Norma Legal Oficial del día 23 de agosto del año 2014 (23/08/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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El Peruano Sabado 23 de agosto de 2014

PODER EJECUTIVO AGRICULTURA Y RIEGO
Rectifican Articulo 2º de la R.J. Nº 241-2014-ANA, sobre encargatura de funciones de Sub Director de la Unidad de Tesoreria de la Oficina de Administracion de la MORDAZA
RESOLUCION JEFATURAL Nº 245-2014-ANA MORDAZA, 21 de agosto de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante el articulo 2° de la Resolucion Jefatural Nº 241-2014-ANA, se encargo las funciones de Sub Director de la Unidad de Tesoreria de la Oficina de Administracion de la Autoridad Nacional del Agua, al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a partir del 22 de agosto de 2014; Que, se ha incurrido en error material debido a que se omitio consignar que la mencionada encargatura se efectua en adicion a las funciones del Contrato Administrativo de Servicios suscrito por el citado profesional con esta Autoridad; por lo que corresponde efectuar su rectificacion de conformidad con el articulo 201º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, que establece que los actos administrativos pueden ser rectificados de oficio con efecto retroactivo, en cualquier momento, o de oficio o instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decision; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, la Ley Nº 27594, Ley que Regula la Participacion del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designacion de Funcionarios Publicos y el Decreto Supremo Nº 0062010-AG, que aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) de la Autoridad Nacional del Agua. SE RESUELVE: Articulo Unico.- Rectificase, el articulo 2º de la Resolucion Jefatural N° 241-2014-ANA, quedando redactado de la manera siguiente: "Articulo 2°.- Encargar a partir del 22 de agosto de 2014, al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, las funciones de Sub Director de la Unidad de Tesoreria de la Oficina de Administracion de la Autoridad Nacional del Agua, en adicion a las funciones de su Contrato Administrativo de Servicios suscrito con esta Autoridad". Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA GILDEMEISTER Jefe Autoridad Nacional del Agua 1127243-1

CONSIDERANDO: Que, el ultimo parrafo del articulo 25 de la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, dispone que los Ministros de Estado pueden delegar, en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades que no MORDAZA privativas a su funcion y siempre que la normatividad lo autorice; Que, el numeral 7.1 del articulo 7 del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº.304-2012-EF, dispone que el Titular de una Entidad puede delegar sus funciones en materia presupuestal cuando lo establezca expresamente la Ley General, las Leyes de Presupuesto del Sector Publico o la MORDAZA de creacion de la Entidad, siendo responsable solidario con el delegado; Que, asimismo, el numeral 40.2 del articulo 40 de la misma Ley, establece que "...las modificaciones presupuestarias en el nivel Funcional Programatico son aprobadas mediante Resolucion del Titular, a propuesta de la Oficina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad. El Titular puede delegar dicha facultad de aprobacion, a traves de disposicion expresa, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano."; Que, a traves de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, se establecen las normas para el MORDAZA presupuestario que deben observar los organismos del Sector Publico durante el Ejercicio Fiscal 2014; Que, la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo Nº.1017 y el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF y modificatorias, establecen las disposiciones y lineamientos que deben observar las Entidades del Sector Publico en los procesos de contrataciones de bienes, servicios u obras y regula las obligaciones y derechos que se derivan de los mismos; Que, el MORDAZA parrafo del articulo 5 de la Ley de Contrataciones del Estado, establece que "... el Titular de la Entidad podra delegar, mediante resolucion, la autoridad que la presente MORDAZA le otorga. No pueden ser objeto de delegacion, la aprobacion de exoneraciones, la declaracion de nulidad de oficio y las autorizaciones de prestaciones adicionales de obra y otros supuestos que se establezcan en el Reglamento."; Que, la Resolucion Jefatural Nº 019-82-INAP/ DIGESNAP, que aprueba la Directiva Nº 001-82-INAP/ DNP "Directiva Nacional de Personal que MORDAZA de modo permanente, el contenido de formulacion, aprobacion y modificacion de los Presupuestos Analiticos de Personal de las Entidades del Sector Publico", precisa que el Presupuesto Analitico de Personal ­ PAP sera aprobado por el Titular del Pliego o por el funcionario a quien se delegue en forma expresa esta competencia; Que, conforme a lo dispuesto en el articulo 50 de la Directiva de Tesoreria Nº.001-2007-EF/77.15, aprobada mediante Resolucion Directoral Nº 002-2007-EF-77.15, se precisa, entre otros, que los titulares y suplentes de las cuentas bancarias son designados mediante Resolucion del Titular del Pliego o del funcionario a quien este hubiera delegado de manera expresa esta facultad; Que, teniendo en consideracion las normas citadas en los considerandos precedentes y con el proposito de lograr una mayor fluidez a la marcha administrativa del Ministerio de Cultura, es conveniente delegar facultades que no MORDAZA privativas a la funcion de la Ministra de Cultura, asi como las facultades y atribuciones administrativas de gestion y resolucion que no MORDAZA propias de dicho cargo, durante el Ejercicio Presupuestario 2014; Que, mediante Resolucion Ministerial N° 0092014-MC de fecha 10 de enero de 2014, se delego a diversos funcionarios de la cartera ministerial de Cultura, facultades que corresponden a la Titular de la Entidad, asi como las facultades y atribuciones administrativas de gestion y resolucion que no son privativas de la Titular de este Ministerio; sin embargo durante el presente ano, esta Resolucion ha sido modificada a traves de las Resoluciones Ministeriales N° 096-2014-MC, N° 1152014-MC y N° 201-2014-MC; Que, a fin de optimizar el accionar de la Entidad, corresponde actualizar y congregar en un solo cuerpo normativo la delegacion de facultades a funcionarios de este Ministerio, que no MORDAZA privativas a la funcion de la Ministra de Cultura, asi como las facultades y atribuciones

CULTURA
Delegan diversas facultades en la Secretaria General y en funcionarios responsables de la Oficina General de Administracion, Oficina General de Recursos Humanos y otros del Ministerio de Cultura, durante el Ejercicio Fiscal 2014
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 278-2014-MC MORDAZA, 19 de agosto de 2014

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