Norma Legal Oficial del día 23 de agosto del año 2014 (23/08/2014)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 12

530642
y mecanismos dispuestos por el Capitulo I del citado Decreto de Urgencia N° 058-2011; Que, segun los articulos 9 y 10 del Decreto de Urgencia N° 058-2011, concordados con la Cuarta Disposicion Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 0012012, para la adquisicion de cada bien se formara un Nucleo Ejecutor de Compra, el cual estara conformado, entre otros, por un representante del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, quien desempenara las funciones de tesorero del nucleo ejecutor; Que, en ese contexto, y estando a lo senalado mediante el documento de Visto, corresponde designar al representante del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social que se desempenara como tesorero de los Nucleos Ejecutores de Compra de bicicletas en el MORDAZA de la iniciativa Rutas Solidarias y de kits de educacion inicial para la atencion de ninos de 0 a 2 anos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29792, Ley de Creacion, Organizacion y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social; y su Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2012-MIDIS; SE RESUELVE: Articulo 1.- Designar a la senora MORDAZA MORDAZA Del MORDAZA como representante del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social de los Nucleos Ejecutores de Compra de bicicletas en el MORDAZA de la iniciativa Rutas Solidarias y de kits de educacion inicial para la atencion de ninos de 0 a 2 anos, para que se desempene como tesorera, conforme al Decreto de Urgencia N° 058-2011. Articulo 2.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a los Ministerios de la Produccion y de Educacion, al Fondo de Cooperacion para el Desarrollo Social ­ FONCODES, y a la Oficina de Recursos Humanos de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, para los fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Desarrollo e Inclusion Social 1127804-2

El Peruano Sabado 23 de agosto de 2014

ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014 a favor de determinados Gobiernos Regionales, para financiar el pago de las asignaciones temporales a los profesores comprendidos en la Ley de Reforma Magisterial
DECRETO SUPREMO Nº 245-2014-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el literal b) de la Decima Disposicion Complementaria, Transitoria y Final de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial, establece que el Poder Ejecutivo asegura el financiamiento de la Ley en mencion y garantiza su aplicacion ordenada para tal fin; asimismo, dispone que los montos establecidos por concepto de remuneraciones, asignaciones e incentivos se efectivizan en dos tramos, correspondiendo el MORDAZA Tramo a la implementacion inmediata de las asignaciones e incentivos a partir del 1 de enero de 2014; Que, la Octava Disposicion Complementaria, Transitoria y Final de la citada Ley Nº 29944 dispone, adicionalmente, a las asignaciones establecidas en esa Ley, que los profesores que laboren en el MORDAZA de los MORDAZA MORDAZA, Ene y Mantaro (VRAEM) percibiran una asignacion especial, cuya vigencia, periodicidad y

monto seran fijados por el Poder Ejecutivo a propuesta del Ministerio de Educacion, concordante con la Novena Disposicion Complementaria Final de su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2013-ED; Que mediante Decreto Supremo Nº 014-2014-EF, se establecio la vigencia, caracteristicas, criterios y montos de las Asignaciones por MORDAZA y Ubicacion de Institucion Educativa, asi como la Asignacion Especial por labores en el MORDAZA de los MORDAZA MORDAZA, Ene y Mantaro (VRAEM) en el MORDAZA de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial; Que, la Cuadragesima MORDAZA Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, autoriza al Ministerio de Educacion y a los Gobiernos Regionales, durante el ano fiscal 2014, a implementar lo dispuesto en el literal b) de la Decima Disposicion Complementaria, Transitoria y Final de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial; asimismo, senala que para efecto de lo MORDAZA establecido, el Ministerio de Educacion queda exonerado de las disposiciones legales que se opongan o limiten su aplicacion; Que, el literal a) del articulo 4 de la Ley Nº 30175, Ley para el Financiamiento de Actividades en materia de Salud, Educacion, Trabajo y otros en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014 y dicta otras disposiciones, autoriza al Ministerio de Educacion, durante el ano fiscal 2014, a efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de los gobiernos regionales, hasta por la suma de CUATROCIENTOS NOVENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 490 000 000,00), para la implementacion de, entre otros, lo establecido en la Cuadragesima MORDAZA Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014; senalando que las citadas modificaciones presupuestarias se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el ministro de Economia y Finanzas y el ministro de Educacion, a propuesta de este ultimo; Que, el articulo 64 de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial, asi como el articulo 5 del Decreto Supremo Nº 014-2014-EF, establecen, entre otros, que las referidas asignaciones no tienen caracter remunerativo ni pensionable, no se incorporan a la Remuneracion Integra Mensual ­ RIM del profesor, no forman base del calculo para la asignacion o compensacion por tiempo de servicios o cualquier otro MORDAZA de bonificaciones, asignaciones o entregas, ni estan afectas a cargas sociales; Que, mediante Decreto Supremo Nº 134-2014-EF, se autorizo una transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014 del pliego Ministerio de Educacion, a favor de pliegos Gobiernos Regionales, hasta por la suma de SETENTA Y OCHO MILLONES CUARENTA Y NUEVE MIL SETENTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 78 049 075,00), para financiar el costo diferencial del pago de las Asignaciones Temporales por MORDAZA y Ubicacion de Institucion Educativa, asi como de la Asignacion Especial por labores en el VRAEM, conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 014-2014-EF. Que, mediante Memorandum Nº 1378-2014-MINEDU/ SG-OGA-UPER, la Unidad de Personal de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Educacion determino el costo diferencial anual para el otorgamiento de las Asignaciones Temporales por MORDAZA y Ubicacion de Institucion Educativa, asi como de la Asignacion Especial por labores en el VRAEM, conforme al Decreto Supremo Nº 014-2014-EF, hasta por CINCUENTA Y TRES MILLONES QUINIENTOS VEINTICUATRO MIL OCHOCIENTOS SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 53 524 806,00), a favor de aquellos docentes de determinados Gobiernos Regionales que no fueron considerados en el Decreto Supremo Nº 134-2014-EF; asimismo, la Unidad de Presupuesto de la Secretaria de Planificacion Estrategica de dicho Ministerio, a traves del Informe Nº 243-2014-MINEDU/SPE-UP y el Memorandum Nº 98992014-MINEDU/SPE-UP, senala que en el presupuesto institucional del pliego 010: Ministerio de Educacion, en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios se cuenta con recursos disponibles para ser transferidos a favor de determinados pliegos Gobiernos Regionales para financiar el referido costo diferencial del pago de los conceptos MORDAZA citados; Que, en el MORDAZA de lo indicado en el considerando precedente, mediante Oficio Nº 1389-2014-MINEDU/

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.