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El Peruano Jueves 28 de agosto de 2014 531098 de Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad 2009-2018” y conforma la Comisión Multisectorial Permanente encargada de su monitoreo y seguimiento, en los siguientes términos: “Artículo 4.- De la conformación de la Comisión Multisectorial Permanente La Comisión Multisectorial Permanente estará conformada por los siguientes miembros: - Un (1) representante del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, a través del Viceministerio de Poblaciones Vulnerables, quien lo presidirá. (…) Artículo 2.- Del refrendo. El presente Decreto Supremo será refrendado por la Presidenta del Consejo de Ministros, la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, la Ministra de Salud, el Ministro de Educación, el Ministro de Relaciones Exteriores, el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el Ministro de Transportes y Comunicaciones y el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintisiete días del mes de agosto del año dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ANA JARA VELÁSQUEZ Presidenta del Consejo de Ministros LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ Ministro de Educación CARMEN OMONTE DURAND Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables GONZALO GUTIERREZ REINEL Ministro de Relaciones Exteriores MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI Ministra de Salud FREDY OTÁROLA PEÑARANDA Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo JOSÉ GALLARDO KU Ministro de Transportes y Comunicaciones MILTON VON HESSE LA SERNA Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1129755-1 Dan por concluido el funcionamiento de la Mesa Interinstitucional sobre el Servicio de Defensoría del Niño y del Adolescente RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 281-2014-MIMP Lima, 25 de agosto de 2014 Visto, el Informe N° 010-2014-MIMP/DGNNA/ DSLD/MLP de la Dirección General de Niñas, Niños y Adolescentes; CONSIDERANDO: Que, los artículos 28 y 29 del Código de los Niños y Adolescentes – Ley N° 27337, establece que el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables dirige el Sistema Nacional de Atención Integral al Niño y al Adolescente como ente rector, cuyas funciones son formular, coordinar, supervisar, evaluar y ejecutar los programas y acciones desarrollados para la protección y promoción de los derechos de los niños y adolescentes; Que, el Decreto Supremo N° 003-2012-MIMP, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, señala en su artículo 59 que la Dirección de Sistemas Locales y Defensorías de la Dirección General de Niñas, Niños y Adolescentes, ejerce la función de Autoridad Central del Servicio de Defensoría del Niño y del Adolescente a nivel nacional, debiendo proponer e implementar políticas y normas para una atención de calidad en las Defensorías del Niño y del Adolescente; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 766- 2005-MIMDES se formalizó la constitución de la Mesa Interinstitucional sobre el Servicio de Defensoría del Niño y del Adolescente, como un espacio técnico consultivo para proponer políticas, normas y acciones orientadas al fortalecimiento de la Defensoría del Niño y del Adolescente en el ámbito nacional; Que, el Informe N° 010-2014-MIMP/DGNNA/DSLD/MLP de la Dirección General de Niñas, Niños y Adolescentes, señala que la Dirección de Sistemas Locales y Defensorías ha asumido en su integridad el despliegue de acciones y funciones que permiten la articulación de las Defensorías del Niño y del Adolescente a nivel nacional. En ese marco, la Coordinadora de Defensorías del Niño y Adolescente, el Plan de Incentivos, las reuniones con las Defensorías del Niño y Adolescente y Coordinadoras de Defensoría, así como el Congreso Nacional de Defensorías, se han convertido en espacios de consulta que suplen el rol de la Mesa Interinstitucional sobre el Servicio de Defensorías del Niño y del Adolescente. Que, ante tal circunstancia, resulta pertinente evitar la duplicidad de la labor que realiza la Dirección de Sistemas Locales y Defensorías con el espacio de la Mesa Interinstitucional de Defensorías. Por tal razón, es necesario se concluya con las funciones de la Mesa Interinstitucional sobre el Servicio de Defensoría del Niño y del Adolescente; Con la visación del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables, la Dirección General de Niñas, Niños y Adolescentes, la Secretaría General y la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1098 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo N° 003-2012-MIMP; SE RESUELVE: Artículo 1.- DAR POR CONCLUIDO el funcionamiento de la Mesa Interinstitucional sobre el Servicio de Defensoría del Niño y del Adolescente, reconociendo el aporte a favor del fortalecimiento del Sistema Nacional de Atención Integral al Niño y Adolescente de cada una de las Instituciones Públicas y de la Sociedad Civil que la integraron. Artículo 2.- Disponer que la presente Resolución Ministerial sea publicada en el portal Institucional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - MIMP (www.mimp.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. CARMEN OMONTE DURAND Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1129752-1 Aceptan renuncia de Directora General de la Oficina General de Monitoreo, Evaluación de Políticas y Gestión Descentralizada del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 288-2014-MIMP Lima, 27 de agosto de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial ʋ 357-2012- MIMP se designó a la señora MILENKA LITA ESLAVA