Norma Legal Oficial del día 06 de diciembre del año 2014 (06/12/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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SE RESUELVE: Articulo 1.- Declarar extinguida la servidumbre constituida al MORDAZA de la Resolucion Ministerial N° 516 de fecha 12 de MORDAZA de 1960, respecto al predio ubicado en la Urb. MORDAZA del Pescador Mz. X2, Lt. 25, distrito de Bellavista, provincia constitucional del Callao, departamento de MORDAZA, inscrita en la Partida Nº P01319160 del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de MORDAZA, liberandola del referido gravamen. Articulo 2.- La presente Resolucion Ministerial entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 1173922-1

El Peruano Sabado 6 de diciembre de 2014

De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1135, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio del Interior; el Decreto Legislativo N° 1148, Ley de la Policia Nacional del Peru; y, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Decreto Legislativo 010-2013-IN; SE RESUELVE: Articulo 1.- Aprobacion de los Protocolos de Actuacion Conjunta Aprobar los "Protocolos de Actuacion Conjunta" que a continuacion se detallan, y que como anexos forman parte integrante de la presente Resolucion: a) Protocolo de allanamiento. b) Protocolo de impedimento de salida. c) Protocolo de intervencion o grabacion de registro de comunicaciones telefonicas o de otras formas de comunicacion. d) Protocolo de levantamiento del secreto bancario, reserva tributaria y bursatil. Articulo 2.- Cumplimiento obligatorio Los Protocolos de Actuacion Conjunta son de obligatorio cumplimiento por parte del personal policial a nivel nacional. La Direccion General de la Policia Nacional del Peru dispondra las medidas pertinentes para el cumplimiento de los mismos. Articulo 3.- Capacitacion Encargar a la Direccion de Educacion y Doctrina de la Policia Nacional del Peru la incorporacion de los Protocolos de Actuacion Conjunta en la etapa de formacion de cadetes y alumnos, asi como en los cursos de capacitacion y perfeccionamiento para el personal policial. Articulo 4.- Guia Didactica Encargar al Despacho Viceministerial de Orden Interno del Ministerio del Interior, en coordinacion con la Oficina General de Comunicacion Social e Imagen Institucional, el Estado Mayor General y la Direccion Nacional de Operaciones Policiales de la Policia Nacional del Peru, la elaboracion de una Guia Didactica de los Protocolos de Actuacion Conjunta, para orientacion del personal policial en su accionar frente a la delincuencia y el crimen organizado. Articulo 5.- Publicacion Publicar la presente Resolucion Ministerial y los Protocolos de Actuacion Conjunta en el MORDAZA Institucional del Ministerio del Interior (www.mininter.gob.pe) y en el MORDAZA Institucional de la Policia Nacional del Peru (www. pnp.gob.pe). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA URRESTI MORDAZA Ministro del Interior 1174415-1

INTERIOR
Aprueban los "Protocolos de Actuacion Conjunta", de obligatorio cumplimiento por parte del personal policial a nivel nacional
RESOLUCION MINISTERIAL N° 1217-2014-IN MORDAZA, 5 de diciembre de 2014 CONSIDERANDO: Que, conforme al articulo 3° del Decreto Legislativo N° 1135, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio del Interior, este Ministerio disena, establece, promueve, ejecuta, supervisa y evalua politicas publicas en materia de orden interno y orden publico, con el objeto de garantizar el cumplimiento de la ley y el respeto a los derechos humanos con vision integral e intersectorial, en todo el territorio nacional; Que, conforme al articulo 166° de la Constitucion Politica del Peru, la Policia Nacional tiene por finalidad fundamental garantizar, mantener y restablecer el orden interno; presta proteccion y ayuda a las personas y a la comunidad; garantiza el cumplimiento de las leyes, la seguridad del patrimonio publico y privado; prevenir, investigar y combatir la delincuencia; y, vigilar y controlar las fronteras; Que, en los numerales 5 y 11 del articulo 10° del Decreto Legislativo N° 1148, Ley de la Policia Nacional del Peru, se establece que la Policia Nacional del Peru tiene por funciones, entre otras, prevenir, combatir, investigar y denunciar los delitos y faltas previstos en el Codigo Penal y leyes especiales, incluyendo los que se cometen en el transporte aereo, maritimo, fluvial y lacustre; asi como planificar y conducir operativamente la investigacion material del delito, en concordancia con las leyes de la materia; Que, la Ley N° 30077, Ley Contra el Crimen Organizado, fija las reglas y procedimientos relativos a la investigacion, juzgamiento y sancion de los delitos cometidos por organizaciones criminales; Que, atendiendo al trabajo coordinado de los Equipos Tecnicos del Poder Judicial, Ministerio Publico, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, y del Ministerio del Interior, contando con la participacion de la Policia Nacional del Peru, se elaboraron cuatro (4) Protocolos de Actuacion Conjunta, que constituyen herramientas eficaces en la lucha contra la delincuencia y criminalidad organizada; Que, la Policia Nacional del Peru en el ejercicio de sus funciones y atribuciones, realiza coordinaciones continuas con el Poder Judicial, el Ministerio Publico y otras entidades publicas, a fin de propiciar un clima de seguridad ciudadana y de proteccion del Estado de Derecho; Que, en ese sentido, resulta necesario aprobar los Protocolos de Actuacion Conjunta para su cumplimiento obligatorio por parte de la Policia Nacional del Peru, permitiendo la estandarizacion de la labor del personal policial a nivel nacional;

JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Designan Procurador Publico Especializado en Delitos de Corrupcion
RESOLUCION SUPREMA Nº 220-2014-JUS MORDAZA, 5 de diciembre de 2014 VISTO, el Oficio Nº 3868-2014-JUS/CDJE-ST, de la Secretaria Tecnica del Consejo de Defensa Juridica del Estado;

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