Norma Legal Oficial del día 23 de agosto del año 2014 (23/08/2014)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano Sabado 23 de agosto de 2014

530635
en el MORDAZA de lo dispuesto en la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1017 modificada por la Ley Nº 29873 y en el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, modificado por Decreto Supremo Nº 138-2012-EF. 1.3. En materia de Procesos Administrativos Disciplinarios: a) Instaurar procesos administrativos disciplinarios a los funcionarios y empleados publicos que se encuentren sujetos a los regimenes laborales comprendidos en el Decreto Legislativo Nº 276, Decreto Legislativo Nº 728 y Decreto Legislativo Nº.1057. b) Instaurar los procesos administrativos disciplinarios que correspondan en el MORDAZA de la Ley Nº 27815, Ley del Codigo de Etica de la Funcion Publica y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 033-2005-PCM. c) Oficializar las sanciones y/o absoluciones determinadas por la Titular de la Entidad en los procedimientos administrativos disciplinarios instaurados, emitiendo la resolucion correspondiente. Las facultades delegadas a la Secretaria General a traves del presente numeral tambien seran ejercidas respecto a las Unidades Ejecutoras 002: MC ­ MORDAZA, 003: MORDAZA Arqueologica Caral, 004: Instituto Nacional de Desarrollo de los Pueblos Andinos, Amazonicos y Afroperuano, 005: Naylamp ­ MORDAZA, 006: Complejo Arqueologico de Chan Chan 007: Marcahuamachuco y 008: Proyectos Especiales. 1.4. En materia de acciones administrativas:

administrativas de resolucion y gestion que no MORDAZA propias de dicho cargo; Con el visado de la Secretaria General, de la Directora de la Oficina de Administracion, actualmente Oficina General de Administracion, del Director de la Oficina de Planificacion y Presupuesto, actualmente Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, del Director (e) de la Oficina General de Recursos Humanos y del Director General de la Oficina General de Asesoria Juridica, y; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; la Ley N°.29565, Ley de creacion del Ministerio de Cultura; la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014; el Decreto Legislativo Nº.1017, Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF; el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº.304-2012-EF; el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N°.005-2013-MC; la Resolucion Jefatural Nº 019-82-INAP/DIGESNAP; y, la Directiva de Tesoreria Nº 001-2007-EF/77.15; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Delegar en la Secretaria General del Ministerio de Cultura, durante el Ejercicio Fiscal 2014, las siguientes facultades correspondientes a la Unidad Ejecutora 001: Administracion General del Pliego 003: Ministerio de Cultura: 1.1. En Materia Presupuestaria: a) Aprobar directivas internas, circulares y/o manuales, asi como todo documento de caracter normativo que permita la racionalizacion del gasto y el manejo adecuado de los recursos asignados por toda Fuente de Financiamiento durante la ejecucion presupuestaria del Ejercicio Fiscal 2014, pudiendo dictar medidas complementarias que resulten necesarias, a excepcion de aquellas que correspondan a la Oficina General de Administracion o a las que MORDAZA sus veces en las Unidades Ejecutoras del Pliego 003: Ministerio de Cultura, conforme a las disposiciones que dicta la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico. b) Aprobar y/o formalizar las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programatico que correspondan al Titular del Pliego 003: Ministerio de Cultura, debidamente sustentado por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, asi como la suscripcion de formatos, fichas y documentacion que tenga incidencia presupuestaria. c) Aprobar el Plan Operativo Institucional del Ministerio de Cultura y sus respectivas modificatorias. d) Autorizar las transferencias financieras al Comite de Administracion del Fondo de Asistencia y Estimulo CAFAE de la entidad. Las facultades delegadas a la Secretaria General a traves del presente numeral tambien seran ejercidas respecto a las Unidades Ejecutoras 002: MC ­ MORDAZA, 003: MORDAZA Arqueologica Caral, 004: Instituto Nacional de Desarrollo de los Pueblos Andinos, Amazonicos y Afroperuano, 005: Naylamp ­ MORDAZA, 006: Complejo Arqueologico de Chan Chan, 007: Marcahuamachuco y 008: Proyectos Especiales. 1.2. En materia de Contrataciones del Estado: a) Resolver los recursos de apelacion interpuestos en los procesos de seleccion de Adjudicacion Directa Selectiva y Adjudicacion de Menor Cuantia, realizados en el MORDAZA de lo dispuesto en la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1017 modificada por la Ley Nº 29873 y en el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, modificado por Decreto Supremo Nº 138-2012-EF. b) Aprobar el Plan Anual de Contrataciones, asi como sus modificatorias. c) Autorizar los procesos de estandarizacion. d) Conformar o designar a los Comites o Comisiones encargadas de la entrega y recepcion de obras realizados

a) Aprobar el Presupuesto Analitico de Personal ­ PAP del Ministerio de Cultura. b) Suscribir contratos de auditoria externa para la Entidad. c) Suscribir contratos de consultoria derivados de Convenios de Cooperacion Tecnica Internacional No Reembolsable u otros instrumentos de igual naturaleza. d) Designar a los titulares y suplentes del manejo de las cuentas bancarias de las Unidades Ejecutoras del Pliego 003: Ministerio de Cultura. e) Representar al Ministerio de Cultura ante cualquier MORDAZA de autoridades y/o dependencias administrativas para iniciar y proseguir procedimientos, formular solicitudes y/o presentar escritos de caracter administrativo, desistirse; y, en general, emitir e implementar los actos y actuaciones que no MORDAZA privativas del Titular de la Entidad conforme a la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; exceptuado las solicitudes, actos y tramites a realizarse ante la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos (SUNARP). f) Suscribir la documentacion concerniente al MORDAZA para la contratacion de consultores del Ministerio de Cultura, a traves del Fondo de Apoyo Gerencial ­ FAG, tales como terminos de referencia, contrato de locacion de servicios, adendas y todo lo que se encuentre indicado en el Decreto Ley N° 25650, asi como en los "Lineamientos para la Administracion de Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Publico", aprobados por Resolucion Ministerial N° 374-2013-EF/10. g) Otorgar Garantias Nominales a satisfaccion de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracion Tributaria ­ SUNAT, en forma solidaria, incondicional, indivisible, irrevocable y sin beneficio de excusion, con la finalidad de asegurar el cumplimiento de las obligaciones aduaneras que originen instituciones publicas o privadas, para la importacion o internamiento temporal de obras de arte o bienes culturales que vayan a ser exhibidas en el Peru y otros bienes muebles que MORDAZA de importancia para el cumplimiento de las funciones y competencias asignadas al Ministerio de Cultura. h) Resolver los recursos de apelacion que se interpongan contra los actos administrativos emitidos por la Oficina General de Recursos Humanos en relacion a las materias descritas en los literales a), b), d) y f) del articulo 3 de la presente Resolucion. 1.5. En materia de proyectos de inversion publica: a) Autorizar la elaboracion de expedientes tecnicos o estudios definitivos y la ejecucion de los Proyectos de Inversion Publica (PIP) declarados viables.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.