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El Peruano Sábado 23 de agosto de 2014 530651 Que, mediante Resolución Ministerial N° 210-2012-TR de fecha 27 de agosto de 2012, se designó al ingeniero José Ernesto Montalva De Falla, Jefe de la Ofi cina General de Administración, como representante titular del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, ante el Consejo de Administración del Fondo de Garantía para Préstamos a la Pequeña Industria - FOGAPI; Que, mediante Resolución Ministerial N° 032-2014- TR, se acepta la renuncia formulada por el señor José Ernesto Montalva De Falla, al cargo de Jefe de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, en atención a las consideraciones expuestas y por convenir al servicio, corresponde dar por concluida la designación otorgada y designar al nuevo representante titular del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, ante el Consejo de Administración del Fondo de Garantía para Préstamos a la Pequeña Industria - FOGAPI; Con la visación del Jefe de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 4 de la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el numeral 8) del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 004-2014-TR; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la designación del señor JOSE ERNESTO MONTALVA DE FALLA, ante el Consejo de Administración del Fondo de Garantía para Préstamos a la Pequeña Industria – FOGAPI, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar a la señora MARTHA CAROLINA ACOSTA ZARATE, como representante titular del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo ante el Consejo de Administración del Fondo de Garantía para Préstamos a la Pequeña Industria – FOGAPI. Artículo 3.- Remitir copia de la presente resolución, al Consejo de Administración del Fondo de Garantía para Préstamos a la Pequeña Industria – FOGAPI, para los fi nes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. FREDY OTÁROLA PEÑARANDA Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 1127775-1 Aprueban “Directiva que establece precisiones sobre las obligaciones laborales establecidas en el régimen laboral especial de las Trabajadoras y Trabajadores del Hogar” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 173-2014-TR Lima, 22 de agosto de 2014 VISTOS: El Proveído N° 6315-2014-MTPE/4 de la Secretaría General; el Ofi cio N° 1136-2014-MTPE/2/14 de la Dirección General de Trabajo; el Ofi cio N° 1138- 2014-MTPE/2/16 e Informe N° 14-2014-MTPE/2/16 de la Dirección General de Políticas de Inspección del Trabajo y el Informe N° 848-2014-MTPE/4/8 de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 27986, Ley de los Trabajadores del Hogar y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 015-2003-TR, regulan el régimen laboral especial de los Trabajadores del Hogar, estableciendo las modalidades de trabajo del hogar, los benefi cios sociales que les corresponde, los derechos y obligaciones de los trabajadores del hogar, así como, de los empleadores y disposiciones relativas a la seguridad social de estos trabajadores; Que, el literal b) del artículo 58 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2014-TR, dispone que la Dirección General de Políticas de Inspección del Trabajo tiene como función específi ca, entre otras, la formulación de normas nacionales y sectoriales, en materia de inspección del trabajo y de capacitación y difusión laboral; Que, la Dirección General de Trabajo mediante Ofi cio N° 1136-2014-MTPE/2/14, manifi esta su conformidad con la aprobación de la Directiva General propuesta por la Dirección General de Políticas de Inspección del Trabajo; Que, el literal a) del numeral 2.1 del artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 124-2012-TR, que establece criterios para el ejercicio de la función normativa y administrativa de los órganos del Ministerio, señala que la función normativa es de naturaleza externa a la entidad, cuando tiene por efecto reconocer derechos o establecer deberes para los empleadores, los trabajadores y ciudadanía en general; Que, el numeral 3.1 del artículo 3 de la norma antes citada, señala que la función normativa externa es de competencia exclusiva del titular de la entidad y que las directivas con tal efecto son aprobadas mediante Resolución Ministerial, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano y en el portal institucional; Que, de acuerdo con el ámbito de aplicación de la Directiva General denominada “Directiva que establece precisiones sobre las obligaciones laborales establecidas en el régimen laboral especial de las Trabajadoras y Trabajadores del Hogar” esta deberá ser aplicada por los empleadores de trabajadoras y trabajadores del hogar, así como por los funcionarios y servidores públicos vinculados con la difusión y supervisión de la legislación laboral; por lo cual, su aprobación debe efectuarse mediante Resolución Ministerial; Que, en mérito a las consideraciones expuestas y a los antecedentes que se acompañan a la presente, la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, mediante Informe N° 848-2014-MTPE/4/8, opina por la procedencia de la aprobación de la Directiva General “Directiva que establece precisiones sobre las obligaciones laborales establecidas en el régimen laboral especial de las Trabajadoras y Trabajadores del Hogar”; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Trabajo, la Dirección General de Trabajo, la Dirección General de Políticas de Inspección del Trabajo y la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con el artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el artículo 11 de la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el inciso b) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2014-TR y el numeral 3.1 del artículo 3 de la Resolución Ministerial N° 124-2012-TR; SE RESUELVE: Artículo 1.- De la aprobación Aprobar la Directiva General N° 001-2014-MTPE/2/14 “Directiva que establece precisiones sobre las obligaciones laborales establecidas en el régimen laboral especial de las Trabajadoras y Trabajadores del Hogar”, la que en anexo adjunto forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- De la publicación Disponer que la presente resolución y su anexo se publiquen en el Portal Institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo: www.trabajo.gob.pe, en la misma fecha de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”, siendo responsable de dicha acción el Jefe de la Ofi cina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. FREDY OTÁROLA PEÑARANDA Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 1127775-2