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El Peruano Sábado 16 de agosto de 2014 530047 SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluido el encargo conferido al señor Francisco Adolfo Dumler Cuya, como representante del Ministro de Agricultura y Riego, ante el Consejo Directivo del Fondo de Investigación y Desarrollo para la Competitividad – FIDECOM, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar al Jefe del Instituto Nacional de Innovación Agraria - INIA, como representante del Ministro de Agricultura y Riego, ante el Consejo Directivo del Fondo de Investigación y Desarrollo para la Competitividad – FIDECOM. Artículo 3.- Notifi car la presente Resolución a la Secretaría Técnica del Consejo Directivo del Fondo de Investigación y Desarrollo para la Competitividad – FIDECOM, al Instituto Nacional de Innovación Agraria – INIA, así como al ex representante mencionado, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN MANUEL BENITES RAMOS Ministro de Agricultura y Riego 1123510-1 DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO Nº 004-2014-MIDIS Mediante Ofi cio Nº 636-2014-SCM-PR, la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas del Decreto Supremo Nº 004-2014-MIDIS, publicado en la edición del día 14 de agosto de 2014. DICE: “Decreto Supremo Nº 004-2014-MIDIS” DEBE DECIR: “Decreto Supremo Nº 005-2014-MIDIS” 1124576-1 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014 a favor de la Universidad Nacional Autónoma Altoandina de Tarma DECRETO SUPREMO Nº 238-2014-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29652, modifi cada por Ley Nº 30139, se creó la Universidad Nacional Autónoma Altoandina de Tarma, como persona jurídica de derecho público interno, con sede en la ciudad de Tarma, departamento de Junín; y en cuyo numeral 4.1 del artículo 4 señala que son recursos de la referida universidad los que le asigne la Ley Anual de Presupuesto del Sector Público; Que, con Resolución Nº 181-2013-CONAFU, se aprobó el Proyecto de Desarrollo Institucional de la Universidad Nacional Autónoma Altoandina de Tarma y a través de la Resolución Nº 412-2013-CONAFU, se reconoció a los miembros de la Comisión Organizadora para llevar a cabo el proceso de implementación y funcionamiento de la citada universidad; Que, la Vigésima Sexta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, establece que las comisiones organizadoras para la implementación de las universidades públicas constituirán pliegos presupuestarios, hasta la implementación de las citadas universidades, sujetándose a las leyes anuales de presupuesto del sector público; asimismo, señala que para tal fi n, el Ministerio de Economía y Finanzas, en el marco de sus competencias, establece las codifi caciones y disposiciones necesarias para la aplicación de la citada Ley, en el marco de la Administración Financiera del Sector Público; Que, el artículo 6 de Ley Nº 30220, Ley Universitaria, establece los fines de la universidad, uno de los cuales está orientada a la formación de profesionales de alta calidad de manera integral y con pleno sentido de responsabilidad social de acuerdo a las necesidades del país; por ello con la finalidad que la Universidad Nacional Autónoma Altoandina de Tarma, alcance de manera paulatina dicho fin resulta necesario la priorización de acciones enmarcadas en su implementación y funcionamiento previstas a partir del presente año fiscal en concordancia a lo establecido en su respectivo Proyecto de Desarrollo Institucional (PDI); Que, el Ministerio de Educación, mediante Oficio Nº 0765-2014-MINEDU/SG, en virtud al requerimiento de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Autónoma Altoandina de Tarma, efectuado a través del Ofi cio Nº 25-2014-P-UNAAT, solicita entre otros, la Transferencia de Partidas por la suma de UN MILLÓN QUINIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 500 000,00), para fi nanciar la implementación y funcionamiento de la citada universidad; Que, los artículos 44 y 45 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global, destinada a fi nanciar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los Presupuestos de los pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, siendo necesario llevar a cabo el proceso de implementación y funcionamiento de la Universidad Nacional Autónoma Altoandina de Tarma en el presente año fi scal, y en atención a los considerandos precedentes, resulta necesario autorizar una transferencia de partidas, hasta por la suma de UN MILLÓN QUINIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 500 000,00), con cargo a los recursos previstos en la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas; De conformidad con lo establecido en el artículo 45 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; DECRETA: Artículo 1.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, hasta por la suma de UN MILLÓN QUINIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 500 000,00), a favor de la Universidad Nacional Autónoma Altoandina de Tarma, para atender los gastos que demanden las acciones descritas en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle: