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El Peruano Miércoles 27 de agosto de 2014 530979 innovación, emprendimiento y fi nanciamiento de la PYME; Que, la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y fi nancieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú; Que, al enmarcarse dentro del supuesto de excepción antes detallado, conforme al análisis técnico efectuado por la Dirección General de Desarrollo Productivo, en el numeral 2.3 del Informe N° 072-2014-PRODUCE/DVMYPE- I/DIGEDEPRO, y considerando los itinerarios que obran en los antecedentes, resulta conveniente autorizar el viaje de la señora Carmen Luisa Bedoya Eyzaguirre y de la señora Aida Silvia Borda Requena de Romero, a la ciudad de Nanjing, República Popular China, del 29 de agosto al 07 de septiembre de 2014; Con el visado del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria y de las Ofi cinas Generales de Planeamiento y Presupuesto, de Administración, y de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30114, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus modifi catorias; el Decreto Legislativo N° 1047, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; la Resolución Ministerial N° 343-2012-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; y, la Resolución Ministerial Nº 296-2009-PRODUCE, que aprueba la Directiva Nº 007-2009-PRODUCE - Directiva de Procedimientos para las Autorizaciones de Viajes al Exterior en el Ministerio de la Producción; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de la señora CARMEN LUISA BEDOYA EYZAGUIRRE, Asesora del Despacho Ministerial y de la señora AIDA SILVIA BORDA REQUENA DE ROMERO, Experta en Programa Sectorial I de la Dirección de Estudios Económicos de MYPE e Industria de la Dirección General de Estudios Económicos, Evaluación y Competitividad Territorial del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria del Ministerio de la Producción, a la ciudad de Nanjing, República Popular China, del 29 de agosto al 07 de septiembre de 2014, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial, serán cubiertos con cargo al Pliego Presupuestal del Ministerio de la Producción, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes aéreos US $ 14,350.68 Viáticos US $ 7,000.00 ---------------------- TOTAL US $ 21,350.68 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, las funcionarias señaladas en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, deberán presentar al Titular del Sector, con copia a las Ofi cinas Generales de Planeamiento y Presupuesto y de Recursos Humanos, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos; así como la rendición de cuentas de acuerdo a ley. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. PIERO EDUARDO GHEZZI SOLÍS Ministro de la Producción 1129075-1 RELACIONES EXTERIORES Nombran Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República Popular China RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 145-2014-RE Lima, 26 de agosto de 2014 De conformidad con el inciso 12) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú, que establece la facultad del señor Presidente de la República de nombrar Embajadores y Ministros Plenipotenciarios, con aprobación del Consejo de Ministros, con cargo a dar cuenta al Congreso de la República; Estando a lo dispuesto en la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y su modifi catoria la Ley Nº 29318; y su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE y sus modifi catorias; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Nombrar Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República Popular China al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Juan Carlos Capuñay Chávez. Artículo 2º.- Extenderle las Cartas Credenciales y Plenos Poderes correspondientes. Artículo 3º.- La fecha en que el citado funcionario diplomático deberá asumir funciones, será fi jada mediante Resolución Ministerial. Artículo 4º.- Aplicar el egreso que origine la presente Resolución a las partidas correspondientes del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República GONZALO GUTIÉRREZ REINEL Ministro de Relaciones Exteriores 1129078-3 Nombran Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Nicaragua RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 146-2014-RE Lima, 26 de agosto de 2014 De conformidad con el inciso 12) del artículo 118° de la Constitución Política del Perú, que establece la facultad del señor Presidente de la República de nombrar Embajadores y Ministros Plenipotenciarios, con aprobación del Consejo de Ministros, con cargo a dar cuenta al Congreso de la República; Estando a lo dispuesto en la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y su modifi catoria la Ley N° 29318; y su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE y sus modifi catorias; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Nombrar Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Nicaragua al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Alfredo José Castro Pérez-Canetto. Artículo 2°.- Extenderle las Cartas Credenciales y Plenos Poderes correspondientes. Artículo 3°.- La fecha en que el citado funcionario diplomático deberá asumir funciones, será fi jada mediante Resolución Ministerial.