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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE AGOSTO DEL AÑO 2014 (15/08/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 11

El Peruano Viernes 15 de agosto de 2014 529977 Disposición Complementaria Final de la precitada Ley y el artículo 63 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2012-MIDIS; Que, la neutralidad y transparencia son deberes que guían la actuación de la Administración Pública, por lo que su aseguramiento es necesario para garantizar que las votaciones en los procesos electorales traduzcan la expresión libre y espontánea voluntad de los ciudadanos; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 186-2014- MIDIS, se aprobó la Directiva Nº 003-2014-MIDIS “Neutralidad y Transparencia de la Unidad Ejecutora 001: Sede Central del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social durante los Procesos Electorales”; y se aprobaron los “Lineamientos para la elaboración y aprobación de Directivas sobre Neutralidad y Transparencia de los Programas Sociales adscritos al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social durante los Procesos Electorales”, otorgándoseles un plazo de 3 días hábiles para la aprobación de tales directivas; Que, en razón de lo expuesto, mediante Informe Nº 131-2014-MIDIS-FONCODES/UAJ de fecha 14 de agosto de 2014, la Unidad de Asesoría Jurídica recomienda la aprobación de la Directiva Nº 09-2014-FONCODES/UAJ: “Neutralidad y Transparencia de la Unidad Ejecutora 004: Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social durante los Procesos Electorales”, la cual ha sido elaborada conforme a lo establecido en la citada Resolución Ministerial Nº 186-2014-MIDIS, y la Directiva Nº 06-2013-FONCODES/ UPP-CR “Gestión y Control de Documentos Normativos”, aprobada por Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 161- 2013-FONCODES/DE; Que, mediante Informe Nº 28-2014-MIDIS/ FONCODES/UPP-CR, recibido con fecha 14 de agosto de 2014, el Coordinador de Racionalización mani fi esta su conformidad a la directiva propuesta por la Unidad de Asesoría Jurídica; Que, el Manual de Operaciones de FONCODES, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 178- 2012-MIDIS, establece en los numerales f) y n) de la Descripción de Funciones Especí fi cas del Director Ejecutivo, la facultad de aprobar, ejecutar, modi fi car y derogar las directivas, reglamentos y otras normas técnico-operativas o administrativas internas que requiera el programa para su funcionamiento, de acuerdo con las políticas sectoriales y lineamientos que establezca el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, así como emitir Resoluciones de Dirección Ejecutiva en asuntos de su competencia; Que, estando a lo señalado en los considerandos precedentes, resulta pertinente aprobar la Directiva Nº 09-2014-FONCODES/UAJ: “Neutralidad y Transparencia de la Unidad Ejecutora 004: Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social durante los Procesos Electorales”, propuesta y sustentada por la Unidad de Asesoría Jurídica; Con las visaciones de la Jefa de la Unidad de Administración, el Jefe (e) de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, el Coordinador de Racionalización y la Jefa (e) de la Unidad de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley Nº 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; el Decreto Supremo Nº 011-2012-MIDIS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; la Resolución Ministerial Nº 186-2014-MIDIS; y el Manual de Operaciones del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social – FONCODES, aprobado por Resolución Ministerial Nº 178-2012-MIDIS. SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar la Directiva Nº 09-2014- FONCODES/UAJ: “Neutralidad y Transparencia de la Unidad Ejecutora 004: Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social durante los Procesos Electorales”, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Designar al Coordinador Técnico del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social – FONCODES, como responsable del seguimiento al cumplimiento de las disposiciones de la Directiva que se aprueba en el artículo precedente.Artículo 3º.- Encargar a la Unidad de Administración disponga las acciones necesarias para la publicación de la Directiva que se aprueba en el artículo 1º en el Portal Institucional del programa (www.foncodes.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 4º.- Notifi car la presente Resolución y su Anexo a las unidades de apoyo, de asesoramiento y técnicas del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social – FONCODES, así como a sus unidades territoriales a nivel nacional. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSELYN VALER ROJAS Director EjecutivoFondo de Cooperación para el Desarrollo Social 1123913-1 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan Crédito Suplementario a favor del pliego Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social y nueve gobiernos regionales con cargo a los recursos del Fondo de Estímulo al Desempeño y Logro de Resultados Sociales – FED en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014 DECRETO SUPREMO Nº 235-2014-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO:Que, la Ley Nº 29792 crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social como la entidad competente para las siguientes materias a) desarrollo social, superación de la pobreza y promoción de la inclusión y equidad social y b) protección social de poblaciones en situación de riesgo, vulnerabilidad y abandono; asimismo, de acuerdo a lo establecido en el artículo 5 de la citada Ley, el referido Ministerio tiene por fi nalidad mejorar la calidad de vida de la población, promoviendo el ejercicio de derechos, el acceso a oportunidades y el desarrollo de capacidades, en coordinación y articulación con las diversas entidades del sector público, el sector privado y la sociedad civil; Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2013- MIDIS, se aprueba la Estrategia Nacional de Desarrollo e Inclusión Social “Incluir para Crecer”, como instrumento de gestión orientado al logro de resultados prioritarios en materia de inclusión social, que busca que todos los sectores y niveles de gobierno orienten sus acciones articuladamente para reducir las brechas existentes en el país y mejorar las condiciones de vida de la población en situación de pobreza y pobreza extrema, especialmente, la población en proceso de desarrollo e inclusión social, particularmente, en cinco ejes estratégicos: nutrición infantil (0 a 3 años), desarrollo infantil temprano (0 a 5 años), desarrollo integral de la niñez y la adolescencia (6 a 17 años), inclusión económica (18 a 64 años) y protección del adulto mayor (65 años a más); Que, la Octogésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, creó el Fondo de Estímulo al Desempeño y Logro de Resultados Sociales (FED), a cargo del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, con la fi nalidad de impulsar el logro de los resultados establecidos en la Estrategia Nacional de Desarrollo e Inclusión Social en materia de Desarrollo Infantil Temprano, con este objeto, la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público quedó autorizada para depositar hasta CIEN MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 100 000 000,00), en una cuenta del Tesoro Público;