asignación de Personal – CAP de la Entidad aprobado por Resolución Suprema N.° 139-2010-EF y modifi catorias; En uso de las facultades conferidas por la Ley N.° 27594 y el inciso i) del artículo 8° del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia N.° 122-2014/SUNAT y modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Dejar sin efecto, a partir del 4 de agosto de 2014, la encargatura del señor Reynaldo José Carlos Torres Ocampo en el cargo de confi anza de Intendente Nacional de Estudios Económicos y Estadística, dándosele las gracias por la labor encomendada. Artículo 2°.- Encargar, a partir del 4 de agosto de 2014, al señor Erick Wilfredo Lahura Serrano en el cargo de confi anza de Intendente Nacional de Estudios Económicos y Estadística. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCOS GARCIA INJOQUE Superintendente Nacional (e) 1117635-1 Autorizan viaje de trabajadora de la SUNAT a Cuba, en comisión de servicios RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 242-2014/SUNAT Lima, 31 de julio de 2014 CONSIDERANDO: Que mediante Carta de fecha 2 de junio de 2014, la Ofi cina Nacional de Administración Tributaria de Cuba (ONAT) y el Centro Interamericano de Administraciones Tributarias (CIAT), cursan invitación a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – SUNAT, para participar en el XIII Seminario Internacional Tributario “El Impacto de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones en la Modernización de la Administración Tributaria” a realizarse en la ciudad de La Habana, República de Cuba, del 6 al 8 de agosto de 2014; Que asimismo, mediante comunicación electrónica de fecha 3 de junio de 2014, la Coordinadora de Cooperación Internacional en nombre del Secretario Ejecutivo del CIAT y de la Jefa de la ONAT, manifiesta el especial interés que existe para que en dicho Seminario la SUNAT participe como comentarista en el tema “Las TICs en la Prestación de Servicios a los Contribuyentes”; Que el objetivo del citado evento es intercambiar experiencias sobre herramientas que permitan elevar la automatización de los diversos procesos que conforman su fl ujo tecnológico, la capacidad de respuesta de las administraciones, el cumplimiento del encargo social asignado y la efi ciencia de la Administración Tributaria en general; Que entre los temas adicionales que se tratarán en el referido Seminario, se encuentran “El Uso de Documentos Electrónicos en las Administraciones Tributarias” y “Las TICs y el Control Fiscal”; Que para la SUNAT es importante tener conocimiento de las mejores prácticas que vienen aplicando otras administraciones tributarias y aduaneras que hayan pasado por un proceso de transformación o que tengan sus procesos maduros, con el fin de considerarlas en el análisis, desarrollo e implementación de las soluciones previstas en el Programa de Mejora del Cumplimiento, de manera que se puedan lograr sus principales objetivos, entre los cuales están el incrementar la eficiencia y eficacia de los procesos de control, optimizar la calidad, cobertura, oportunidad y el uso de la información en los diversos procesos, reducir el incumplimiento de todos los sectores de riesgo, identificar y reducir las modalidades de elusión y evasión fiscal, entre otros; Que en tal sentido, siendo de interés institucional para la SUNAT la concurrencia de sus trabajadores a eventos de esta naturaleza, conforme al Informe N° 007-2014- SUNAT-100010 y la comunicación de fecha 11 de julio de 2014, resulta necesario autorizar la participación en el citado seminario de la trabajadora Patricia Elsa Silva Sánchez, Jefe del Proyecto Cuenta Única del Programa Mejora del Cumplimiento; Que el numeral 1 de la Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley de Fortalecimiento de la SUNAT, aprobada por Ley N° 29816, dispone que mediante Resolución de Superintendencia, la SUNAT aprueba sus propias medidas de austeridad y disciplina en el gasto, no siéndole aplicables las establecidas en las Leyes Anuales de Presupuesto u otros dispositivos; Que en tal virtud, mediante Resolución de Superintendencia N° 013-2012/SUNAT se aprobaron las normas de austeridad y disciplina en el gasto de la SUNAT, aplicables a partir del Año Fiscal 2012, en las que se prevé la prohibición de viajes al exterior de los trabajadores de la SUNAT, con cargo al presupuesto institucional, salvo los que se efectúen con la fi nalidad de cumplir con los objetivos institucionales y los que se realicen en el marco de la negociación de acuerdos o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y fi nancieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú;