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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE AGOSTO DEL AÑO 2014 (28/08/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 5

El Peruano Jueves 28 de agosto de 2014 531091 y Riego del Ministerio de Agricultura y Riego en las distintas actividades que se realizarán en la República Popular China; en la Feria Asia Fruit Logística 2014, considerada como el evento líder del Continente Asiático en la comercialización hortofrutícola, en la cual se podrá afi anzar la imagen del Perú como país productor y proveedor mundial de productos hortofrutícolas de alta calidad, que permitirá respaldar al empresariado nacional que se dará cita en la Feria a fi n de establecer contactos comerciales con compradores de frutas y hortalizas, e impulsar los negocios comerciales que se generen, que repercutirán positivamente para el sector agrario; y en el Asia Fruit Congress, evento que atrae a los principales empresarios del mundo del mismo sector, donde se expondrán las últimas tendencias del mercado asiático y del mundo para las frutas y hortalizas; Que, asimismo, las reuniones de trabajo previstas en Beijing con el Ministerio de Agricultura de la República Popular China y la Administración General de Supervisión de Calidad, Inspección y Cuarentena, constituyen reuniones de alto interés para el Sector, tomando en consideración que se coordinarán las acciones de cooperación y desarrollo a fi n de lograr la apertura fi tosanitaria de nuevos productos agrarios, para su exportación al mercado chino; Que, por otro lado, la visita que se realizará al Changjiang Institute of Survey, Planning, Design and Research, permitirá al Sector realizar las acciones de coordinación para la suscripción del Convenio Marco de Cooperación Científi ca técnica entre el Ministerio de Agricultura y Riego de la República del Perú y el Ministerio de Recursos Hídricos de la República Popular China, a fi n de desarrollar la cooperación bilateral en las áreas de gestión de recursos hídricos, mitigación de desastres por efectos de eventos hídricos extremos y la adaptación de la actividad agraria al cambio climático, entre otros; además, permitirá desarrollar sinergias para el desarrollo de nueva infraestructura hidráulica en el Perú; por lo que resulta procedente autorizar el viaje del señor Jorge Luis Montenegro Chavesta, Viceministro de Desarrollo de Infraestructura Agraria y Riego del Ministerio de Agricultura y Riego; Que, los gastos por concepto de pasajes aéreos con itinerario Lima - Hong Kong – Beijing – Wuhan – Lima, serán asumidos por el Changjiang Institute of Survey, Planning, Design and Research y los viáticos correspondiente a los eventos a realizarse en las ciudades de Hong Kong y Beijing los días 02, 03 y 04 de setiembre de 2014 serán asumidos con cargo al Pliego Presupuestal 013: Ministerio de Agricultura y Riego, según lo indicado en el Ofi cio Nº 2427-2014-MINAGRI-OGPP-OPRES, emitido por el Director General de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Agricultura y Riego; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modifi cada por Ley Nº 28807 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 056-2013- PCM; el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modifi cado por la Ley Nº 30048, su Reglamento de Organización y Funciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI; y, la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor Jorge Luis Montenegro Chavesta, Viceministro de Desarrollo e Infraestructura Agraria y Riego del Ministerio de Agricultura y Riego, a las ciudades de Hong Kong, Beijing y Wuhan de la República Popular China, del 29 de agosto al 07 de setiembre de 2014, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema, serán con cargo a los recursos presupuestales asignados al Pliego 013: Ministerio de Agricultura y Riego, de acuerdo al siguiente detalle: JORGE LUIS MONTENEGRO CHAVESTA Viáticos US$ 2 500,00 Total US$ 2 500,00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje autorizado, el mencionado Viceministro deberá presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de Agricultura y Riego. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ANA JARA VELÁSQUEZ Presidenta del Consejo de Ministros JUAN MANUEL BENITES RAMOS Ministro de Agricultura y Riego 1129755-3 Modifican la R.M. Nº 0071-2014- MINAGRI y delegan nuevas facultades en el Director General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos y en la Secretaría General RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0480-2014-MINAGRI Lima, 26 de agosto de 2014 VISTOS: El Memorándum Nº 001-2014-MINAGRI/SG-OGGRH, de fecha 07 de agosto de 2014, de la Directora General de la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos y el Memorándum Nº 1580-2014-MINAGRI/SG-OGA, de fecha 18 de agosto de 2014, del Director General de la Ofi cina General de Administración; y, CONSIDERANDO: Que, en su último párrafo, el artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que los Ministros de Estado pueden delegar, en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función, siempre que la normatividad lo autorice; Que, asimismo, de acuerdo a lo dispuesto en el último párrafo del artículo 9 del Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, ahora Ministerio de Agricultura y Riego, modifi cado por la Ley Nº 30048, el Ministro puede delegar las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 0071-2014- MINAGRI, de fecha 14 de febrero de 2014, se delegaron diversas facultades en funcionarios y directivos de órganos, proyectos especiales y programas del Ministerio de Agricultura y Riego; ello, en el marco del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008-AG; Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2014- MINAGRI, se aprobó un nuevo Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, en el cual se establece una estructura organizacional diferente en el MINAGRI, creando, entre otras, la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos, la cual si bien realiza las funciones de lo que antes era la Unidad de Personal adscrita a la Ofi cina General de Administración, ahora ostenta la condición de Ofi cina General, con funciones más generales y una mayor autonomía operativa, encontrándose adscrita a la Secretaría General; Que, mediante el primer documento del Visto, la Directora General de la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos, solicita se deje sin efecto la delegación de facultades conferida al Director General de la entonces Ofi cina de Administración en el extremo que otorga a esta última facultades en materia administrativa y