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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2014 (20/12/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 7

El Peruano Sábado 20 de diciembre de 2014 540493 del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República del Ecuador, la República Argentina, República Federativa del Brasil, República del Paraguay, Estados Unidos Mexicanos, Estado Plurinacional de Bolivia, República de Chile, República de Colombia, República Oriental del Uruguay y Reino de España, sin armas de guerra; Que, con Ofi cio G.500-5194 y 5261 del 11 y 18 de diciembre de 2014 respectivamente, el Secretario del Comandante General de la Marina por encargo del Comandante General de la Marina, emite opinión favorable para el ingreso al país del personal militar de la República del Ecuador, la República Argentina, República Federativa del Brasil, República del Paraguay, Estados Unidos Mexicanos, Estado Plurinacional de Bolivia, República de Chile, República de Colombia, República Oriental del Uruguay y Reino de España; Que, el referido personal militar ingresará a territorio de la República, del 20 al 23 de diciembre de 2014, a fi n de participar en la Ceremonia de Botadura del B.E.V. “UNIÓN” a realizarse en la Base Naval del Callao; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, modifi cado por el artículo único de la Ley Nº 28899 y por el artículo único de la Ley Nº 30209, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la cantidad de personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la Marina de Guerra del Perú; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modifi cada por la Ley Nº 28899 y la Ley Nº 30209; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, del personal militar detallado a continuación, del 20 al 23 de diciembre de 2014, a fi n que participen en la Ceremonia de Botadura del B.E.V. “UNIÓN” a realizarse en la Base Naval del Callao. 1. Ocho (08) militares de la República del Ecuador 2. Un (01) militar de la República Argentina 3. Diez (10) militares de la República Federativa del Brasil 4. Un (01) militar de la República del Paraguay 5. Nuevo (09) militares de los Estados Unidos Mexicanos 6. Tres (03) militares del Estado Plurinacional de Bolivia 7. Nuevo (09) militares de la República de Chile 8. Dos (02) militares de la República de Colombia 9. Un (01) militar de la República Oriental del Uruguay; y 10. Un (01) militar del Reino de España Artículo 2º.- Poner en conocimiento de la Presidenta del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cada por Ley Nº 28899 y Ley Nº 30209. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 1180460-1 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014 a favor del Gobierno Regional del Departamento de Apurímac DECRETO SUPREMO Nº 350-2014-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el artículo 79 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por fi nalidad defi nir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado; Que, el primer párrafo del artículo 4 de la Ley Nº 30272, Ley que establece medidas en materia educativa, autoriza al Gobierno Regional del Departamento de Apurímac a contratar hasta ciento veintinueve (129) profesores y profesoras en instituciones educativas públicas, en plazas validadas por el Ministerio de Educación en base a la demanda educativa debidamente sustentada; para tal fi n, se indica, entre otros, que dicha contratación se efectúa previa codifi cación de plazas en el Sistema NEXUS del Ministerio de Educación y registro de las mismas en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público a cargo del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, el cuarto párrafo del citado artículo 4 de la Ley Nº 30272 autoriza al Ministerio de Educación a efectuar modifi caciones presupuestarias en el nivel institucional, a favor del pliego Gobierno Regional del Departamento de Apurímac en el año fi scal 2014, hasta por la suma de UN MILLÓN SETENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS DOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 076 502,00), señalándose que las referidas modifi caciones presupuestarias se aprueban mediante Decreto Supremo, refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Educación, a propuesta de este último; asimismo, se indica que para efectos de lo establecido en el citado artículo, el Gobierno Regional del Departamento de Apurímac queda exceptuado de la prohibición establecida en el numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; Que, la Unidad Presupuesto de la Secretaría de Planifi cación Estratégica del Ministerio de Educación, mediante Informe Nº 228-2014-MINEDU/SPE-UP, sustenta el incremento de la demanda educativa en las Instituciones Educativas Públicas de la provincia de Cotabambas del departamento de Apurímac, determinando la necesidad de fi nanciar ciento veintinueve (129) nuevas plazas para contratos de docentes en cuarenta (40) instituciones educativas públicas de educación básica regular, básica alternativa y superior tecnológico, ubicadas en dicha provincia; Que, asimismo, la referida Unidad de Presupuesto, mediante Informe Nº 408-2014-MINEDU/SPE-UP, indica que en el presupuesto institucional del pliego 010: Ministerio de Educación, en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, se cuenta con los recursos disponibles para ser trasferidos a favor del pliego Gobierno Regional del Departamento de Apurímac para fi nanciar lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley Nº 30272, Ley que establece medidas en materia educativa, correspondiente al pago del mes de diciembre; Que, en el marco de lo indicado en el considerando precedente, mediante Ofi cio N° 2061-2014-MINEDU/ SG, el Ministerio de Educación solicita la aprobación del Decreto Supremo que autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, del pliego Ministerio de Educación, a favor del pliego Gobierno Regional del departamento de Apurímac, para fi nanciar ciento veintinueve (129) plazas para contrato de docentes en cuarenta (40) instituciones educativas públicas ubicadas en la provincia de Cotabambas del departamento de Apurímac;