Norma Legal Oficial del día 20 de diciembre del año 2014 (20/12/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano Sabado 20 de diciembre de 2014

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4.4.2.3 Recibo por Honorarios Electronico emitido conforme a la Resolucion de Superintendencia Nº 3742013/SUNAT. 4.4.3 El pago de los honorarios a los Consultores contratados con cargo al FAG, se abona en la cuenta bancaria declarada por ellos, dentro de los tres ultimos dias habiles de cada mes, considerando las retenciones de ley y descuentos judiciales, siendo que en este ultimo caso, deberan contar con la sentencia judicial correspondiente. 4.4.4 Bajo ningun concepto se realizan pagos por honorarios mediante cheque. 4.4.5 En los meses de MORDAZA y diciembre los honorarios podran ser abonados a partir del dia 20 de cada mes. 4.4.6 La Unidad Transitoria de Pago procede a verificar que la documentacion remitida cumpla con los requisitos establecidos en la legislacion vigente. Si la documentacion se encontrara conforme procede a su registro y tramite correspondiente para efectuar el pago, caso contrario la documentacion es devuelta para que, en un plazo no mayor a 48 horas, para el caso del Gobierno Nacional, y 72 horas para el caso de los Gobiernos Regionales, MORDAZA subsanadas dichas observaciones 5. DISPOSICIONES ESPECIFICAS 5.1 La Oficina de Gestion Documentaria y Atencion al Usuario de la Oficina General de Servicio al Usuario del Ministerio de Economia y Finanzas realiza las observaciones por incumplimiento de requisitos establecidos en el punto 4.3: De la Contratacion y en el punto 4.4 De los Honorarios y el pago, de los presentes Lineamientos, referidos a la comunicacion del contrato de locacion de servicios y a la solicitud de pago, que no puedan ser salvadas de oficio, anotando en el cargo de la Entidad contratante el deber de subsanarlas dentro de un plazo MORDAZA de dos (2) dias habiles para aquellas Entidades cuyo domicilio principal se encuentre en MORDAZA y cinco (5) dias habiles para las demas Entidades, incluido el termino de la distancia. 5.2 La observacion debe anotarse bajo firma del receptor en la solicitud y en la MORDAZA que conservara la Entidad contratante, con las alegaciones respectivas si las hubiere, indicando que, si asi no lo hiciera, se tendra por no presentada su solicitud. 5.3 Mientras este pendiente la subsanacion: 5.3.1 No procede el computo de plazos. 5.3.2 La Oficina de Gestion Documentaria y Atencion al Usuario del Ministerio de Economia y Finanzas no cursa la solicitud a la Oficina General de Administracion para su atencion correspondiente. 5.3.3 Transcurrido el plazo sin que ocurra la subsanacion, se considera como no presentada la solicitud y se devuelve a la Entidad contratante con sus recaudos, cuando se apersone a reclamarlas. 5.3.4 Ingresado el escrito con la debida subsanacion, la MORDAZA opera a partir de la subsanacion. 6. RESPONSABILIDADES 6.1 Comision de Administracion del Fondo de Apoyo Gerencial 6.1.1 La Comision de Administracion del Fondo de Apoyo Gerencial, sesionara las veces que MORDAZA necesarias durante el ano fiscal. 6.1.2 La Comision de Administracion del Fondo de Apoyo Gerencial, aprueba el Presupuesto mensual asignado parta cada entidad beneficiaria. 6.1.3 La Comision de Administracion del FAG establece un Cronograma Anual de MORDAZA de documentos y pagos a consultores contratados a traves del Fondo de Apoyo Gerencial ­ FAG. 6.1.4 La Comision de Administracion del FAG, a traves de la Secretaria Tecnica, realiza supervisiones periodicas de control, solicitando un informe sobre el cumplimiento de las metas y/o logros obtenidos por los consultores contratados por las Entidades beneficiarias. 6.1.5 Es potestad de la Comision de Administracion del FAG, a traves de su Secretaria Tecnica, verificar a nivel nacional, la veracidad y autenticidad de la informacion y documentacion presentada por los consultores contratados con cargo al Fondo de Apoyo Gerencial, pudiendo aplicar las sanciones y penalidades que tengan lugar.

4.3

De La Contratacion

4.3.1 Culminado el MORDAZA de Seleccion, la Entidad y el Consultor suscribiran un Contrato de Locacion de Servicios, en triplicado, conforme al Anexo N° 4, que forma parte integrante de los Lineamientos. La documentacion referida en el punto 4.2.2, formara parte integrante del expediente de contratacion. 4.3.2 Suscrito el Contrato de Locacion de Servicios entre la Entidad y el Consultor, la Entidad de origen (contratante) remitira a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Economia y Finanzas, mediante Oficio, un ejemplar del Contrato de Locacion (ANEXO N°4 ­Contrato) debidamente suscrito por MORDAZA partes, conteniendo la siguiente documentacion sustentatoria, debidamente foliada: 4.3.2.1 Terminos de Referencia del Servicio (ANEXO N° 1). 4.3.2.2 Declaracion Jurada (ANEXO N° 2). 4.3.2.3 Datos del Consultor (ANEXO N° 3). 4.3.2.4 Certificacion (ANEXO N° 5). 4.3.2.5 Historial Salarial (ANEXO N° 7). 4.3.2.6 MORDAZA del Grado de Bachiller o Titulo profesional. . 4.3.2.7 MORDAZA del reporte emitido por la Entidad Bancaria donde se realizara el abono de los honorarios del Consultor, conteniendo el nombre de la Entidad Bancaria, numero de cuenta bancaria, CCI y nombre completo del titular. La cuenta bancaria debera ser unipersonal y el titular de la misma debera ser unicamente el Consultor, sin excepcion. 4.3.2.8 Curriculum Vitae, adjuntando los documentos que sustentan su experiencia profesional. (ANEXO N° 9). Esta documentacion debera ser presentada a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Economia y Finanzas dentro de un plazo MORDAZA de dos (2) dias habiles para aquellas Entidades cuyo domicilio principal se encuentre en MORDAZA y cinco (5) dias habiles para las demas Entidades, incluido el termino de la distancia, caso contrario no procedera el registro del contrato y la documentacion presentada sera devuelta a la Entidad de origen. 4.3.3 El Titular de la Entidad o el funcionario que cuente con la delegacion de las funciones correspondiente entrega un ejemplar del Contrato suscrito al Consultor y cautela una MORDAZA en archivo, junto con los documentos entregados por el Consultor descritos en el numeral 4.2.2 4.3.4 El Contrato puede ser prorrogado, dentro de un mismo ano fiscal, o renovado, de un ano fiscal a otro, a traves de Adendas sucesivas, segun el Anexo N° 8 ­ Adenda al Contrato de Locacion de Servicios, siempre y cuando no MORDAZA modificados los Terminos de Referencia (Anexo N° 1) en lo que corresponde a descripcion del servicio ni el monto de la contraprestacion; la Entidad contratante presentara a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Economia y Finanzas, MORDAZA de los ultimos 5 (cinco) dias habiles del ultimo mes de vigencia del contrato o Adenda mediante Oficio, un ejemplar de la Adenda (Anexo N° 08) debidamente suscrita por MORDAZA partes, adjuntando el Anexo N° 2 : Declaracion Jurada, actualizada. No procedera el registro de la prorroga o renovacion despues de los ultimos 5 (cinco) dias habiles del ultimo mes de vigencia del contrato. caso contrario, se procedera con la devolucion de la documentacion presentada a la Entidad de origen. 4.4 De Los Honorarios y el Pago

4.4.1 En todos los casos, los honorarios de los Consultores se sujetaran a los limites minimos y maximos establecidos en el Decreto de Urgencia N° 038-2006, salvo las excepciones establecidas mediante Ley. 4.4.2 El pago de los honorarios mensuales a los Consultores solo procede si previamente se ha recibido por parte de la Entidad, el Contrato debidamente suscrito por MORDAZA partes, asi como toda documentacion sustentatoria correspondiente, que se detalla a continuacion: 4.4.2.1 Solicitud de pago de honorarios. 4.4.2.2 Conformidad del Servicio mensual (Anexo N° 6); y,

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