Norma Legal Oficial del día 06 de diciembre del año 2014 (06/12/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA REINEL Ministro de Relaciones Exteriores 1174926-7 RESOLUCION SUPREMA Nº 192-2014-RE MORDAZA, 5 de diciembre de 2014 VISTO: El Oficio Nº 919-2014-MTC/09.01, del Ministerio de Transportes y Comunicaciones por el que solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedicion de la Resolucion Suprema que autorice el pago de la cuota al Organismo Internacional Union Postal Universal (UPU), del cual el Peru es MORDAZA miembro; CONSIDERANDO: Que, el numeral 67.3 del articulo 67 del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, establece que las cuotas a los organismos internacionales de los cuales el Peru es miembro se MORDAZA con cargo al presupuesto institucional de cada una de las Entidades, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Publico, previa aprobacion de la Resolucion Suprema refrendada por el Ministerio de Relaciones Exteriores; Que, es obligacion del Peru cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales de manera que permitan potenciar la capacidad de negociacion en las gestiones diplomaticas y acrecentar el beneficio de los flujos de cooperacion y asistencia tecnica internacional; Que, en tal sentido, resulta necesario autorizar el pago de la cuota, correspondiente al Organismo Internacional Union Postal Universal - UPU, con cargo al presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 67 del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; en el articulo 1 de la Ley Nº 30114, Ley de presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Ministerio de Transportes y Comunicaciones a efectuar el pago de la cuota por el importe de CHF 41,770.00 (Cuarenta y Un Mil Setecientos Setenta y 00/100 Francos Suizos), al Organismo Internacional Union Postal Universal. Articulo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto en el articulo precedente, seran financiados con cargo al presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Articulo 3º.- La equivalencia en moneda nacional sera establecida segun el MORDAZA de cambio vigente a la fecha de pago. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema es refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA REINEL Ministro de Relaciones Exteriores 1174926-8

El Peruano Sabado 6 de diciembre de 2014

RESOLUCION SUPREMA Nº 193-2014-RE MORDAZA, 5 de diciembre de 2014 VISTO: El Oficio Nº 497-2014-MINEDU/DM-SENAJU de fecha 17 de noviembre de 2014, del Ministerio de Educacion, por el que solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedicion de la Resolucion Suprema que autorice el pago de la cuota a la Organizacion Iberoamericana de la Juventud (OIJ) correspondiente al ejercicio 2014; CONSIDERANDO: Que, el numeral 1.3 del articulo 1 de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, establece que las cuotas internacionales a ser otorgadas durante el Ano Fiscal 2014 por los pliegos presupuestarios estan contenidas en el Anexo B: Cuotas Internacionales Ano Fiscal 2014 de la referida Ley; asimismo, senala que durante el Ano Fiscal 2014, previa evaluacion y priorizacion por el Ministerio de Relaciones Exteriores, se puede modificar el Anexo B, mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores; Que, el numeral 67.3 del articulo 67 del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF, establece que las cuotas a los organismos internacionales de los cuales el Peru es miembro se MORDAZA con cargo al presupuesto institucional de cada una de las Entidades, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Publico, previa aprobacion de la Resolucion Suprema refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores; Que, mediante Decreto Supremo N° 031-2014-RE se incorporo en el Anexo B: Cuotas internacionales ­ Ano fiscal 2014, de la Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, la cuota internacional a ser otorgada por el Pliego 010: Ministerio de Educacion a favor de la Organizacion Iberoamericana de la Juventud ­ OIJ la cual asciende a la suma de S/. 76 140,00 (SETENTA Y SEIS MIL CIENTO CUARENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES); Que, es obligacion del Peru cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales de manera que permita potenciar la capacidad de negociacion en las gestiones diplomaticas y acrecentar el beneficio de los flujos de cooperacion y asistencia tecnica internacional; Que, en tal sentido, resulta necesario autorizar el pago de la cuota, correspondiente al ano 2014, a la Organizacion Iberoamericana de la Juventud ­ OIJ, con cargo al presupuesto del Pliego 010: Ministerio de Educacion; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 67 del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF; en el articulo 1º de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014; y en el articulo 1º del Decreto Supremo N° 031-2014-RE; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1.- Autorizar al Ministerio de Educacion a efectuar el pago de S/. 76 140,00 (SETENTA Y SEIS MIL CIENTO CUARENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES) a la Organizacion Iberoamericana de la Juventud ­ OIJ, monto que corresponde a la cuota del ano 2014. Articulo 2.- Los gastos que demande lo dispuesto en el articulo precedente, seran financiados con cargo al presupuesto del Pliego 010: Ministerio de Educacion. Articulo 3.- La equivalencia en moneda extranjera sera establecida segun el MORDAZA de cambio vigente a la fecha de pago. Articulo 4.- La presente Resolucion Suprema es refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA REINEL Ministro de Relaciones Exteriores 1174926-9

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