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El Peruano Martes 26 de agosto de 2014 530915 VISTO: El expediente Nº 22113-2014, que contiene el Ofi cio Nº 008-2014-DGOGIS/INS de fecha 15 de agosto de 2014, presentada por el Médico Javier Roger Raúl Vargas Herrera, por el cual formula renuncia al cargo de Director General de la Ofi cina General de Información y Sistemas, Nivel F-4 del Instituto Nacional de Salud, y; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Jefatural Nº 318-2011-J- OPE/INS de fecha 04 de noviembre de 2011, se designó a partir del 10 de noviembre de 2011, al Médico Javier Roger Raúl Vargas Herrera, en el cargo de Director General de la Ofi cina General de Información y Sistemas, Nivel F-4 del Instituto Nacional de Salud; Que, el citado profesional mediante el documento de visto ha presentado su renuncia al cargo de Director General de la Ofi cina General de Información y Sistemas, Nivel F-4 del Instituto Nacional de Salud, cargo califi cado como de confi anza, por lo que resulta necesario aceptar la renuncia y designar al profesional que ocupará dicho cargo; Que, la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29849, Ley que establece la eliminación progresiva del Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios, regulado mediante el Decreto Legislativo Nº 1057 y otorga derechos laborales, señala que el personal establecido en los numerales 1), 2), e inciso a) del numeral 3) del artículo 4º de la Ley 28175, Ley Marco del Empleo Público, contratado por el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo 1057, está excluido de las reglas establecidas en el artículo 8º de dicho Decreto Legislativo. Este personal sólo puede ser contratado para ocupar una plaza orgánica contenida en el Cuadro de Asignación de Personal - CAP de la entidad; Que, resulta necesario emitir el acto resolutivo de designación, en el cargo de confi anza de Director General de la Ofi cina General de Información y Sistemas del Instituto Nacional de Salud, considerando que ocupará una plaza orgánica contenida en el Cuadro para Asignación de Personal, aprobado por la Resolución Suprema Nº 042- 2013-SA, y que mediante la Resolución Jefatural Nº 033- 2014-J-OPE/INS, se aprobó el reordenamiento del CAP, en dicho CAP el cargo mencionado se encuentra con Cód. Nº 168 y código 131 07 00 2, Clasifi cación EC del Instituto Nacional de Salud; Con las visaciones del Sub Jefe y de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo establecido en el artículo 77º del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90- PCM; en el artículo 7º de la Ley 27594 Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos, en el Decreto Legislativo Nº 1057, que regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios, en su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 075- 2008-PCM y sus modifi catorias; y en uso de las facultades establecidas en el literal h) del artículo 12º del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2003-SA; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia a partir del 26 de agosto de 2014, del Médico Javier Roger Raúl Vargas Herrera, al cargo de Director General de la Ofi cina General de Información y Sistemas, Nivel F-4 del Instituto Nacional de Salud, dándosele las gracias por los servicios prestados a la Institución. Artículo 2º.- Designar a partir del 26 de agosto de 2014, al Magíster en Informática José Luis Segovia Juárez, en el cargo de Director General de la Ofi cina General de Información y Sistemas del Instituto Nacional de Salud. Artículo 3º.- Encárguese a la Ofi cina General de Información y Sistemas, la actualización del Directorio Institucional que aparece en la Página Web www.ins.gob. pe, en atención a lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo 4º.- Notifi car la presente Resolución a los interesados, a la Ofi cina Ejecutiva de Personal, al Órgano de Control Institucional y a todas las unidades orgánicas de la Institución. Regístrese, comuníquese y publíquese. ERNESTO BUSTAMANTE DONAYRE Jefe 1128292-1 SEGURO INTEGRAL DE SALUD Aprueban Transferencia Financiera Preliquidadora a favor del Instituto Nacional de Salud del Niño - San Borja RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 180-2014/SIS Lima, 20 de agosto de 2014 VISTOS: El Informe N° 030-2014-SIS-GNF-SGLP con Proveído Nº 226-2014-SIS-GNF de la Gerencia de Negocios y Financiamiento sobre la Programación de Transferencia a la Unidad Ejecutora 1584 Instituto Nacional de Salud del Niño - San Borja por los servicios de salud brindados a los afi liados a los Regímenes de Financiamiento del Seguro Integral de Salud, el Memorando N° 360-2014-SIS/OGPPDO de la Ofi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional y el Informe N° 040-2014-SIS/OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, establece los principios así como los procesos y procedimientos que regulan el Sistema Nacional de Presupuesto a que se refi ere el artículo 11° de la Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, en concordancia con los artículos 77º y 78º de la Constitución Política del Perú; Que, en los numerales 12.1 y 12.2 del artículo 12° de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, se dispone la autorización de las Transferencias Financieras durante el Año Fiscal 2014, entre entidades del Gobierno Nacional, entre las que está considerada el Seguro Integral de Salud, aprobándose por Resolución del Titular del Pliego, la misma que debe ser publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano”; Que, el artículo 4° del Decreto Legislativo N° 1163, Decreto Legislativo que aprueba Disposiciones para el Fortalecimiento del Seguro Integral de Salud, establece que la transferencia de fondos o pagos que efectúe el Seguro Integral de Salud requiere la suscripción obligatoria de un convenio o contrato, pudiendo tener una duración de hasta tres (3) años renovables, de igual modo, dispone que en los convenios que se suscriba con las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud públicas podrá establecerse diferentes modalidades o mecanismos de pago; Que, conforme a lo establecido en la Resolución Ministerial Nº 226-2011/MINSA, que sustituye los Anexos “Tarifario del Seguro Integral de Salud para los Componentes Subsidiado y Semisubsidiado” y “Defi niciones Operacionales”, aprobados por la Resolución Ministerial Nº 240-2009/MINSA, el prestador deberá reponer el 100% del consumo reportado; Que, con Resolución Ministerial N° 910-2011/MINSA, se modifi ca el numeral 1 del acápite V.2 Del Proceso de Pago de las Prestaciones de la Directiva Administrativa N° 112-MINSA/SIS-V.01, aprobada por Resolución