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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2014 (06/12/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 21

El Peruano Sábado 6 de diciembre de 2014 539423 cuotas internacionales a ser otorgadas durante el Año Fiscal 2014; Que, conforme al numeral 1.3 del artículo 1 de la Ley N° 30114, las cuotas internacionales contenidas en el “Anexo B: Cuotas Internacionales - Año Fiscal 2014” podrán ser modifi cadas, previa evaluación y priorización por el Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores; Que, es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas y adeudos a los organismos internacionales, de manera que permita potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el benefi cio de los fl ujos de cooperación y asistencia técnica internacional; Que, la partida para los pagos por parte del Ministerio del Ambiente a la Convención sobre Ramsar relativa a los Humedales de Importancia Internacional especialmente como Hábitat de Aves Acuáticas – Convención RAMSAR y a la Infraestructura Mundial de información en Biodiversidad Global Biodiversity Facility – GBIF, no se encuentra en el Anexo “B: Cuotas Internacionales Año Fiscal 2014”, Pliego Presupuestario 005: Ministerio del Ambiente, de la referida Ley Nº 30114; Que, realizada la evaluación y priorización correspondiente se estima necesario modificar el “Anexo B: Cuotas Internacionales - Año Fiscal 2014”, Pliego Presupuestario 005: Ministerio del Ambiente, de la Ley N° 30114 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, a efectos de atender el pago de cuotas de las organizaciones internacionales que no fueron previstos en su oportunidad; En uso de las facultades conferidas en el inciso 8 del artículo 118° de la Constitución Política del Perú y el numeral 1.3 del artículo 1 de la Ley N° 30114 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; DECRETA: Artículo 1º.- Modifi cación del Anexo B de la Ley N° 30114 Modifíquese el Anexo “B: Cuotas Internacionales Año Fiscal 2014”, de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, incorporando al Pliego Presupuestario 005: Ministerio del Ambiente, a los organismos internacionales y los montos que se señalan a continuación: Pliego Presupu- estario Monto (En nuevos soles) Organismos Ministerio del Ambiente 17,372.00 Convención sobre Ramsar relativa a los Humedales de Importancia Internacional especialmente como Hábitat de Aves Acuáticas – Conven- ción RAMSAR 54,226.00 Infraestructura Mundial de información en Biodiversidad Global Biodiversity Facility – GBIF Artículo 2º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cinco días del mes de diciembre del año dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República GONZALO GUTIÉRREZ REINEL Ministro de Relaciones Exteriores 1174926-4 Autorizan a los Ministerios de Salud, Transportes y Comunicaciones, Educación y Cultura, el pago de cuotas a diversos organismos internacionales RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 191-2014-RE Lima, 5 de diciembre de 2014 VISTO: El Ofi cio N° 3493-2014-SG/MINSA del Ministerio de Salud, por el que solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedición de la Resolución Suprema que autorice el pago de la cuota 2014 y el diferencial cambiario de la cuota 2013 a la Organización Panamericana de la Salud (OPS) y al Instituto Suramericano de Gobierno en Salud (ISAGS); CONSIDERANDO: Que, el numeral 67.3 del artículo 67 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, autoriza a las entidades del Sector Público a pagar, con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas a los organismos internacionales de los cuales el Perú es miembro, previa aprobación de la respectiva Resolución Suprema refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores; Que, mediante Decreto Supremo N° 051-2014-RE, se agregó al Anexo B: Cuotas Internacionales Año Fiscal 2014, Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios, Pliego Presupuestario 011: Ministerio de Salud de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, el pago de las cuotas a la Organización Panamericana de la Salud – OPS y al Instituto Suramericano de Gobierno en Salud – ISAGS, hasta por los montos ascendentes a S/. 1 881 797.00 y S/. 558 526.00; respectivamente. Que, es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales de manera que permitan potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el benefi cio de los fl ujos de cooperación y asistencia técnica internacional; Que, en ese contexto, es necesario autorizar el pago de las cuotas a la Organización Panamericana de la Salud – OPS y al Instituto Suramericano de Gobierno en Salud – ISAGS, con cargo al presupuesto institucional del Pliego 011: Ministerio de Salud; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 67 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF; en el artículo 1 de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; y en el artículo 1 del Decreto Supremo N° 051-RE-2014; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Ministerio de Salud a efectuar el pago de la cuota 2013, así como la cuota 2014, a los siguientes organismos internacionales: PLIEGO PRESUPUES- TARIO MONTO (En Nuevos Soles) PERSONA JURÍDICA 011: MINISTERIO DE SALUD 1,881,797.00 Organización Panameri- cana de la Salud (OPS) 558,526.00 Instituto Suramericano de Gobierno en Salud (ISAGS) Artículo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto en el artículo precedente serán fi nanciados con cargo al presupuesto del Ministerio de Salud. Artículo 3º.- La equivalencia en moneda extranjera será establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago.