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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2014 (25/12/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 111

El Peruano Jueves 25 de diciembre de 2014 541113 Municipal y los representantes de la Sociedad Civil ante el CCLD, documento con el que se acordó aprobar el Reglamento y Cronograma de Actividades de los Presupuestos Participativos Específi cos 2015; Que, con Informe Nº 1096-2014-OAJ-MVES la Ofi cina de Asesoría Jurídica, emite opinión legal favorable, señalando que es viable la aprobación mediante Decreto de Alcaldía, del citado Reglamento; Estando a lo Expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 6) del artículo 20º, y el art.42º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR el REGLAMENTO DEL PROCESO DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO ESPECÍFICO BASADO EN RESULTADOS 2015, PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL PLAN DE IGUALDAD DE OPORTUNIDADES ENTRE MUJERES Y HOMBRES DE VILLA EL SALVADOR AL 2021, el mismo que en Anexo 01 forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Segundo.- APROBAR el Cronograma de Actividades del PROCESO DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO ESPECÍFICO BASADO EN RESULTADOS 2015, PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL PLAN DE IGUALDAD DE OPORTUNIDADES ENTRE MUJERES Y HOMBRES DE VILLA EL SALVADOR AL 2021, el mismo que en Anexo 02 forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Tercero.- CONVOCAR al PROCESO DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO ESPECÍFICO 2015, DEL PLAN DE IGUALDAD DE OPOTUNIDADES; para el fi nanciamiento y la Implementación de Actividades concertadas a través de la ejecución del Plan Operativo Institucional del Programa de la Unidad de la Mujer e Igualdad de Género, de conformidad con los considerandos expuestos en el presente Decreto de Alcaldía. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Unidad de la Mujer e Igualdad de Género el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía; y a la Gerencia Municipal y a la Ofi cina de Planeamiento Racionalización y Presupuesto la supervisión de su cumplimiento. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Ofi cina de Secretaría General, la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Ofi cial El Peruano; y a la Unidad de Desarrollo Tecnológico y Estadística la publicación del presente Decreto y sus anexos en el portal institucional: www.munives.gob.pe. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase GUIDO IÑIGO PERALTA Alcalde 1181148-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHILCA Instauran proceso administrativo disciplinario a Ex Gerente de Desarrollo Urbano y Rural RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 0344-2014-AL/MDCH Chilca, 29 de octubre del 2014 Visto, el INFORME Nº 787-2013-CG/ORLP-EE “EXAMEN ESPECIAL A LA MUNCIPALIDAD DISTRITAL DE CHILCA PERIODOS 2011 A SETIEMBRE DEL 2012 “efectuado por la Contraloría General de la República, dispone el inicio de las acciones administrativas para el deslinde de las responsabilidades de los funcionarios, ex funcionarios y servidores de la Municipalidad Distrital de Chilca y el Informe Nº 01-2014-CEPD/MDCH, emitido por la Comisión de Procesos Administrativo Disciplinario de la Municipalidad Distrital de Chilca; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 100-2014- AL-MDCH del 18 de marzo del 2014, se conformó los miembros de la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad Distrital de Chilca en delante CEPAD-MDCH, para pronunciarse sobre el deslinde de responsabilidades de los hechos en los cuales se encuentran involucrados funcionarios que ejercen o han ejercido los cargos de Gerencias, Sub Gerencias, y otras áreas administrativas de la Municipalidad Distrital de Chilca; Que, mediante Memorándum Nº 012-AL-MDCH del 24 de Junio del 2014 el Alcalde Alfredo Rosas Chauca Navarro, en cumplimiento a la Recomendación Nº 08 del Informe Nº 787-2013-CG/ORLP-EE “EXAMEN ESPECIAL A LA MUNCIPALIDAD DISTRITAL DE CHILCA PERIODOS 2011 A SETIEMBRE DEL 2012 , remite los actuados a la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios conformada mediante Resolución de Alcaldía Nº 100-2014-AL-MDCH del 18 de Marzo del 2014, con la fi nalidad de dar inicio a la apertura de procesos administrativo disciplinario a los Funcionarios –Ex Funcionarios de la Municipalidad Distrital de Chilca, que han cometido irregularidades administrativas las cuales se refi eren a las Observaciones Leves Nº 04, 05, 06, 07, 08, 09, que están señaladas en el Informe antes señalados; • Observación Nº 06 .En la ejecución de la obra: “continuación de la construcción de la Plaza de Armas de Olof Palme –chilca (I etapa)” no se ejecutaron partidas contractuales por S/. 77,430.28, y una de ellas sustituida por partida no autorizada, asimismo la no retención del 10% de las valorizaciones, ha originado que la entidad no cuente con una obra con las características técnicas que cumpla con los fines propuestos y no contemple un fondo que constituya la garantía de fiel cumplimiento. Que, en el Capítulo XIII artículo 170- DEL PROCESO ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO del “Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa establece “ La Comisión hará las investigaciones del caso, solicitando los descargos respectivos examinará y evaluara las pruebas que se presenten y elevará un informe al titular de la entidad recomendando las sanciones que sean de aplicación, es prerrogativa del titular de la Entidad determinar el tipo de sanción a aplicarse”; Que, estando a los hechos expuestos y a las normas mencionadas y de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 167º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, así como por el inciso 6) del artículo 20 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; SE RESUELVE: Artículo Primero.- INSTAURAR PROCESO ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO al Ex Gerente de Desarrollo Urbano y Rural YIMMY WILLIAM NIQUEN CASTILLO, por las Observaciones 6; expuestas en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo Segundo.- AUTORIZAR, a la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios de la municipalidad de Chilca, el inicio del Proceso Administrativo Disciplinario el mismo que deberá concluir dentro del plazo previsto en la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y su Reglamento; debiendo cumplir con cautelar los Principios del Debido Proceso y el Derecho a la Defensa que la Constitución Política del Estado y la Ley reservan para estos casos. Artículo Tercero.- NOTIFICAR, oportunamente el contenido de la presente Resolución de Alcaldía al Funcionario comprendido en el presente Proceso, otorgándole un plazo de cinco (5) días para que formule su descargo respectivo, así como a cada uno de los miembros de la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívase. ALFREDO R. CHAUCA NAVARRO Alcalde 1181693-1