Norma Legal Oficial del día 20 de diciembre del año 2014 (20/12/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

540500
----------------------------------------------------------------------DATOS PARA ABONO EN CUENTA: Entidad Bancaria : Nº de Cuenta de Ahorros: Codigo de Cuenta Interbancaria (CCI): ----------------------------------------------------------------------OTROS DATOS: Entidad Contratante : MORDAZA : Titulos : ----------------------------------------------------------------------PERSONA A CONTACTAR EN CASO DE EMERGENCIA: Apellidos y Nombres : Telefono : ----------------------------------------------------------------------Declaro bajo juramento que los datos consignados son veraces y se sustentan en la documentacion presentada oportunamente y que presentare en caso de actualizacion a la entidad para su registro correspondiente, a los ............. dias de............... de 201..

El Peruano Sabado 20 de diciembre de 2014

Publico 2013 aprobados con R.M. N°700.-2012-EF/10 , Lineamientos del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Publico 2014 aprobados con R.M. N°374-2013-EF/10 y de los Lineamientos del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Publico aprobados con R.M N° -2014-EF/10 en adelante, Los LINEAMIENTOS. 2. Objeto Es objeto del presente documento, contratar los servicios del CONSULTOR quien prestara los servicios que se describen en los Terminos de Referencia del Servicio (ANEXO Nº 1 de los LINEAMIENTOS), se podran modificar si los intereses de la Institucion que solicita el contrato asi lo requiere. 3. Duracion del contrato El presente contrato entrara en vigencia el ..... de ............ de 201... y concluye el ..... de ............... de 201... 4. Determinacion de los Honorarios Los honorarios son determinados sobre la base de las disposiciones emitidas por Comision del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Publico, los Lineamientos, conforme al perfil y asignacion con que cuente la ENTIDAD. Los honorarios que percibira el CONSULTOR ascenderan a la suma mensual de S/.......... (............... y ..../100 nuevos soles), incluido impuestos. 5. Pago de Honorarios

----------------------------------------(Firma, Nombres y Apellidos) DNI N°.............. Huella Digital Nota: En caso de comprobar fraude o falsedad en la declaracion, informacion o en la documentacion presentada por el administrado, la entidad procedera conforme a lo senalado en el numeral 32.3 del articulo 32° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

ANEXO N° 4 CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS N° (.............) Conste por el presente documento un Contrato de Locacion de Servicios que suscriben de una parte ............................. (nombre de la ENTIDAD), con Registro Unico de Contribuyente N° ............., con domicilio en ..................... (Distrito, Provincia y Departamento), representado por ............................, en virtud de la Resolucion .......(tipo) N° .........., en calidad de ......... (cargo de la autoridad que firma), identificado con D.N.I. N° ............. , a quien en adelante, se denominara la ENTIDAD; y de otra parte, ..........................con Registro Unico de Contribuyente N° .................... , identificado con D.N.I Nº ............, con domicilio en ........................... (Distrito, Provincia y Departamento), numero de telefono .............., correo electronico ......................., a quien en adelante se denominara el CONSULTOR; en los terminos y condiciones siguientes: 1. Antecedentes y base legal

El pago de los honorarios sera mensual, previa Conformidad del Servicio (ANEXO N°6 de los LINEAMIENTOS) de la ENTIDAD y MORDAZA del recibo por honorarios, a nombre del Ministerio de Economia y Finanzas, por parte del CONSULTOR. La Oficina General de Administracion del Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la Unidad Transitoria de Pago, sera la encargada de la atencion del pago de la contraprestacion y de las obligaciones tributarias que se deriven de ellas se deriven. El pago de los honorarios se realizara mediante abono en la cuenta bancaria individual que para tal efecto comunique el CONSULTOR. 6. Condicion juridica El presente contrato solo podra celebrarse para el desarrollo de asesorias, consultorias y actividades profesionales calificadas. Tambien podra celebrarse para el desempeno de cargos de confianza. Dichos contratos no estan sujetos a las disposiciones de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado con Decreto Legislativo Nº 1017, ni al Regimen Especial de Contratacion Administrativa de Servicios, aprobado por Decreto Legislativo Nº 1057. El presente contrato suscrito no crea ni establece relacion juridico-laboral de dependencia con la ENTIDAD, ni con la Oficina General de Administracion del Ministerio de Economia y Finanzas. 7. Derechos y obligaciones

El presente contrato se celebra bajo los alcances del Decreto Ley N° 25650, Decreto de Urgencia Nº 0532009 cuya vigencia se amplio por la Sexagesima MORDAZA Disposicion Complementaria final de la Ley N°29465 ­ Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2010 y por la Septuagesima Tercera Disposicion complementaria final de la Ley 29626 ­ Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2011 y de los Lineamientos del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Publico 2009 y Anexos, aprobados con Resolucion Ministerial N° 2382009-EF/10, de los Lineamientos del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Publico 2010 y Anexos, cuya vigencia se prorrogo mediante Resolucion Ministerial N°5982009-EF/10 modificados con Resolucion Ministerial N°644-2010-EF/10 y de los Lineamientos del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Publico 2011 aprobados con Resolucion Ministerial N°700-2010-EF/10 y de los Lineamientos del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Publico 2012 aprobados con R.M. N°952-2011-EF/10 , Lineamientos del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector

Los derechos y obligaciones del CONSULTOR seran exclusivamente los aqui previstos. Por consiguiente, el CONSULTOR no tendra derecho a recibir de la ENTIDAD ni del Ministerio de Economia y Finanzas ningun beneficio o bonificacion, fuera de lo estipulado expresamente en el presente contrato. El CONSULTOR sera enteramente responsable por demandas y/o denuncias de terceros relacionadas con actos u omisiones imputables al propio CONSULTOR en la ejecucion del presente contrato. En ningun caso se podra imputar a la ENTIDAD ni al Ministerio de Economia y Finanzas ninguna responsabilidad en relacion con dichas demandas y/o denuncias. En el caso de contratos referidos a los aspectos informaticos y/o programas de computo, el CONSULTOR se compromete a entregar a la ENTIDAD los correspondientes programas MORDAZA y diseno, documentos de analisis de sistemas y otros resultados desarrollados en el contexto de este acuerdo.

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