Norma Legal Oficial del día 20 de agosto del año 2014 (20/08/2014)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 50

530432
derecho a tramite de inscripcion en el Registro Unico de Identificacion (RUI), una vez finalizado este plazo, se cobrara por dicho tramite lo prescrito en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad. Segunda.- Quedan exceptuados de los alcances de la presente Ordenanza, los canes que pertenezcan a las Fuerzas Armadas, Policia Nacional, Policia Municipal, Defensa Civil y Bomberos, quienes obligatoriamente deberan llevar un Registro actualizado de la poblacion canina a su cargo, en el que consignen los datos y caracteristicas de cada animal. La Autoridad Municipal, en el ambito de sus competencias podra solicitar informacion del Registro, cuando lo considere necesario. Tercera.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de la publicacion de la Ordenanza. POR TANTO: Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1125692-1

El Peruano Miercoles 20 de agosto de 2014

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL
Autorizan y regulan ubicacion de anuncios y avisos publicitarios sobre propaganda electoral en el Distrito Capital de la Provincia de Huaral
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 019-2014-MPH Huaral, 15 de agosto del 2014. EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, el Proyecto de Ordenanza Municipal que Autoriza y Regula la Ubicacion de Anuncios y Avisos Publicitarios sobre Propaganda Electoral en el Distrito Capital de la Provincia de Huaral; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo 178º numeral 3) de la Constitucion Politica del Peru, establece que compete al MORDAZA Nacional de Elecciones velar por el cumplimiento de las Normas sobre organizaciones politicas y demas disposiciones referidas a materia electoral, en concordancia con ello, el Articulo 5º literal 1) de la Ley Nº 26486, Ley Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones establece que dicho organismo MORDAZA dictara las disposiciones complementarias necesarias para el adecuado desarrollo del MORDAZA electoral. Que, el Articulo 5º del Reglamento de Propaganda Electoral aprobado mediante Resolucion Nº 136-2010-JNE dispone que sera de competencia de los gobiernos locales aprobar la Ordenanza que autoriza y regula la publicacion de anuncios y avisos publicitarios sobre propaganda electoral, asi como su retiro luego de la realizacion del MORDAZA, en concordancia con el ordenamiento juridico en materia electoral y lo dispuesto por el MORDAZA Nacional de

Elecciones en el citado reglamento, precisando que para la difusion de propaganda electoral no se requiere de permiso o autorizacion de autoridad politica o municipal, ni pago de tasa o arbitrio alguno. Que, por otra parte, el Articulo 79º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, senala que los gobiernos locales en materia de organizacion del espacio fisico y uso del suelo, ejercen funciones especificas exclusivas para normar, regular y otorgar autorizaciones para la ubicacion de avisos publicitarios y propaganda politica. Que, en ese sentido, corresponde a esta comuna actualizar la normatividad electoral en el Distrito Capital de la Provincia de Huaral, para que se ejercite el conocimiento de los ciudadanos en materia electoral promoviendo su participacion activa en la MORDAZA politica de su comunidad, y a la vez se preserve el ornato de la ciudad. Que, mediante Memorandum Nº 0716-2014/MPH/ GSCyGA de fecha 27 de Junio del 2014, la Gerencia de Servicios a la MORDAZA y Gestion Ambiental, remite el Proyecto de Ordenanza Municipal que Autoriza y Regula la Ubicacion y Avisos Publicitarios sobre Propaganda Electoral en el Distrito Capital de la Provincia de Huaral. Que, mediante Informe Nº 0666-2014-MPH-GDUOTSGOPOU de fecha 07 de MORDAZA del 2014, la Sub Gerencia de Obras Privadas y Ordenamiento MORDAZA, emite opinion favorable para la aprobacion del Proyecto de Ordenanza Municipal que Autoriza y Regula la Ubicacion y Avisos Publicitarios sobre Propaganda Electoral en el Distrito Capital de la Provincia de Huaral. Que, mediante Informe Nº 675-2014-MPH-GAJ de fecha 07 de MORDAZA del 2014, la Gerencia de Asesoria Juridica concluye, que habiendo efectuado la revision del Proyecto de Ordenanza Municipal que Autoriza y Regula la Ubicacion y Avisos Publicitarios sobre Propaganda Electoral en el Distrito Capital de la Provincia de Huaral, considera VIABLE su aprobacion, siendo atribucion del Concejo Municipal, su discusion, debate y aprobacion, conforme a sus atribuciones conferidas en la Ley de la materia. Que, mediante Carta Nº 012-2014-MPH/CAALL de fecha 15 de agosto del 2014, el Presidente de la Comision de Asuntos Legales del Concejo Municipal Provincial de Huaral, solicita la Dispensa de Dictamen de la Comision de Asuntos Legales, puesto a consideracion del Pleno del Concejo, sometida a votacion el Proyecto de Ordenanza Municipal en referencia, queda aprobada por Unanimidad de los miembros del Concejo Municipal asistentes a esta sesion. Que, estando a los fundamentos MORDAZA expuesto y en uso de las facultades conferidas por el Articulo 9º, numeral 8º Articulo 20 numeral 5º y Articulo 39º y 40º de la Ley Nº 27972 "Ley Organica de Municipalidades" con el MORDAZA Unanime de los Senores Miembros del Pleno del Concejo y con la Dispensa del Tramite de Lectura y Aprobacion del Acta, se aprobo la siguiente: ORDENANZA "QUE AUTORIZA Y REGULA LA UBICACION DE ANUNCIOS Y AVISOS PUBLICITARIOS SOBRE PROPAGANDA ELECTORAL EN EL DISTRITO CAPITAL DE LA PROVINCIA DE HUARAL" TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo Primero.- FINALIDAD La presente Ordenanza tiene por finalidad regular la propaganda electoral en la jurisdiccion del Distrito Capital de la Provincia de Huaral, durante el Desarrollo de los Procesos Electorales, con el proposito de preservar la seguridad de las personas, asi como el orden y el ornato de la MORDAZA, dentro del libre ejercicio democratico y una participacion ciudadana inclusiva y transparente. Articulo Segundo.- OBJETIVO La Municipalidad Provincial de Huaral, tiene como objetivo promover el adecuado desarrollo

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.