Norma Legal Oficial del día 26 de agosto del año 2014 (26/08/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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El Peruano Martes 26 de agosto de 2014

DEFENSA
Autorizan ingreso al territorio nacional de personal militar de EE.UU. y Brasil
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 649-2014-DE/SG MORDAZA, 25 de agosto de 2014 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DSD) Nº 559 del 24 de MORDAZA de 2014, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos MORDAZA, sin MORDAZA de guerra; Que, con Oficio G.500-3237 del 11 de agosto de 2014, el Secretario del Comandante General de la MORDAZA por encargo del Comandante General de la MORDAZA, emite opinion favorable para el ingreso al MORDAZA del personal militar de los Estados Unidos de America; Que, el referido personal militar ingresara a territorio de la Republica, del 21 de setiembre al 4 de octubre de 2014, a fin de brindar apoyo en los trabajos de investigacion que el Centro de Investigacion de Enfermedades Tropicales (NAMRU6); Que, el articulo 5° de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica, modificado por el articulo unico de la Ley Nº 28899 y por el articulo unico de la Ley Nº 30209, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la cantidad de personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la MORDAZA de MORDAZA del Peru; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modificada por la Ley Nº 28899 y la Ley Nº 30209; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica, sin MORDAZA de MORDAZA, a tres (03) militares de los Estados Unidos de MORDAZA, del 21 de setiembre al 4 de octubre de 2014, a fin de que brinden apoyo en los trabajos de investigacion que el Centro de Investigacion de Enfermedades Tropicales (NAMRU6). Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificada por Ley Nº 28899 y Ley Nº 30209. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa 1128028-1

RESOLUCION MINISTERIAL Nº 650-2014-DE/SG MORDAZA, 25 de agosto de 2014 CONSIDERANDO: Que, con Facsimiles (DSD) Nros. 558 y 560 MORDAZA del 24 de MORDAZA de 2014, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos MORDAZA, sin MORDAZA de guerra; Que, con Oficio G.500-3056 del 31 de MORDAZA de 2014, el Secretario del Comandante General de la MORDAZA por encargo del Comandante General de la MORDAZA, emite opinion favorable para el ingreso al MORDAZA del personal militar de los Estados Unidos de America; Que, el referido personal militar ingresara a territorio de la Republica, del 28 de agosto al 30 de setiembre de 2014, a fin de participar en un entrenamiento en el Centro de Investigacion de Enfermedades Tropicales (NAMRU-6); asi como visitar hospitales e instituciones colaboradoras; Que, el articulo 5° de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica, modificado por el articulo unico de la Ley Nº 28899 y por el articulo unico de la Ley Nº 30209, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la cantidad de personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la MORDAZA de MORDAZA del Peru; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modificada por la Ley Nº 28899 y la Ley Nº 30209; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica, sin MORDAZA de MORDAZA, a fin que participen en un entrenamiento en el Centro de Investigacion de Enfermedades Tropicales (NAMRU-6); asi como visiten hospitales e instituciones colaboradoras. - Un (01) militar de los Estados Unidos de MORDAZA, del 28 de agosto al 24 de setiembre de 2014. - Un (01) militar de los Estados Unidos de MORDAZA, del 1 al 30 de setiembre de 2014. Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificada por Ley Nº 28899 y Ley Nº 30209. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa 1128028-2

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