Norma Legal Oficial del día 23 de agosto del año 2014 (23/08/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano Sabado 23 de agosto de 2014

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Que, conforme el Articulo 3 de la citada Resolucion Suprema, la Agencia de Promocion de la Inversion ­ PROINVERSION es el organismo ejecutor de la mencionada donacion; Que, el Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno de la Republica Federal de Alemania han acordado que los recursos remanentes del indicado aporte financiero no reembolsable MORDAZA utilizados para financiar, adicionalmente, otros servicios de expertos a ser ejecutados por otras entidades del sector publico peruano, y que MORDAZA partes acuerden mutuamente; Que, en consecuencia, al ampliarse el ambito de entidades del sector publico que pueden acceder a los recursos provenientes del aludido aporte financiero no reembolsable, tales entidades constituiran los organismos ejecutores del mismo; Que, en tal sentido, se requiere modificar los Articulos 2 y 3 de la Resolucion Suprema Nº 199-2002-RE y autorizar a suscribir la respectiva enmienda al Contrato de Aporte Financiero No Reembolsable, suscrito el 16 de MORDAZA de 2002 entre el Gobierno de la Republica Federal de Alemania y el Gobierno de la Republica del Peru; Que, de acuerdo con la Decimo MORDAZA Disposicion Final Complementaria del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 008-2014-EF, la programacion, gestion, negociacion, aprobacion, suscripcion y registro de las cooperaciones internacionales no reembolsables, de caracter tecnico y financiero, ligadas a operaciones de endeudamiento publico, que se otorguen a favor del Estado Peruano y cuya ejecucion corresponda al gobierno nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales, fondos contravalor, fondos, entre otros, estan a cargo del Ministerio de Economia y Finanzas; Que, considerando que el acotado aporte financiero no reembolsable esta ligado a operaciones de endeudamiento externo, el mismo se encuentra dentro del ambito de competencia del Ministerio de Economia y Finanzas; De conformidad con lo establecido en el inciso 8 del Articulo 118 de la Constitucion Politica del Peru, y el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 008-2014-EF; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1.- Modifiquese el Articulo 2 de la Resolucion Suprema Nº 199-2002-RE, de acuerdo al siguiente tenor: "Articulo 2.- Aceptar el aporte financiero no reembolsable que otorgara el Gobierno de la Republica Federal de Alemania a favor del Gobierno de la Republica del Peru, hasta por la suma de EUR 2 556 459,40 (DOS MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE Y 40/100 EUROS), para el Fondo de Estudios y Expertos V con el objeto de financiar la elaboracion de estudios; para otros trabajos de expertos ("Servicios de Expertos") relacionados con la preparacion y el acompanamiento de procesos de participacion del sector privado; asi como para otros servicios de expertos a ser ejecutados por otras entidades del sector publico peruano, que MORDAZA partes acuerden mutuamente, en las condiciones establecidas en el Contrato de Aporte Financiero No Reembolsable.". Articulo 2.- Modifiquese el Articulo 3 de la Resolucion Suprema Nº 199-2002-RE, de acuerdo al siguiente tenor: "Articulo 3.- Los organismos ejecutores del aporte financiero no reembolsable que se acepta en el Articulo 2 de esta Resolucion Suprema seran las entidades del sector publico peruano que el Gobierno de la Republica Federal de Alemania y el Gobierno de la Republica del Peru mutuamente acuerden.". Articulo 3.- Autorizar al Ministro de Economia y Finanzas, o a quien el designe, a suscribir la respectiva enmienda al Contrato de Aporte Financiero No Reembolsable de fecha 16 de MORDAZA de 2002; asi como al Director General de la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico a suscribir los documentos que se requieran para implementar lo dispuesto en esta resolucion.

Que, resulta necesario formalizar la aceptacion de la referida cooperacion tecnica no reembolsable y autorizar la suscripcion del Convenio que la implementa; De conformidad con lo dispuesto en la Decimo MORDAZA Disposicion Complementaria y Transitoria del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-EF; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1.- Aceptar la cooperacion tecnica no reembolsable a ser otorgada por la Corporacion MORDAZA de Fomento - CAF a la Republica del Peru hasta por la suma de US$ 250 000,00 (DOSCIENTOS CINCUENTA MIL Y 00/100 DOLARES AMERICANOS), para financiar parcialmente los estudios de pre-inversion del Proyecto "Ampliacion y Mejoramiento de los Sistemas de Agua Potable y Alcantarillado de los Sectores 311, 313, 330, 310, 312, 314, 300, 307, 319, 324 y 301- Nueva Rinconada en los Distritos de San MORDAZA de Miraflores y MORDAZA MORDAZA del Triunfo", cuya ejecucion estara a cargo de la empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de MORDAZA ­ SEDAPAL. Articulo 2.- Autorizar al Ministro de Economia y Finanzas, o a quien el designe, a suscribir el Convenio que implemente la cooperacion tecnica no reembolsable referida en el Articulo 1 de la presente Resolucion Suprema; asi como al Director General de la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico a suscribir los documentos que se requieran para implementar el citado Convenio. Articulo 3.- El Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico, traspasara a la empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de MORDAZA ­ SEDAPAL los recursos provenientes de la Cooperacion Tecnica No Reembolsable que se acepta en el Articulo 1 de la presente Resolucion Suprema, mediante un Convenio de Traspaso de Recursos, en el cual se fijaran las condiciones del aludido traspaso. Dicho Convenio sera aprobado por Resolucion Ministerial de Economia y Finanzas. Articulo 4.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas 1127806-3

Modifican R.S. Nº 199-2002-RE mediante la cual se acepto donacion otorgada por el Gobierno de la Republica Federal de Alemania para el "Fondo de Estudios de Expertos V"
RESOLUCION SUPREMA Nº 041-2014-EF MORDAZA, 22 de agosto de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante el Articulo 2 de la Resolucion Suprema Nº 199-2002-RE, se acepto la donacion otorgada por el Gobierno de la Republica Federal de Alemania, al Gobierno de la Republica del Peru, hasta por la suma de EUR 2 556 459,40 (DOS MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE Y 40/100 EUROS) para el "Fondo de Estudios de Expertos V" con el objeto de financiar la elaboracion de estudios, asi como para otros trabajos de expertos ("Servicios de Expertos") relacionados con la preparacion y el acompanamiento de procesos de participacion del sector privado, en las condiciones establecidas en el respectivo Contrato de Aporte Financiero No Reembolsable, el mismo que fue suscrito con fecha 16 de MORDAZA de 2002;

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