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El Peruano Miércoles 27 de agosto de 2014 530967 se efectúan con cargo al presupuesto de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes aéreos : US$ 2,035.20 Viáticos (3 días) : US$ 1,320.00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el citado funcionario debe presentar ante el Titular del Sector un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. En el mismo plazo deberá realizar la rendición de cuentas respectiva. Artículo 4.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros, cualesquiera fuese su clase o denominación, a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas 1128050-2 Modifican Índices de Distribución del Fondo de Compensación Municipal - FONCOMUN de la provincia de Huanta del departamento de Ayacucho del Año Fiscal 2014 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 272-2014-EF/11 Lima, 22 de agosto de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 060-2014- EF/15 se aprobó los índices de distribución del Fondo de Compensación Municipal - FONCOMUN para el año fi scal 2014, conforme al Anexo que forma parte de la referida Resolución Ministerial; Que, mediante el artículo 1 de la Ley N° 30221 se creó, en la provincia de Huanta del departamento de Ayacucho, el distrito de Uchuraccay, cuya capital es Huaynacancha; Que, la Ley N° 27555, Ley que autoriza la reasignación y aplicación de recursos en los nuevos distritos creados, autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas a reasignar los recursos del Fondo de Compensación Municipal - FONCOMUN a los nuevos distritos creados, estableciendo que dicha reasignación implica la modifi cación de los índices de distribución y transferencia de los montos que correspondan a cada circunscripción resultante; Que, el Reglamento de la Ley N° 27555, que autoriza la Reasignación y Aplicación de Recursos en los Nuevos Distritos Creados o por Crearse, aprobado por el Decreto Supremo N° 031-2002-EF, dispone que los índices de distribución recalculados para los nuevos distritos y para los distritos de origen serán aprobados mediante resolución ministerial expedida por el Ministerio de Economía y Finanzas, en función a la información que proporcione el Instituto Nacional de Estadística e Informática – INEI y otras dependencias responsables; Que, el literal b) del numeral 15.5 del artículo 15 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, en concordancia con lo dispuesto en la Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 117-2014-EF, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, establece que los índices de distribución del FONCOMUN son aprobados por el Ministerio de Economía y Finanzas mediante resolución ministerial, sobre la base de los cálculos que para tal efecto formule la Dirección General de Presupuesto Público de este Ministerio, considerando los criterios establecidos en el marco legal correspondiente; Que, sobre la base de la información proporcionada por el Instituto Nacional de Estadística e Informática mediante Ofi cio N° 886-2014-INEI/DTDIS, la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas ha efectuado los cálculos correspondientes para la modifi cación de los Índices de Distribución del Fondo de Compensación Municipal – FONCOMUN de la provincia de Huanta del departamento de Ayacucho del año fi scal 2014, aprobados mediante la Resolución Ministerial N° 060-2014-EF/15; Que, en virtud de lo señalado en los considerandos precedentes, resulta necesario modifi car los Índices de Distribución del FONCOMUN de los distritos de la provincia de Huanta del departamento de Ayacucho correspondientes al Año Fiscal 2014; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27555, su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 031- 2002-EF, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF, el Decreto Supremo N° 117-2014-EF y la Ley N° 30221; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modifi car los Índices de Distribución del Fondo de Compensación Municipal - FONCOMUN, correspondientes al Año Fiscal 2014, aprobados mediante Resolución Ministerial N° 060-2014-EF/15, a fi n de incorporar en la distribución de la provincia de Huanta del departamento de Ayacucho, al distrito de Uchuraccay, conforme al Anexo que forma parte de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- La presente Resolución Ministerial y su respectivo Anexo serán publicados en el Diario Ofi cial El Peruano y en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas ANEXO ÍNDICES DE DISTRIBUCIÓN DEL FONDO DE COMPENSACIÓN MUNICIPAL AÑO FISCAL 2014 UBI- GEO DEPARTA- MENTO PROVIN- CIA DISTRITO SERIE A SERIE B SERIE C RECAUDACIÓN < 335 S/ Millones RECAUDACIÓN = 335 < 373 S/ Millones RECAUDACIÓN = > 373 S/ Millones Asignación Provincial Asignación Distrital Asignación Total Asignación Provincial Asignación Distrital Asignación Total Asignación Provincial Asignación Distrital Asignación Total 050401 AYACUCHO HUANTA HUANTA 0.0011709709 0.0012662714 0.0024372423 0.0011739661 0.0011924416 0.0023664078 0.0011747245 0.0012035286 0.0023782531 050402 AYACUCHO HUANTA AYAHUANCO 0.0000000000 0.0006741077 0.0006741077 0.0000000000 0.0007054671 0.0007054671 0.0000000000 0.0007094586 0.0007094586 050403 AYACUCHO HUANTA HUAMANGUILLA 0.0000000000 0.0002467317 0.0002467317 0.0000000000 0.0002544429 0.0002544429 0.0000000000 0.0002558825 0.0002558825 050404 AYACUCHO HUANTA IGUAIN 0.0000000000 0.0001791355 0.0001791355 0.0000000000 0.0001850357 0.0001850357 0.0000000000 0.0001860826 0.0001860826 050405 AYACUCHO HUANTA LURICOCHA 0.0000000000 0.0002548254 0.0002548254 0.0000000000 0.0002613460 0.0002613460 0.0000000000 0.0002628247 0.0002628247 050406 AYACUCHO HUANTA SANTILLANA 0.0000000000 0.0003875080 0.0003875080 0.0000000000 0.0003988821 0.0003988821 0.0000000000 0.0004011390 0.0004011390 050407 AYACUCHO HUANTA SIVIA 0.0000000000 0.0006585944 0.0006585944 0.0000000000 0.0006825601 0.0006825601 0.0000000000 0.0006864221 0.0006864221 050408 AYACUCHO HUANTA LLOCHEGUA 0.0000000000 0.0004620000 0.0004620000 0.0000000000 0.0004739992 0.0004739992 0.0000000000 0.0004766811 0.0004766811 050409 AYACUCHO HUANTA CANAYRE 0.0000000000 0.0001436036 0.0001436036 0.0000000000 0.0001489911 0.0001489911 0.0000000000 0.0001498341 0.0001498341 050410 AYACUCHO HUANTA UCHURACCAY 0.0000000000 0.0002747646 0.0002747646 0.0000000000 0.0002878671 0.0002878671 0.0000000000 0.0002894959 0.0002894959 1128050-3