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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2014 (06/12/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 64

El Peruano Sábado 6 de diciembre de 2014 539466 al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2014, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos complementarios US$ 252,00 Gastos de representación US$ 1 000,00 Artículo Tercero.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL SCHYDLOWSKY ROSENBERG Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 1173346-1 Autorizan viaje de funcionarios de la SBS a Guatemala, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SBS N° 8092-2014 Lima, 3 de diciembre de 2014 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA: La invitación cursada por el Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica (GAFILAT) a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), con el fi n de participar en el XXX Pleno de Representantes de GAFILAT y sus Grupos de Trabajo (Capacitación y Desarrollo, Evaluaciones Mutuas, Apoyo Operativo, Análisis de Riesgo e Inclusión Financiera y Comisión de Presupuesto), que se llevará a cabo del 08 al 12 de diciembre de 2014, en la ciudad de La Antigua, República de Guatemala; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) es la Coordinadora Nacional de la República del Perú ante el Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica (GAFILAT), organización intergubernamental de base regional que agrupa a nueve países de América del Sur (Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Ecuador, Paraguay, Perú y Uruguay), más Costa Rica, Cuba, Guatemala, Honduras, México, Nicaragua y Panamá, con la fi nalidad de combatir el lavado de activos y el fi nanciamiento del terrorismo, a través del compromiso de mejora continua de las políticas nacionales contra ambos temas y la profundización en los distintos mecanismos de cooperación entre los países miembros; Que, el GAFILAT organiza y canaliza actividades de capacitación para sus miembros y realiza periódicamente Evaluaciones Mutuas a los mismos, sobre el nivel de cumplimiento efectivo de las 40 Recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) y que el Perú se viene preparando para la próxima evaluación mutua que le realizará el GAFILAT en el año 2017; Que, en atención a la invitación cursada y por ser de interés de esta Superintendencia, se ha considerado conveniente designar a los señores Sergio Javier Espinosa Chiroque, Superintendente Adjunto de la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú, Jorge Yumi Taba, Coordinador Ejecutivo Técnico, Daniel Alejandro Linares Ruesta, Intendente de Análisis Operativo del Departamento de Análisis Operativo, de la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú, y Fernando Javier Amorrortu Guerrero, Intendente de Riesgos de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo de la Superintendencia Adjunta de Riesgos, para que participen en el citado evento; Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva SBS N° SBS-DIR-ADM-085-17, ha dictado una serie de Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2014, estableciéndose en el Numeral 4.3.1, que se autorizarán viajes para eventos cuyos objetivos obliguen la representación sobre temas vinculados con negociaciones bilaterales, multilaterales, foros o misiones ofi ciales que comprometan la presencia de sus trabajadores, así como para el ejercicio de funciones o participación en eventos de interés para la Superintendencia, como el presente caso; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el viaje de los citados funcionarios para participar en el evento indicado, cuyos gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2014; y, En uso de las facultades que le confi ere la Ley N° 26702 “Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros”, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27619 y en virtud a la Directiva SBS sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2014 N° SBS-DIR-ADM-085-17, que incorpora lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje de los señores Sergio Javier Espinosa Chiroque, Superintendente Adjunto de la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú, Jorge Yumi Taba, Coordinador Ejecutivo Técnico, Daniel Alejandro Linares Ruesta, Intendente de Análisis Operativo del Departamento de Análisis Operativo, de la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú, y Fernando Javier Amorrortu Guerrero, Intendente de Riesgos de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo del Departamento de Supervisión de Riesgos de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo de la Superintendencia Adjunta de Riesgos de la SBS, del 07 al 14 de diciembre de 2014, a la ciudad de La Antigua, República de Guatemala, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Los citados funcionarios, dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes a su reincorporación, deberán presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorización por concepto de pasajes aéreos y viáticos serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2014, de acuerdo al siguiente detalle: Sergio Javier Espinosa Chiroque Pasajes aéreos US$ 1 144,95 Viáticos US$ 1 890,00 Jorge Yumi Taba Pasajes aéreos US$ 1 144,95 Viáticos US$ 1 890,00 Daniel Alejandro Linares Ruesta Pasajes aéreos US$ 1 246,43 Viáticos US$ 1 890,00 Fernando Javier Amorrortu Guerrero Pasajes aéreos US$ 1 246,43 Viáticos US$ 1 890,00 Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor de los funcionarios cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL SCHYDLOWSKY ROSENBERG Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 1173348-1