Norma Legal Oficial del día 20 de agosto del año 2014 (20/08/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano Miercoles 20 de agosto de 2014

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Que, en conformidad a lo establecido en el articulo 124 de la Ley Nº 26842 General de Salud, los organos desconcentrados o descentralizados quedan facultados para disponer, dentro de su ambito, medidas de prevencion y control de caracter general o particular en las materias de su competencia; Ley N° 27265 Ley de Proteccion a los Animales Domesticos y a los Animales Silvestres Mantenidos en Cautiverio. Que, estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el Art 9º de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, y con la dispensa del tramite de comisiones, lectura y aprobacion del Acta, el Concejo Municipal con el MORDAZA unanime de los Regidores aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE EL REGIMEN MUNICIPAL PARA LA PROTECCION Y TENENCIA RESPONSABLE DE ANIMALES DOMESTICOS Y/O DE COMPANIA, CANES CONSIDERADOS POTENCIALMENTE PELIGROSOS Y CONTROL DE ZOONOSIS EN EL DISTRITO DE EL MORDAZA Articulo Primero.- APROBAR la ordenanza que establece el regimen municipal para la proteccion y tenencia responsable de animales domesticos y/o de compania, canes considerados potencialmente peligrosos y control de zoonosis en el Distrito de El MORDAZA, Anexo 1 y Anexo 2 que forman parte integrante de la presente ordenanza. Articulo Segundo.- ENCARGUESE a la Gerencia de Desarrollo Ambiental, implementar los siguientes registros: 1. Registro Municipal de animales domesticos y/o de compania. 2. Registro Municipal de canes considerados potencialmente peligrosos. 3. Registro de Canes de Asistencia o Guia. 4. Registro de Establecimientos de adiestramiento y resocializacion de canes considerados potencialmente peligrosos. 5. Registro Municipal de Adiestradores. 6. Registro de criaderos de canes considerados potencialmente peligrosos. 7. Registro de criaderos de todo MORDAZA de razas. Articulo Tercero.- DEJAR sin efecto cualquier normatividad que se oponga a lo dispuesto en la presente ordenanza. Articulo Cuarto.- FACULTAR al Senor MORDAZA para que, mediante Decreto de Alcaldia, dicte las disposiciones necesarias para la elaboracion del Reglamento de la presente Ordenanza. Articulo Quinto.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza al Gerente de Desarrollo Ambiental y al Gerente de Desarrollo Humano, la organizacion de talleres, charlas y seminarios educativos para sensibilizar a la poblacion sobre la materia a regular. Articulo Sexto.- ENCARGAR al Secretario General la publicacion de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y al Gerente de Defensoria y Participacion Vecinal la publicacion de la Ordenanza y sus anexos Nº 1, y Nº 2 en la pagina Web de la Municipalidad de El MORDAZA (www.munielagustino.gob.pe), y su correspondiente difusion masiva. Articulo Septimo.- ENCARGAR al Gerente Municipal el cumplimiento de la presente Ordenanza. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- Los propietarios o poseedores de animales domesticos y/o de compania y canes considerados potencialmente peligrosos, tienen el plazo de sesenta (60) dias habiles, contados a partir de la publicacion de la presente Ordenanza, para inscribirlos en el Registro Municipal correspondiente y solicitar la Autorizacion Municipal de Tenencia responsable. Durante los tres (3) primeros meses siguientes a la publicacion de la presente ordenanza, la Municipalidad de El MORDAZA exonerara el pago correspondiente al

Nacional de los Registros Publicos para la Inscripcion correspondiente, a cargo del interesado. Articulo Sexto.- Encargar la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, a cargo de los interesados. Registrese, comuniquese, cumplase y archivese. LIZ MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gerente Gerencia de Desarrollo MORDAZA 1124801-1

MUNICIPALIDAD DE EL MORDAZA
Establecen regimen municipal para la proteccion y tenencia responsable de animales domesticos y/o de compania, canes considerados potencialmente peligrosos y control de zoonosis en el distrito
(Se publica la presente Ordenanza de la referencia a solicitud de la Municipalidad Distrital de El MORDAZA mediante Oficio N° 142-2014-SEGE-MDE, recibido el 19 de agosto de 2014). ORDENANZA Nº 550-MDEA El MORDAZA, 13 de noviembre del 2013 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL MORDAZA POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE EL MORDAZA VISTO: En sesion extraordinaria de la fecha, el proyecto de Ordenanza que establece el regimen municipal para la proteccion y tenencia responsable de animales domesticos y/o de compania, canes considerados potencialmente peligrosos y control de zoonosis en el Distrito de El Agustino. Informe Nº 270-2013-GDAM-MDEA del Gerente de Desarrollo Ambiental, Informe Nº 2196-2013-SGFAMDEA del Sub Gerente de Fiscalizacion Administrativa e Informe Nº 383-2013-GAJU-MDEA del Gerente de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, segun la Ley Organica de Municipalidades N° 27972 y la Constitucion Politica del Peru, regulan que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el articulo 194 de la Constitucion Politica del Peru modificado por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional, en concordancia con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, las municipalidades provinciales y distritales son los organos de gobierno local, los cuales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; correspondiendole al Concejo Municipal las funciones normativas que se materializan a traves de Ordenanzas, las cuales tienen rango de Ley de conformidad con lo establecido en el articulo 200 de la Constitucion Politica del Peru; Que, el articulo 10 de la Ley Nº 27596 que Regula el Regimen Juridico de Canes y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-2002-SA, modificado con Resolucion Ministerial N° 841-2003-SA/ DM establece la competencia de las Municipalidades en lo que respecta al regimen administrativo de la tenencia de canes;

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