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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE AGOSTO DEL AÑO 2014 (27/08/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 17

El Peruano Miércoles 27 de agosto de 2014 530975 8. Fecha de la operación (dd/mm/aa) 9. Fecha valor (dd/mm/aa) 10. Fecha de vencimiento (dd/mm/aa) 11. Porcentaje de castigo 12. Plazo mínimo 13. Margen de garantía acumulado 14. Tasa efectiva anual (0.0000%) 15. Clasifi cación del instrumento involucrado ANEXO 3 Información de Pasivos Financieros El detalle de información mínima de cada operación pasiva realizada que deberá ser registrado es el siguiente: a) Adeudos por Préstamos 1. Entidad acreedora 2. País del acreedor 3. Monto inicial del préstamo 4. Moneda 5. Tipo de tasa 6. Tasa de interes efectiva anual (0.0000%) 7. Tipo de tasa variable 8. Fecha de operación (dd/mm/aa) 9. Plazo 10. Fecha de vencimiento (dd/mm/aa) 11. Frecuencia de pago de intereses 12. Frecuencia de pago del principal 13. Monto intereses (devengados o pagados en el periodo) 14. Monto amortización del principal 15. Saldo adeudado 16. Monto penalidad 17. Monto garantía 18. Moneda de la garantía b) Valores Emitidos 1. Entidad acreedora 2. Tipo de instrumento 3. Agente estructurador o colocador 4. Nemónico 5. Moneda 6. Clasifi cación de riesgo crediticio del instrumento 7. Opcionalidad 8. Tipo de tasa 9. Fecha de emisión (dd/mm/aa) 10. Plazo (días) 11. Fecha de vencimiento (dd/mm/aa) 12. Valor facial del instrumento 13. Número de instrumentos emitidos 14. Costos directos incurridos en la emisión 15. Precio de emisión (%) 16. Cupón (0.0000%) 17. TIR de emisión (0.0000%) 18. Frecuencia de pagos de intereses 19. Frecuencia de amortización del principal 20. Monto devengado del cupón 21. Monto amortizado del principal 22. Saldo adeudado c) Operaciones de reporte pasivas 1. Contraparte 2. Tipo del principal (dinero/valores) 3. Nemónico 4. Número de instrumentos 5. Valor facial de instrumentos 6. Valor total de instrumentos a la fecha del reporte 7. Moneda 8. Fecha de la operación (dd/mm/aa) 9. Fecha valor (dd/mm/aa) 10. Fecha de vencimiento (dd/mm/aa) 11. Porcentaje de castigo 12. Plazo mínimo 13. Margen de garantía acumulado 14. Tasa efectiva anual (0.0000%) 15. Clasifi cación del instrumento involucrado 1129074-1 ENERGIA Y MINAS Imponen servidumbre de ocupación sobre bienes de propiedad privada a favor de concesión definitiva de distribución de la que es titular Luz del Sur S.A.A. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 362-2014-MEM/DM Lima, 13 de agosto de 2014 VISTO: El Expediente Nº 31206808, organizado por Luz del Sur S.A.A., persona jurídica inscrita en la Partida Nº 11008689 del Registro de Personas Jurídicas de la Ofi cina Registral de Lima y Callao, sobre solicitud de imposición de servidumbre de ocupación sobre bienes de propiedad privada, indispensable para la instalación de la Subestación Eléctrica de Distribución Compacta Pedestal para Servicio Público de Electricidad Nº 7979; CONSIDERANDO: Que, Luz del Sur S.A.A., titular de la concesión defi nitiva para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica en mérito de la Resolución Suprema Nº 107-96-EM, publicada el 30 de noviembre de 1996, solicitó imposición de la servidumbre de ocupación sobre bienes de propiedad privada, indispensables para la instalación de la Subestación de Distribución Eléctrica Compacta Pedestal para Servicio Público de Electricidad Nº 7979, ubicada en la calle Camino de los Incas (antes calle Uranmarca), colindante con el Lote 11, Mz. LL, propiedad de la Cooperativa de Vivienda Los Chancas de Andahuaylas LTDA., distrito de Santa Anita, provincia y departamento de Lima, según las coordenadas UTM (PSAD 56) que fi guran en el Expediente; Que, en aplicación del artículo 118 del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y el artículo 229 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, Luz del Sur S.A.A. cumplió con consignar judicialmente el pago por concepto de servidumbre; Que, la petición se encuentra amparada por el artículo 110 y siguientes de la Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verifi cado que la concesionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe Nº 326-2014-DGE-DCE; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y el visto bueno del Vice Ministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1.- Imponer, con carácter permanente, a favor de la concesión defi nitiva de distribución de la que es titular Luz del Sur S.A.A., la servidumbre de ocupación sobre bienes de propiedad privada, para la instalación de la Subestación de Distribución Eléctrica Compacta Pedestal para Servicio Público de Electricidad Nº 7979, ubicada en la calle Camino de los Incas (antes calle Uranmarca), colindante con el Lote 11, Mz. LL, propiedad de la Cooperativa de Vivienda Los Chancas de Andahuaylas LTDA., distrito de Santa Anita, provincia y departamento de Lima, de acuerdo a la documentación técnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme con el siguiente cuadro: Expediente Descripción de la Servidumbre Área de Servidumbre Tipo de Propiedad Tipo de Terreno 31206808 Subestación de Distribución Eléctrica Nº 7979 Ubicación: distrito de Santa Anita, provincia y departamento de Lima Área: servidumbre de ocupación Coordenadas UTM (PSAD 56): Vértice Norte Este A 8 668 396,781 286 017,567 B 8 668 399,446 286 016,425 C 8 668 398,346 286 013,852 D 8 668 395,680 286 014,992 Área total: 8,12 m² (Suelo, nivel subterráneo y sus aires) Privado Urbano