Norma Legal Oficial del día 27 de agosto del año 2014 (27/08/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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Articulo 4°.- Aplicar el egreso que origine la presente Resolucion a las partidas correspondientes del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Articulo 5°.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. II.- CONDICIONES DE TRABAJO OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA REINEL Ministro de Relaciones Exteriores SEGURO DE MORDAZA

El Peruano Miercoles 27 de agosto de 2014

ambito nacional, recibiran un aumento general sobre su Jornal Basico diario, segun las siguientes categorias: Operario S/. Oficial S/. Peon S/. 3.50 nuevos soles 2.40 nuevos soles 2.10 nuevos soles

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Segundo.- Los empleadores convienen en hacer extensiva la contratacion a favor de sus trabajadores de la POLIZA DE SEGURO ESSALUD + MORDAZA, adicional al seguro complementario por trabajo de riesgo (SCTR), cuando el costo de la obra presupuestada sea mayor a 50 Unidades Impositivas Tributarias (UIT). BONIFICACION POR ALTITUD Tercero.- Los empleadores convienen en elevar el monto de la bonificacion por altitud de S/ 1.00 a S/ 1.80 por dia laborado, a todos los trabajadores que presten servicios en obras o centros de trabajos ubicados a partir de los tres mil metros sobre el nivel del mar. Esta bonificacion sera entregada en tanto se mantenga la citada condicion de trabajo, y no sera computable para el calculo de la indemnizacion por tiempo de servicios, gratificaciones, vacaciones ni beneficios sociales. PAGO POR TRABAJO EN FERIADOS Cuarto.- Los empleadores acuerdan en otorgar a los trabajadores que laboren en dias feriados una Asignacion Especial equivalente al diez por ciento (10%), de la Bonificacion Unificada de la Construccion (BUC) y del diez por ciento (10%) de la Bonificacion por Alta Especializacion (BAE) a la ocupacion que corresponda. Esta Asignacion Especial no sera computable para el calculo de la indemnizacion por tiempo de servicios, gratificaciones, vacaciones ni beneficios sociales. Los dias feriados a los cuales es aplicable esta Asignacion Especial, sin que sea aplicable a cualquier otro feriado local o regional, son los siguientes: · Ano MORDAZA (01 de Enero) · Viernes MORDAZA · Dia del Trabajo (01 de Mayo) · MORDAZA Patrias (28 de Julio) · Dia de los Trabajadores de Construccion Civil (25 de Octubre) · Navidad del Senor (25 de Diciembre) CERTIFICACION CAPACITACION DE COMPETENCIAS Y

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Acta Final de la Negociacion Colectiva en Construccion Civil 2014 - 2015 suscrita entre la Camara Peruana de la Construccion y la Federacion de Trabajadores en Construccion Civil del Peru
(La Resolucion Ministerial de la referencia se publico en la edicion del dia martes 26 de agosto de 2014)

ANEXO - RESOLUCION MINISTERIAL Nº 176-2014-TR
CONVENCION COLECTIVA DE TRABAJO ACTA FINAL DE NEGOCIACION COLECTIVA EN CONSTRUCCION CIVIL 2014 - 2015 Expediente Nº 079-2014-MTPE/2.14 En MORDAZA, a los diecisiete dias del mes de MORDAZA del ano dos mil catorce, siendo las 11:00 horas se reunieron en local Institucional de la Camara Peruana de la Construccion ­ CAPECO, sito en Via Principal 155, Edificio Real III Of. 402, Centro Empresarial Real, San MORDAZA, de una parte en representacion de la Camara Peruana de la Construccion - CAPECO; los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA Plaza MORDAZA Morzan con DNI Nº 08796479, MORDAZA MORDAZA MORDAZA con DNI Nº 08352261, MORDAZA MORDAZA Laynes con DNI Nº 06025593 y MORDAZA MORDAZA MORDAZA con DNI Nº 08550349; de la otra parte los Senores integrantes de la Comision Negociadora de la Federacion de Trabajadores en Construccion Civil del Peru - FTCCP, los senores; MORDAZA MORDAZA MORDAZA con DNI Nº 08044524 Secretario General, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA con DNI Nº 17826805 Secretario de Organizacion, Wilder MORDAZA MORDAZA con DNI Nº 18104542 Secretario de Defensa, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA con DNI Nº 27838806 Secretario de Obras Pesadas, MORDAZA MORDAZA MORDAZA con DNI Nº 08900768 Secretario General del Sindicato de MORDAZA, MORDAZA Ynti MORDAZA con DNI Nº 08359753 Secretario General del Sindicato de Los Balnearios del Sur, MORDAZA MORDAZA MORDAZA con DNI Nº 21136573 Secretario General de la Seccional Regional MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Duque con DNI Nº 02616875 Secretario General de la Seccional Regional MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA con DNI Nº 05286634 Secretario General del Sindicato de MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA con DNI Nº 26704302 Secretario General de la Seccional Regional MORDAZA, con el objeto de dejar MORDAZA de los acuerdos correspondientes a la Negociacion Colectiva por MORDAZA de Actividad en Construccion Civil del ano 2014-2015, que corre en el Expediente Nº 079-2014MTPE/2.14.,dentro de los alcances del Texto Unico Ordenado del Decreto Ley Nº 25593 ­Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo-, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2003-TR y su Reglamento Decreto Supremo Nº 011-92-TR, de acuerdo al siguiente resultado: I.- INCREMENTO DE REMUNERACIONES: Primero: Las partes acuerdan que, a partir del 1º de junio del 2014, los trabajadores en construccion civil del

Quinto.- La FTCCP y CAPECO, reconocen la importancia de la certificacion de competencias y capacitacion de los trabajadores en construccion civil, que otorga SENCICO en el MORDAZA de su competencia organica y funcional. Por tanto, MORDAZA partes se comprometen en solicitar a dicha Institucion en forma conjunta y a traves de sus directores representantes, que anualmente el 20% del monto total recaudado por aportes de las empresas constructoras sea directamente destinado al Programa de Certificacion Ocupacional y de Competencias (COCO); y, que con cargo a los mismos aportes, el subsidio en los cursos de capacitacion de los trabajadores operativos de la construccion sea el equivalente al 90% de su costo III.- OTROS PUNTOS: VIGENCIA: La presente convencion colectiva a nivel de MORDAZA de actividad, tiene la vigencia de un ano, a partir del primero de junio del dos mil catorce, siendo de aplicacion a todos los trabajadores en construccion civil del ambito nacional que laboren en obras de construccion civil publicas o privadas, con excepcion de lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 727. REINTEGROS: Una vez que el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica - INEI, fije los indices o porcentajes

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