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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2014 (20/12/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 24

El Peruano Sábado 20 de diciembre de 2014 540510 Jefa de la Unidad de Cooperación Técnica de la Ofi cina de Cooperación Internacional, dependiente del Viceministerio de Gestión Institucional del Ministerio de Educación, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Encargar las funciones de Jefe de la Unidad de Cooperación Técnica de la Ofi cina de Cooperación Internacional, dependiente del Viceministerio de Gestión Institucional del Ministerio de Educación, al señor ARMANDO HERNAN SAN ROMAN ALVA, Jefe de la Unidad de Cooperación Financiera No Reembolsable de la referida Ofi cina, en adición a sus funciones y en tanto se designe al titular del referido cargo. Regístrese y comuníquese. JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ Ministro de Educación 1180220-1 RELACIONES EXTERIORES Autorizan al Ministerio a adquirir inmueble para la sede de la Embajada del Perú en el Reino de Bélgica DECRETO SUPREMO Nº 079-2014-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la República del Perú y el Reino de Bélgica mantienen una estrecha y fl uida relación bilateral, por lo que los vínculos político-diplomáticos se desarrollan en un marco de gran cordialidad y respeto mutuo; siendo que dicha relación está fuertemente impregnada por el componente de la cooperación para el desarrollo que brinda ese país; Que, la Embajada del Perú en el Reino de Bélgica viene funcionando en un local alquilado por un costo mensual de € 4 578,36 (cuatro mil quinientos setenta y ocho y 36/100 euros) equivalente a aproximadamente US$ 6 409,70 (seis mil cuatrocientos nueve y 70/100 dólares americanos); Que, mediante Decreto Supremo N° 341-2014-EF se autorizó una transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, hasta por la suma de S/. 1 623 329 353,00 (mil seiscientos veintitrés millones trescientos veintinueve mil trescientos cincuenta y tres y 00/100 nuevos soles), correspondiéndole al Ministerio de Relaciones Exteriores la suma de S/. 29 573 160,00 (veintinueve millones quinientos setenta y tres mil ciento sesenta y 00/100 nuevos soles), de acuerdo a lo consignado en el Anexo N° 2 “Transferencia de Partidas: Pliegos habilitados” de dicha norma, con la fi nalidad de fi nanciar, entre otros gastos, la adquisición de inmuebles en el exterior para la Embajada del Perú en el Reino de Bélgica; Que, se ha identifi cado un inmueble ubicado en la Avenida Tervueren 212 1150 Woluwe- Saint-Pierre, Bruselas, Reino de Bélgica; Que, mediante Decreto Supremo Nº 064-2007-RE, se autoriza al Ministerio de Relaciones Exteriores a adquirir, construir, permutar y vender inmuebles en el exterior o ceder en uso una propiedad del Estado, representado por el Ministerio, en el territorio nacional y aceptar a cambio una propiedad en el exterior, por aplicación del principio de reciprocidad, para funcionamiento y gestión de las Misiones en el exterior, de acuerdo al procedimiento ahí regulado; Que, la Novena Disposición Complementaria Final del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, establece que los actos referidos a la adquisición, construcción, permuta o venta de inmuebles en el exterior por parte del Ministerio de Relaciones Exteriores, se rigen por lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 064-2007-RE; Que, por Resolución Ministerial Nº 0221-2008-RE, se aprobaron los criterios para identifi car las necesidades y priorizar las Misiones Diplomáticas, Representaciones Permanentes y Ofi cinas Consulares del Perú en el exterior a las cuales el Ministerio de Relaciones Exteriores les proveerá propiedades inmuebles, así como para que seleccione los inmuebles a adquirir, construir, vender, permutar o ceder en uso en el territorio nacional y aceptar a cambio en el exterior, por el principio de reciprocidad; Que, a través del Informe Técnico - Económico Nº (COP) 003-2014, de 11 diciembre de 2014, el Comité Permanente del Ministerio de Relaciones Exteriores para la disposición de inmuebles de propiedad del Estado peruano en el exterior sustenta y propone la compra del referido inmueble, señalando que su adquisición en € 2 400 000,00 (dos millones cuatrocientos mil y 00/100 euros), resulta ser una inversión ventajosa, en términos fi nancieros de costo-benefi cio y de oportunidad, toda vez que el dinero invertido, comparando los costos de arrendamientos futuros con los costos de compra actual y proyectados, será recuperado con creces al permitir la capitalización a favor del Estado peruano, así como contar con una adecuada infraestructura a fi n de optimizar la calidad de la representación ofi cial de nuestro país en el exterior; Que, asimismo, en el referido Informe Técnico – Económico, el Comité Permanente del Ministerio de Relaciones Exteriores para la disposición de inmuebles de propiedad del Estado en el exterior ha señalado que además del monto de la adquisición, se debe considerar el monto aproximado de € 7 000,00 (siete mil y 00/100 euros) por concepto de gastos notariales; así como € 73 358,00 (setenta y tres mil trescientos cincuenta y ocho y 00/100 euros) por concepto de gastos de adecuación, tal como lo ha informado la respectiva Misión Diplomática, por lo que resultaría un monto total aproximado de € 2 480 358,00 (dos millones cuatrocientos ochenta mil trescientos cincuenta y ocho y 00/100 euros); Que, en ese sentido, el Comité Permanente del Ministerio de Relaciones Exteriores para la disposición de inmuebles de propiedad del Estado peruano en el exterior ha recomendado la adquisición del inmueble ubicado en la ubicado en la Avenida Tervueren 212 1150 Woluwe- Saint-Pierre, Bruselas, Reino de Bélgica, de conformidad con la Resolución Ministerial Nº 0221- 2008-RE, que aprueba los criterios para la selección de los inmuebles a adquirir, construir, vender, permutar o ceder en uso; Que, asimismo, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales ha emitido opinión favorable sobre la citada operación de compra, en aplicación del numeral 4.2 del artículo 1 del Decreto Supremo Nº 064-2007-RE; De conformidad con la Ley Nº 29357 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-2010-RE; la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, así como con el Decreto Supremo Nº 064-2007-RE; DECRETA: Artículo 1.- Autorización de compra de inmueble Autorícese al Ministerio de Relaciones Exteriores a adquirir el inmueble ubicado en la Avenida Tervueren 212 1150 Woluwe-Saint-Pierre, Bruselas, Reino de Bélgica, para la sede de la Embajada del Perú en el Reino de Bélgica. Artículo 2.- Representación del Estado peruano para las operaciones de compra venta y otras que resulten necesarias Autorícese a la Embajadora del Perú en el Reino de Bélgica para que, en nombre y representación del Estado peruano, suscriba todos los documentos que resulten necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente decreto supremo. Artículo 3.- Registro Encárguese al Ministerio de Relaciones Exteriores a realizar ante la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, los registros que fueran necesarios en el Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal - SINABIP, en mérito a la documentación sustentatoria correspondiente. Artículo 4.- Refrendo El presente decreto supremo será refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores.