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El Peruano Sábado 6 de diciembre de 2014 539408 del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), del 8 al 11 de diciembre de 2014, a la ciudad de Washington D.C, Estados Unidos de América. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema serán cubiertos por el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), de acuerdo al siguiente detalle: Nombre y Apellidos Pasaje US$ Viáticos por día US$ Número de días Total Viáticos US$ Total US$ Carla Alicia Molina Vera 1871.64 440 2 + 1 1320 3191.64 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la funcionaria deberá presentar ante el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – INDECOPI, un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4.- El cumplimiento de la presente Resolución no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ANA JARA VELÁSQUEZ Presidenta del Consejo de Ministros 1174925-5 Autorizan viaje de servidoras del Fondo Nacional de Desarrollo Científico y de Innovación Tecnológica a Canadá, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 425-2014-PCM Lima, 5 de diciembre de 2014 VISTO: El Ofi cio N° 378-2014-CONCYTEC-SG del 26 de noviembre del 2014 y demás documentación sustentatoria remitida por el Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica, en relación las reuniones técnicas de trabajo organizadas por el Programa Grand Challenges Canadá, a realizarse en la ciudad de Toronto, Canadá, y; CONSIDERANDO: Que, conforme lo establece el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28303, Ley marco de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica, aprobado por el Decreto Supremo Nº 032-2007-ED y la Ley N° 28613, el Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC, es el organismo rector del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - SINACYT, encargado de dirigir, fomentar, coordinar, supervisar y evaluar las acciones del Estado en el ámbito de la ciencia, tecnología e innovación tecnológica; Que, el Reglamento de Organización y Funciones del CONCYTEC, aprobado por Decreto Supremo N° 026- 2014-PCM, establece que una de las funciones de la institución es promover la articulación de la investigación científi ca y tecnológica, y la producción del conocimiento con los diversos agentes económicos y sociales, para el mejoramiento de la calidad de vida y el impulso de la productividad y competitividad del país; así como implementar mecanismos de coordinación, intercambio y concertación entre las instituciones integrantes del SINACYT con el empresariado, universidades, embajadas y otras entidades del país y del exterior; Que, el artículo 16° del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28303, Ley marco de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica, aprobado por el Decreto Supremo Nº 032- 2007-ED, crea el Fondo Nacional de Desarrollo Científi co y de Innovación Tecnológica - FONDECYT, como una unidad de ejecución presupuestal del CONCYTEC, con patrimonio propio y autonomía administrativa y fi nanciera, encargado de captar, gestionar, administrar y canalizar recursos de fuente nacional y extranjera, destinado a las actividades del SINACYT en el país; Que, mediante Acuerdo de Cooperación Interinstitucional entre el Programa Grand Challenges Canadá y el CONCYTEC, suscrito el 20 de enero del 2014, ambas partes se comprometieron a fi nanciar y administrar subvenciones resultantes del Programa Estrellas en Salud Global, con la fi nalidad de apoyar a los innovadores residentes en Perú que trabajan para aliviar algunos de los temas más graves de salud global y desarrollo en el mundo; Que, el Programa Grand Challenges Canadá es una organización sin fi nes de lucro fi nanciada por el Gobierno de Canadá, que se ha comprometido a apoyar “Bold Ideas with Big Impact”, a través de la innovación integrada de ciencia/tecnología, social y empresarial - innovación integrada, que aborda retos de salud defi nidos por el innovador por medio del Programa Estrellas en Salud Global, diseñado para fi nanciar el desarrollo de ideas en dos fases: (i) prueba de concepto de la idea propuesta, y (ii) transición a la escala de la innovación probada; Que, el Programa Grand Challenges Canadá se enfoca en desafíos defi nidos como innovadores por medio de su Programa de Estrellas en Salud Global y desafíos encaminados en salvar vidas en el nacimiento, salvar mentes, así como Programas Globales de Salud Mental; Que, mediante Carta de fecha 21 de noviembre del 2014, el Director del Programa Grand Challenges Canadá invita al FONDECYT, a participar en reuniones técnicas de trabajo relacionadas al Programa Estrellas en Salud Global, así como a Programas Globales de Salud Mental, a llevarse a cabo en la ciudad de Toronto, Canadá, del 8 al 12 de diciembre de 2014; Que, en las referidas reuniones técnicas se disertará sobre las etapas del proceso de aprendizaje y sus mejoras; el proceso de revisión; los planes y actividades, identifi cando aquellos que requieren refi nanciación; las experiencias de los anteriores becarios peruanos, así como sus propuestas, informes y preguntas, entre otros; Que, mediante Informe N° 001-2014-FONDECYT- EPY, de fecha 24 de noviembre del 2014, la Coordinadora de Centros de Excelencia del FONDECYT señala que las reuniones técnicas de trabajo organizadas por el Programa Grand Challenges Canadá, permitirán el intercambio de conocimientos, lo que coadyuvará en el cumplimiento de los fi nes institucionales; Que, asimismo, mediante Memorándum N° 813-2014- FONDECYT-DE, de fecha 24 de noviembre del 2014, el Director Ejecutivo (e) del FONDECYT solicita autorizar el viaje de la señora Elizabeth Peñaloza Yaurivilca y de la señorita Rocio Soledad Gutierrez Curo, servidoras del FONDECYT, para participar en las referidas reuniones técnicas; Que, los literales h) e i) del Artículo 11° del Texto Único Ordenado de la Ley marco de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica, aprobado por Decreto Supremo N° 032-2007-ED, establecen como función del CONCYTEC, promover la articulación de la investigación científi ca y tecnológica, la producción del conocimiento con los diversos agentes económicos y sociales, para el mejoramiento de la calidad de vida y el impulso de la productividad y competitividad del país, así como implementar mecanismos de coordinación, intercambio y concertación entre las instituciones integrantes del SINACYT, con otras entidades del exterior; por lo que resulta necesario autorizar el viaje de la señora Elizabeth Peñaloza Yaurivilca y de la señorita Rocio Soledad Gutierrez Curo, servidoras del FONDECYT, del 7 al 13 de diciembre de 2014, a la ciudad de Toronto, Canadá, para participar en las reuniones técnicas de trabajo organizadas por el Programa Grand Challenges Canadá; Que, el artículo 2° de la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, dispone que las resoluciones de