Norma Legal Oficial del día 06 de diciembre del año 2014 (06/12/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano Sabado 6 de diciembre de 2014

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Que, el articulo 10, numeral 10.1, inciso a), de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, prohibe los viajes al exterior de servidores o funcionarios publicos y representantes del Estado con cargo a recursos publicos, exceptuandose los viajes que se efectuen en el MORDAZA de la negociacion de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, negociaciones economicas y financieras y las acciones de promocion de importancia para el Peru; Que, en tal sentido, la asistencia y participacion de la senora MORDAZA MORDAZA Del MORDAZA Del MORDAZA ChavezHerrera, Especialista en Negociaciones Ambientales de la Oficina de Cooperacion y Negociaciones Internacionales del Ministerio del Ambiente ­ MINAM, en el mencionado evento, se encuentra subsumida en la excepcion establecida por el articulo 10, numeral 10.1, inciso a), de la Ley Nº 30114, en razon a que el viaje se efectuara en el MORDAZA de las negociaciones del Acuerdo de Asociacion Transpacifico (TPP), por tanto, es de especial interes para el Ministerio del Ambiente, en su condicion de Autoridad Ambiental Nacional; por lo que, resulta conveniente autorizar el viaje de la mencionada profesional, el cual se realizara con cargo al presupuesto institucional; Que, mediante el Memorando N° 096-2014-OPPSG/MINAM de 29 de enero de 2014 y el Memorando N° 1057-2014-MINAM/SG/OPP de 16 de MORDAZA de 2014, la Directora de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto emite el Certificado de Credito Presupuestario, sobre disponibilidad de recursos en la Generica de Gasto 2.3: Bienes y Servicios, con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios del Ministerio del Ambiente; Con el visado de la Secretaria General, la Oficina General de Administracion, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y la Oficina de Asesoria Juridica; y, De conformidad con la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de los servidores y funcionarios publicos; el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creacion, Organizacion y Funciones del Ministerio del Ambiente; su Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-MINAM; y, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, Reglamento de la Ley N° 27619 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar, por excepcion y en comision de servicios, el viaje al exterior de la senora MORDAZA MORDAZA DEL MORDAZA DEL MORDAZA CHAVEZ-HERRERA, Especialista en Negociaciones Ambientales, prestadora de servicios CAS de la Oficina de Cooperacion y Negociaciones Internacionales del Ministerio del Ambiente ­ MINAM, a la MORDAZA de MORDAZA D.C.­ Estados Unidos de MORDAZA, del 09 al 12 de diciembre de 2014, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolucion seran con cargo al presupuesto del Ministerio del Ambiente, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes (tarifa economica, incluido el TUUA) US $ 2,200.00 Viaticos (US $ 440 x 3 dias) US $ 1,320.00 Articulo 3º.- Disponer que dentro de los quince (15) dias calendario siguientes a la realizacion del viaje, la profesional cuyo viaje se autoriza mediante articulo 1, debera presentar un Informe detallado sobre el resultado de la comision de servicios, asi como hacer entrega de un ejemplar de los materiales de trabajo obtenidos. Articulo 4º.- La presente autorizacion no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de aduana de cualquier clase o denominacion. Articulo 5º.- Disponer la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA de Transparencia del Ministerio del Ambiente. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PULGAR-VIDAL OTALORA Ministro del Ambiente 1174392-2

Conforman el Grupo Tecnico denominado Grupo de Estudio Tecnico Ambiental de la Calidad del Aire (GT GESTA Zonal de Aire) de Iquitos
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 401-2014-MINAM MORDAZA, 4 de diciembre de 2014 Visto, el Memorando Nº 392-2014-VMGA-MINAM del Viceministerio de Gestion Ambiental; asi como el Informe Tecnico Nº 734-2014-MINAM/VMGA/DGCA de la Direccion General de Calidad Ambiental, y demas antecedentes; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 2º del Decreto Legislativo Nº 1013, que aprueba la Ley de Creacion, Organizacion y Funciones del Ministerio del Ambiente ­ MINAM, senala que el Ministerio del Ambiente es el organismo del Poder Ejecutivo cuya funcion general es disenar, establecer, ejecutar y supervisar la politica nacional y sectorial ambiental, asumiendo la rectoria con respecto a ella; Que, de acuerdo al literal k) del articulo 7º del Decreto Legislativo acotado, el MINAM tiene como una de sus funciones especificas, promover y coordinar la adecuada gestion de los residuos solidos, la proteccion de la calidad del aire y el control del ruido y de las radiaciones no ionizantes, asi como sancionar su incumplimiento; Que, el numeral 3 ­ Calidad del Aire ­ del Eje de Politica 2: Gestion Integral de la Calidad Ambiental de la Politica Nacional del Ambiente, aprobada por Decreto Supremo Nº 012-2009-MINAM, senala como uno de los lineamientos de politica, establecer medidas para prevenir y mitigar los efectos de los contaminantes del aire sobre la salud de las personas; Que, el numeral 7.3 del acapite 7 "Acciones Estrategicas por Metas Priorizadas" del Plan Nacional de Accion Ambiental ­ PLANAA PERU 2011-2021, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-2011-MINAM, establece que la accion estrategica referida a prevenir y controlar la contaminacion atmosferica tiene como una de sus metas que el 60% de nuevas ciudades priorizadas implementen sus planes de accion para mejorar la calidad del aire y cumplan los Estandares Nacionales de Calidad Ambiental del Aire; Que, el articulo 20º del Reglamento de Estandares Nacionales de Calidad Ambiental del Aire, aprobado por Decreto Supremo Nº 074-2001-PCM, dispone que en toda MORDAZA de Atencion Prioritaria se establecera una GESTA Zonal de Aire encargado de la elaboracion del Plan de Accion para el mejoramiento de la Calidad del Aire, sin perjuicio de las medidas y los otros instrumentos de gestion ambiental que puedan aplicarse en las otras zonas del MORDAZA no declaradas como de atencion prioritaria; Que, segun el articulo 28º del precitado Reglamento, en concordancia con la Tercera Disposicion Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1013, el MINAM designara a las instituciones integrantes del GESTA Zonal de Aire; Que, asimismo, el Anexo 4 del Reglamento de Estandares Nacionales de Calidad Ambiental del Aire, determino la calificacion de trece (13) Zonas de Atencion Prioritaria en el ambito geografico de la MORDAZA atmosferica de MORDAZA, Chiclayo, Chimbote, MORDAZA, Huancayo, Ilo, Iquitos, La Oroya, Lima-Callao, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA y Cerro de Pasco, cuya vigencia fuera reafirmada en el articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº 339-2012MINAM; Que, con Decreto del Consejo Directivo Nº 033-2001CD/CONAM se conformo el Grupo Tecnico denominado "Grupo de Estudio Tecnico Ambiental de la Calidad del Aire (GT - GESTA Zonal de Aire) de Iquitos", el cual, con el apoyo tecnico del entonces Consejo Nacional del Ambiente ­ CONAM, elaboro el Plan "A Limpiar el Aire de la MORDAZA atmosferica de la MORDAZA de Iquitos", aprobado por Decreto del Consejo Directivo Nº 011-2006-CD/CONAM; dandose de esta forma por concluida las funciones del mencionado grupo tecnico; Que, el literal i) del articulo 7º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-MINAM,

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