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El Peruano Sábado 23 de agosto de 2014 530637 contenidas en la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014 y demás normas complementarias vinculadas a la materia. c) Ejercer la representación legal del Ministerio de Cultura ante la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria, para que gestione y autorice los asuntos y documentos ante la citada entidad en temas tributarios y aduaneros. d) Aprobar el reconocimiento de deuda y/u otras obligaciones; no constituyendo dispensa, exención o liberación de las responsabilidades de los funcionarios y/o servidores cuya conducta hubiese originado la confi guración del mismo. En dichos casos, la Ofi cina General de Administración dispondrá el inicio del deslinde de responsabilidades que correspondan, con conocimiento de la Secretaría General y del Órgano de Control Institucional. El reconocimiento de los adeudos se formalizará por Resolución expedida por la Ofi cina General de Administración, contando previamente con el informe del área usuaria, el Informe Técnico de la Ofi cina de Abastecimiento y la correspondiente disponibilidad presupuestal. Artículo 3°.- Delegar en el funcionario a cargo de la Ofi cina General de Recursos Humanos del Ministerio de Cultura, durante el Ejercicio Fiscal 2014, las siguientes facultades correspondientes a la Unidad Ejecutora 001: Administración General del Pliego 003: Ministerio de Cultura: a) Autorizar y resolver las acciones de personal comprendido en el régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público y en el Decreto Legislativo Nº 728, que de acuerdo a la normatividad vigente sobre la materia, no sean de competencia exclusiva del Titular de la Entidad. Dicha facultad no incluye la de designar y remover aludidas en el inciso 5) del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo. b) Autorizar y resolver las peticiones de los pensionistas y ex trabajadores en materia de personal. c) Suscribir los contratos relativos a la prestación de los servicios regulados por el Decreto Legislativo Nº 276 y Decreto Legislativo Nº 728; así como, sus adendas y resoluciones de los mismos. d) Expedir resoluciones sobre acciones administrativas de recursos humanos para la rectifi cación de nombres y/o apellidos del personal del Ministerio de Cultura. e) Suscribir convenios, Adendas y similares que tengan vinculación directa con el sistema de Recursos Humanos. f) Emitir Resoluciones Directorales que extingan el derecho a pensión, en aplicación a lo dispuesto en el artículo 55 del Decreto Ley N° 20530. Artículo 4°.- Disponer que la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto supervise la actuación de las Unidades Ejecutoras 002: MC – Cusco, 003: Zona Arqueológica Caral, 005: Naylamp – Lambayeque, 006: Complejo Arqueológico de Chan Chan, 007: Marcahuamachuco y 008: Proyectos Especiales, respecto de las acciones referidas en el último párrafo del numeral 1.5 del artículo 1 de la presente resolución, pudiendo solicitar a las referidas Unidades Ejecutoras la adopción de las medidas preventivas y/o correctivas que estimen pertinentes. Artículo 5º.- Delegar en los jefes y/o responsables de las Unidades Ejecutoras 002: MC-Cusco, 003: Zona Arqueológica Caral, 005: Naylamp – Lambayeque, 006: Complejo Arqueológico de Chan Chan, 007: Marcahuamachuco y 008: Proyectos Especiales del Pliego 003: Ministerio de Cultura la facultad de suscribir Convenios de Cooperación y/o Colaboración Interinstitucional, así como sus respectivas adendas u otros instrumentos de igual o similar naturaleza, correspondientes a la Unidad Ejecutora a su cargo, previa autorización del Viceministerio competente en la materia. Artículo 6°.- La delegación de facultades, así como la asignación de responsabilidades a que se refi ere la presente resolución, comprende las atribuciones de decidir y resolver, pero no exime de la obligación de cumplir con los requisitos legales establecidos para cada caso. Artículo 7º.- La Secretaría General y los funcionarios responsables de la Ofi cina General de Administración y de la Ofi cina General de Recursos Humanos, deberán informar trimestralmente, bajo responsabilidad, sobre el ejercicio de las facultades delegadas mediante la presente resolución, dentro de los cinco (5) primeros días hábiles siguientes al vencimiento de cada trimestre, incluyendo lo referido a las Adjudicaciones de Menores Cuantías no programables, los procesos para la contratación de personal regulado por el Decreto Legislativo N° 1057, sus renovaciones y resoluciones. Dicha información deberá ser remitida a la Secretaría General, a fi n de que sea consolidada y alcanzada al Despacho Ministerial dentro de los tres (3) días hábiles siguientes. Asimismo, los jefes y/o responsables de las Unidades Ejecutoras del Pliego 003: Ministerio de Cultura a los que se les ha delegado facultades mediante la presente resolución, bajo responsabilidad, deberán remitir un informe al Despacho Ministerial, el último día hábil de cada trimestre, sobre el ejercicio de las facultades delegadas. Artículo 8º.- Dejar sin efecto las Resoluciones Ministeriales N° 009-2014-MC, N°.096-2014-MC, N° 115- 2014-MC y N° 201-2014-MC, así como toda disposición que contravenga lo establecido en la presente resolución. Artículo 9º.- Remitir copia de la presente resolución a las Unidades Ejecutoras del Pliego 003: Ministerio de Cultura, a la Secretaría General, a la Ofi cina General de Administración, a la Ofi cina General de Recursos Humanos, a la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto y a la Ofi cina de Control Institucional. Regístrese, comuníquese y publíquese. DIANA ALVAREZ-CALDERÓN Ministra de Cultura 1127479-1 Reconocen a ganadora y a arquitectos que obtuvieron menciones honrosas en el “Concurso de Ideas de Arquitectura para el Museo Nacional del Perú” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 279-2014-MC Lima, 19 de agosto de 2014 Visto, el Informe N° 114-2014-DGM-VMPCIC/MC de la Dirección General de Museos; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29565 se creó el Ministerio de Cultura, en cuyo literal i) del artículo 5 de la Ley N° 29565, establece que el Ministerio de Cultura es el organismo rector en materia de cultura y ejerce competencia, exclusiva y excluyente, respecto de otros niveles de gobierno en todo el territorio nacional, en la promoción de la creación cultural en todos sus campos, el perfeccionamiento de los creadores y gestores culturales y el desarrollo de las industrias culturales; Que, dentro de este contexto legal, mediante Resolución Ministerial N° 173-2014-MC, expedida el 29 de mayo de 2014, se ofi cializó el “Concurso de Ideas de Arquitectura para el Museo Nacional del Perú”, que permitiría obtener iniciativas y propuestas de pre anteproyectos arquitectónicos relacionados con el diseño de la infraestructura que albergará al Museo Nacional del Perú; asimismo en virtud del artículo 2° de la citada Resolución, se delegó en la Dirección General de Museos, la aprobación de las Bases del Concurso, así como la organización, conducción y desarrollo del referido Concurso de Ideas; Que, en cumplimiento de tal delegación, a través de la Resolución Directoral N° 002-2014-DGM-VMPCIC/MC del 30 de mayo de 2014, se aprobaron las Bases del Concurso y sus respectivos Anexos, en cuyo artículo IX se determinó que los actos de califi cación y publicación de las propuestas de ideas arquitectónicas ganadoras estarían a cargo de un Jurado compuesto por cinco (5) miembros de reconocida trayectoria con derecho a voto, quienes el día 23 de julio de 2013 darían a conocer su fallo;