Norma Legal Oficial del día 17 de agosto del año 2014 (17/08/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 105

El Peruano MORDAZA 17 de agosto de 2014

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por Ordenanza Nº 1076-MML, publicada el 08.10.2007; se ubica en el Sector 2, del distrito de MORDAZA de MORDAZA, sector priorizado en el Articulo 1° de la Ordenanza Nº 388MSS que indica "(...) Disponer la identificacion de predios registralmente calificados como Rusticos conforme lo establece el Articulo 24° de la Ley Nº 29090, que se encuentren en Zonas Urbanas consolidadas, priorizando aquellos predios rusticos ubicados en los Sectores 1, 2 y 3 del distrito de MORDAZA de MORDAZA (...)"; Que, de acuerdo a los antecedentes registrales el terreno a habilitar de oficio se encuentra inscrito en la Partida Registral Nº 07027383, la misma que senala que cuenta con una extension superficial de 4280.00m2, sin embargo, del levantamiento catastral efectuado por el personal de esta Subgerencia se ha podido determinar que el area real es de 4,173.00 m2 y un perimetro de 263 ml, con los siguientes linderos: Por el Norte: Lado 1-32, esta conformado por una linea recta de 53.50 ml., entre los vertices 1-32, teniendo como colindancia a la Av. MORDAZA Chavez. Por el Este: Lado 32-30, esta conformado por una linea recta de 78.00 ml., entre los vertices 32-30, teniendo como colindancia Propiedad de Terceros. Por el Sur: Lado 30-20, esta conformado por una linea recta de 53.50 ml., entre los vertices 3020, teniendo como colindancia Propiedad de Terceros. Por el Oeste: Lado 20-1, esta conformado por una linea recta de 78.00 ml., entre los vertices 20-1, teniendo como colindancia Propiedad de Terceros. La titularidad del predio corresponde al Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y su conyuge MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y otros; Que, se ha determinado que la MORDAZA a habilitar de oficio no tiene en tramite ante la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA, ningun procedimiento de habilitacion MORDAZA, ni de regularizacion de una ejecutada, ni de recepcion de obras de habilitacion MORDAZA a la fecha de publicacion de la Ley N° 29898, Ley que modifica la Ley N° 29090, Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, ni esta inmerso en los supuestos indicados en el Articulo 40-D del Decreto Supremo Nº 008-2013-VIVIENDA; Que, el Informe Nº 582-2014-GAJ-MSS del 05.08.2014, la Gerencia de Asesoria Juridica, senala que la propuesta de la Habilitacion MORDAZA de Oficio de la mencionada MORDAZA, resulta legalmente procedente, teniendo en cuenta que la declaracion de la Habilitacion MORDAZA de Oficio, es un procedimiento excepcional que compete a las Municipalidades; en consecuencia corresponde al Despacho de Alcaldia emitir la Resolucion que asi lo declare; Estando al Informe Nº 217-2014-GDU-MSS de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, al Informe Nº 048-2014SGHRU-GDU-MSS de la Subgerencia de Habilitacion y Renovacion MORDAZA, al Informe Nº 582-2014-GAJMSS de la Gerencia de Asesoria Juridica, y al MORDAZA de la Ley Nº 29090 - Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones, modificada por la Ley Nº 29898; del Decreto Supremo Nº 0082013-VIVIENDA, de la Ordenanza Nº 388-MSS y del Decreto de Alcaldia Nº 11-2011-MSS; en uso de las facultades conferidas por los Articulos 20° y 43° numeral 6, de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades; RESUELVE: Articulo Primero.- DECLARAR la HABILITACION MORDAZA DE OFICIO de la Urbanizacion Cap. MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, ubicada en el Sector 1, del distrito de MORDAZA de MORDAZA, inscrito en la Partida Registral Nº 07027383, con un area real de 4,173.00 m2, cuyos propietarios registrales son el Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y su conyuge MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y otros. Articulo Segundo.- APROBAR los planos PU-0592014-SGHRU-GDU-MSS; PP-060-2014-SGHRU -GDUMSS; PTL-061-2014-SGHRU-GDU-MSS; PA-062-2014SGHRU-GDU-MSS, que forman parte del expediente tecnico. Articulo Tercero.- APROBAR consecuentemente el Cuadro General de Distribucion de Areas, contenido en el plano PTL-061-2014-SGHRU-GDU-MSS, segun el siguiente detalle:

predios, y disponga la inscripcion registral de uso MORDAZA a urbano. La inscripcion individual registral sera gestionada por su propietario. Estas habilitaciones no se encuentran sujetas a los aportes de habilitacion urbana"; Que, la declaracion de Habilitacion MORDAZA de Oficio, es un procedimiento administrativo que por sus particularidades es excepcional y resulta procedente ante la verificacion por parte de la Autoridad Municipal de tres supuestos; que el predio se encuentre registralmente calificado como rustico; que este ubicado en zonas urbanas consolidadas y; que cuente con edificaciones destinadas a viviendas y demas complementarias a dicho uso, con servicios publicos domiciliarios de agua potable, desague o alcantarillado, energia electrica y alumbrado publico e inscrito registralmente como predio rustico; Que, el Articulo 2º del Decreto de Alcaldia Nº 11-2011MSS, Reglamento que Establece el Procedimiento de Habilitacion MORDAZA de Oficio en el Distrito de MORDAZA de MORDAZA, instituye que, "La Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA, a traves de la Subgerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro (hoy Subgerencia de Habilitacion y Renovacion Urbana) de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, identificara los predios matrices que podran ser beneficiados por el procedimiento de Habilitacion MORDAZA de Oficio. Los predios deberan ubicarse en zonas urbanas consolidadas, priorizando aquellos predios ubicados en los Sectores 1, 2 y 3 del distrito de MORDAZA de Surco. Los predios ubicados en los demas sectores, seran atendidos cuando exista motivacion expresa de autoridad superior basada en el cumplimiento de atencion de una causa de caracter social (cantidad de poblacion beneficiada, condicion de requerimientos o solicitudes existentes), por la necesidad de desarrollar proyectos municipales de interes local, o cuando se trate de lotes rusticos y/o semi rusticos de hasta 1,500 m2, ubicadas en zonas urbanas consolidadas (...)"; Que, mediante Informe Nº 217-2014-GDU-MSS del 04.08.2014, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA remite la propuesta de Habilitacion MORDAZA de Oficio del terreno MORDAZA denominado Maizillo, ubicado en el Sector 2, del distrito de MORDAZA de MORDAZA de la provincia y departamento de MORDAZA, de acuerdo a los planos PU059-2014-SGHRU-GDU-MSS; PP-060-2014-SGHRUGDU-MSS; PTL-061-2014-SGHRU-GDU-MSS; PA062-2014-SGHRU-GDU-MSS; fundando su propuesta en el Informe Nº 048-2014-SGHRU-GDU-MSS del 04.08.2014 de la Subgerencia de Habilitacion y Renovacion MORDAZA, que contiene el Informe Tecnico Nº 007-2014-ORL, del 30.07.2014, el cual indica que la MORDAZA a habilitar de oficio, registralmente se encuentra calificado como predio MORDAZA, y se ubica inserto dentro de una MORDAZA MORDAZA consolidada, con edificaciones de caracter residencial, trazos viales, manzaneo y lotizacion definida de acuerdo a los planes urbanos. No presenta superposicion de areas con predio de terceros, cuenta con servicios publicos domiciliarios de agua, desague, energia electrica y comunicaciones conectados a predios independientes; en cuanto a los servicios publicos complementarios, se ha constatado que se encuentra dotada de servicios urbanos para atender las necesidades de su entorno, cumpliendo de esta manera con las caracteristicas fisicas senaladas en el Articulo 24° de la Ley N° 29090, modificado por la Ley Nº 29898 y su Reglamento D. S. Nº 0082013-VIVIENDA, MORDAZA legal que establece que las municipalidades declaran la Habilitacion MORDAZA de Oficio de los predios registralmente calificados como rusticos, ubicados en zonas urbanas consolidadas, que cuenten con edificaciones y servicios publicos domiciliarios. Estas habilitaciones no se encuentran sujetas a los aportes de la Habilitacion Urbana; Que, conforme al procedimiento de habilitacion MORDAZA de oficio, previsto en el Articulo 24-A, de la Ley Nº 29090 ­ Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, modificada por la Ley Nº 29898, se cumplio con identificar el predio matriz; se efectuo la notificacion a los propietarios registrales, asi como tambien a los beneficiarios y se elaboro el expediente tecnico que sustenta la declaracion de habilitacion MORDAZA de oficio; Que, el predio esta considerado dentro del Area de Tratamiento Normativo II, con zonificacion: RDM ­ Residencial de Densidad Media, de acuerdo a lo aprobado

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